Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #64057 Agradecimientos: 0
    Noe_oeee
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    agosto 2009


    Buenos días. Trabajadores de mi empresa ubicados en una sala de control con monitores plasma (alrededor de 20 monitores) están presentando problemas de dolor de cabeza, ojos, etc… y lo achacan al poco espacio del que disponen (aunque se ha comprobado que cumple con las dimensiones minimas que marca el rd 486/97 de lugares de trabajo, pero no con los niveles mínimos de iluminación). No sé si el rd 488/97 se aplica por igual a un puesto de trabajo que incluya una única PVD (ej. administrativo) que a este tipo de puesto de control en los que hay 20 PVD. Por ejemplo que la distancia mínima entre el trabajador y la PVD sea de 40cm. Tengo el certificado de confomidad del modelo de la pantalla, pero ocurre lo mismo, una unica pantalla puede ser conforme y no presentar problemas, pero no sé cómo debo actuar cuando tengo este número tal elevado de pantallas en una sala de aproximadamente 20m2 en la que trabajan 3 trabajadores a una distancia de las pantallas aproximada de 2'5m. Me piden que se efectúen mediciones para comprobar los niveles de radiación y campos electromagneticos, pero el SPA que tenemos contratado no ve riesgo y no considera necesario ningún tipo de medición, aunque evidentemente esto no nos lo pasan por escrito. Y tampoco la empresa está dispuesta a pagar unas mediciones que nos aseguran caras si dicen que no hay riesgo. En fin, espero que alguien me pueda informar sobre este tema y sobre normativa con la que pueda justificar si cumple o no con las condiciones de seguridad necesarias. Muchas gracias.

    #366812 Agradecimientos: 0
    muer-d
    Participante
    15
    12
    octubre 2007

    Iniciado

    REAL DECRETO 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas
    mira ver si por aqui…
    pero no veo que exista problema con las pantallas antes ventilacion
    un saludo

    #366813 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    971
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No. No puedo informarte mucho; pero si te sirve de algo te diré que pude ver los informes de emisiones electromagnéticas realizados en la torre de control de un importante aeropuerto (cienes de pantallas), y no se acercaban ni por asomo a niveles que pudieran causar problema alguno.

    #366814 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    En principio toda pantalla comercializada con marcado CE cumple la normativa de emisión electromagnética.

    Respecto a que en estos casos se pueda evaluar según los criterios de la Guía de Usuarios de PVD, yo lo dudo ya que están pensados para puestos de usuarios de una o dos pantallas de forma simultánea.

    Puede que cada pantalla de forma individual cumplan los requisitos establecidos en el RD 488/97, pero no me suena que esta disposición recoja conjuntos de pantallas. Si es para video-vigilancia lo veo más dificil que incluso sea de aplicación está disposición.

    Sin embargo, aunque el RD 488/97 no sea de aplicación, predomina siempre la LPRL y en concreto los principios de la acción preventiva recogidos en el artículo 15. Y si no hay referencias legislativas precisas, si hay normas técnicas de reconocido prestigio, respecto a iluminación del lugar de trabajo, contraste entre entorno y pantalla, que suplen esas deficiencias legislativas y que son de aplicación.

    Hace algo más de un año hubo una pregunta similar referida a un puesto similar de videovigilancia, aunque este caso es algo distinto.

    Te remito al debate de entonces que fué bastante interesante.

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    #366815 Agradecimientos: 0
    Noe_oeee
    Participante
    0
    agosto 2009


    Muchas gracias por todo, sobre todo por la remisión al debate que he podido consultar, y que coincido con la conclusión de la persona que en su día planteo el problema. Un saludo, y de nuevo, gracias. Aún así, si recibo más respuestas para seguir aclarando este tema, perfecto. Un saludo!!

    #366816 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Venga, otra respuesta más:

    1) La Guía del INSHT sobre pantallas de Visualización de datos, señalaba allá cuando se publicó que: “Las investigaciones realizadas hasta el momento en relación con las pantallas que funcionan con tubos de rayos catódicos, están de acuerdo en que los niveles de radiación emitidos se encuentran muy por debajo de los límites que se consideran seguros”.
    ¿Rayos Catódicos? Una vez puesto de moda los monitores de tipo TFT, es de esperar que los niveles de radiación hayan bajado más.

    2) Sobre consulta similar echa a la administración hace unos años, me contaron que, aparte de ser valores muy bajos (casi despreciables), para medirlos casi hay que acudir a aparatos de laboratorio. ¿Conocéis algún SPA que tenga aparatos para medir radiación electromagnética en equipos informáticos? Yo no.

    3) Todos los problemas que comentas y achacas al uso de equipos informáticos, puede que se deriven de otras circunstancias ajenas (condiciones termohigrométricas, “síndrome del edificio enfermo”, etc.) que para nada tienen que ver con la radiación.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #366817 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola a todos,
    Creo que estáis enfocando mal el tema, desde un punto de vista higiénico. Las radiaciones de los equipos NO son el problema. Estamos ante una situación de riesgo ergonómico. Sin aplicar el RD 488/97 también podéis echar mano de los manuales de ergonomía básica, sobre confort visual:
    – Equilibrio de luminancias: el coef. de iluminación entre la pared y la pantall debe ser < 0,8. Es decir si las pantallas producen 400 lux, el nivel de iluminación general, medido en la pared no debe ser inferior a 320 lux.
    – Deslumbramientos de luminarias o LCD: reducir la luminosidad <500 cd/m2
    – También se puede valorar el ambiente cromático.
    Y por supuesto se podría hacer un estudio de carga mental, para determinar si el problema es por falta de pausas, descansos, manejo de exceso de información, etc…
    Repito, es con total seguridad un problema de la rama de ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA. Cuando ves la TV con la luz apagad, los ojos te lloran por el contraste de luminancias (trabajo escesivo del músculo pupilar contraido/relajado que se traduce en lagrimeo, escozor y dolor de cabeza). Puede ser algo tan simple como eso.

    #366818 Agradecimientos: 0
    GONZA71
    Participante
    1
    0
    octubre 2001

    Iniciado

    Coincido con Gercabu.

    Desde luego descartaría por completo un problema de campos electromagnéticos, ya que como te han comentado varios compañeros este tipo de monitores emiten niveles de radiación ínfimos, muy por debajo de los de los anteriores monitores CRT que ya eran de por si bajos. me remito a mi contestación en la discusión anterior, a la que ya te han dirigido.

    La emisión de radiación por pantallas LCD NO SUPONE un riesgo para los trabajadores expuestos.

    Si bien los monitores TFT (entre los que están los LCD y los PLASMA) generan campos electromagnéticos inferiores a los monitores convencionales CRT, eso no quiere decir que no emitan ningún tipo de radiación. Como aparato eléctrico, las corrientes que les recorren siempre tienen asociadas un campo electromagnético.

    Ahora bien, la magnitud de ese campo es muy pequeña, y siempre por debajo de los límites establecidos en la normativa que puede tomarse como referencia.

    ¿Como estar seguro de que esto es así? Fácil, comprueba que tus monitores son acordes a las normas TCO o MPR, que son las más utilizadas internacionalmente (suelen llevar un adhesivo o plaquita, similar al marcado CE) Si es así, tienes la garantia de que su emisión está por debajo de los límites establecidos por dichas normas, que son mucho más exigentes que los que establece la legilación (incluida la no traspuesta aun directiva europea 2004)

    Para mayor tranquilidad, los límites de este tipo este tipo de radiaciones se valoran con exposiciones a 30 cm de distancia, con lo que si la exposición de los trabajadores es a 3 metros, los resultados serían aun muchisimo más bajos.

    Todo esto y mucho más puedes encontrarlo en la NTP 694 del INSHT:

    En lo referente a la distancia a los monitores, tambíen tuvimos una interesante discusión en:

    Y respecto a el problema que has propuesto, yo te propongo lo siguiente:

    Los síntomas a los que te refieres: dolor de cabeza, molestias en los ojos,…etc, más que un problema de sindrome de edificio enfermo o de condiciones ambientales (que también podría ser) se corresponden bastante con la FATIGA VISUAL. Además dices en tu explicación que el nivel de iluminación NO es adecuado. Esta es una cuestión fundamental en lo referente a facilitar la aparición de la FATIGA VISUAL, junto con una distancia inadecuada a las pantallas (ojo si no son pantallas de datos sino de imágenes, que la distancia óptima varía).

    Existe la creencia de que es más relajante ver un monitor (televisiones) con poca luz (como si estuvieramos en el cine) pero esto puede facilitar la FATIGA VISUAL, ya que se produce un contraste entre el foco de luz de la propia pantalla y la falta de luz en el resto del lugar, que nuestra visión periférica también percibe. Hay un blog sobre temas visuales que resulta MUY RECOMENDABLE para todos aquellos que trabajamos frente a este tipo de problemas. Yo he aprendido un montón y te sugiero que lo mires con paciencia:

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    #366819 Agradecimientos: 0
    javierdeharo
    Participante
    1
    0
    febrero 2003

    Iniciado

    Esoy de acuerdop con Zalo. La sintomatologia referida sugiere mas un problema de fatiga visual que de un efecto propio de las PVD o del ambiente.

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