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Tengo la duda de si en una escalera de 1,3 m con lados cerrados ¿es necesario el pasamanos en ambos lados?. EL RD 486/97 no me lo deja muy claro. gracias
CTE-SU (si fuera de aplicaión, sino vete a las NBE):
4.2.4 Pasamanos
1 Las escaleras que salven una altura mayor que 550 mm dispondrán de pasamanos continuo al menos
en un lado. Cuando su anchura libre exceda de 1200 mm, o estén previstas para personas con
movilidad reducida, dispondrán de pasamanos en ambos lados.
2 Se dispondrán pasamanos intermedios cuando la anchura del tramo sea mayor que 2400 mm. La
separación entre pasamanos intermedios será de 2400 mm como máximo, excepto en escalinatas
de carácter monumental en las que al menos se dispondrá uno.
3 El pasamanos estará a una altura comprendida entre 900 y 1100 mm. Para usos en los que se dé
presencia habitual de niños, tales como docente infantil y primario, se dispondrá otro pasamanos a
una altura comprendida entre 650 y 750 mm.
4 El pasamanos será firme y fácil de asir, estará separado del paramento al menos 40 mm y su sistema
de sujeción no interferirá el paso continuo de la mano.Y, el criterio técnico donde lo dejaste… para contestar a esta pregunta tendrás que responder otras antes: anchura de la caja de escalera, usuariso de las mismas, uso de la escalera en cuestión, actividad de la empresa…
Para uso general:
Entra o regístrate para ver los enlaces ¿Que no te lo deja claro?. ¿Pero tu sabes leer?
RD 486/97. Anexo I. Punto 3.C Suelos, aberturas y desniveles, y barandillas:
Los lados abiertos de las escaleras y rampas de más de 60 centímetros de altura. Los LADOS CERRADOS tendrán un pasamanos, a una altura mínima de 90 centímetros, si la anchura de la escalera es MAYOR de 1,2 metros; si es menor, pero ambos lados son cerrados, al menos uno de los dos llevará pasamanos.
¿Tu escalera no era de 1,3 m? ¿O te fallan las matemáticas?
No conozco la normativa de tu pais. El asunto es razonar lo siguiente: El pasamanos sirve para que las personas puedan asisrse para mantener el equilibrio en el ascenso o el descenso y ante un tropiezo en una escalera o casi accidente similar. Al tener un ancho de 1,3 mts. es una escalera que puede ser transitada en ambos sentidos a la vez, por lo cual ambas personas van a precisar pasamanos.
Eso es pura lógica. Pero enciam es que la normativa española, qeu es el RD 486/97 citado por el que hace la pregunta lo deja muy clarito.
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tienes razon amigo ya vale de sandeces sabeis lo que es un sandez??
en idioma castellano es una estupidez y en gerga es una chorrada
Debe Ud. recordar los parámetros básicos: 2 pies de ancho por persona en cada sentido (61cm). Esto establece los anchos modulares de las escaleras y los pasillos y ls puertas. Ahora bien, si tienes una persona subiendo y otra bajando es adecuado que cada una tenga un pasamanos. Por lo tanto la respuesta es dos pasamanos,, uno en cada sentido.
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