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  • #70267 Agradecimientos: 0
    Dra Mutua
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    junio 2003


    Buenos días:
    Quería saber para los que trabajan en Mutuas si én caso de que un Equipo de Protección Individual como los guantes produzca alergia al trabajador y se demuestre, como lo registra la mutua. Accidente laboral o enfermedad profesional?. Si analizamos la ley RD 1299 de 2006 en principio no figuran los elementos como tal, cuando vas a clasificar la enfermedad profesional no sería coherente: industria química como causal cuando es el guante de látex por ejemplo, no sé si me explico, crearía una discrepancia estadística. Un saludo,

    #414641 Agradecimientos: 0
    Deather
    Participante
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    19
    junio 2007

    Iniciado

    En mi opinión, y sin saber exactamente el alcance de las “lesiones” que ese guante ha podido ocasionar sobre el trabajador, así como la irreversibilidad de estas (a lo mejor me he inventado una palabra nueva), el hecho de que los guantes le den alergia no lo consideraría accidente de trabajo. Que se los quite, que no se los vuelva a poner y habrá que buscar una alternativa a esos guantes que no le provoquen alergia.

    O a lo mejor yo me paso de simplista.

    #414642 Agradecimientos: 0
    AHI
    Participante
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    octubre 2010


    habrá que estudiar el caso individualmente para ver si es una alergia a algún componente del guante o ha sido causado puntualmente por algo (herida infectada con algo, …..)
    si se trata de una alergia habrá que cambiar el tipo de guante (se trata como enfermedad profesional) y si es algo puntual y se puede seguir usando el guante sería un accidente de trabajo.

    #414643 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    BUenos días
    Si hay una lesión al trabajador, por leve que sea, deberá tenerse en cuenta… No creo que sea “coherente” limitarse a que no se vuelva a poner el guante…
    Ahora bien, ¿Enfermedad profesional o accidente de trabajo?? Pues es, si me permitís la licencia, algo secillo: las lesiones que se han producido vienen recogidas en el listado de enfermedades profesionales para el puesto de trabajo que ejecuta?? Sí… pues enfermedad profesional…
    NO?? … Pues toda enfermedad producida por el trabajo o sus condiciones, que no venga recogida en el listado oficial de enfermedades profesionales, tiene la consideración de accidente laboral…

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #414644 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
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    agosto 2004


    En estos casos se suele considerar como enfermedad, ya que posible existan antecedentes de alergia de dicho trabajador.

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