- Este debate tiene 3 respuestas, 4 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 11 años, 11 meses por carloss.
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Muy buenas,en primer lugar dar las gracias por este magnífico foro,a gente q está empezando como yo nos estais ayudando mucho. Mi pregunta es la siguiente,para una oficina nueva q queremos abrir que documentación imprescindible hay q tener para poder abrirla y que medidas mínimas son necesarias es decir extintores,botiquin y q más hace falta. Esto es aplicable también para por ejemplo una tienda de ropa q se fuera a abrir?en que legislación puedo consultarlo?gracias de antemano y un saludo a todos.
Hola Canino
Tirándome a la piscina (que ya va apeteciendo con estos calores), a nivel preventivo necesitáis:
– Plan de emergencia
– Evaluación de riesgos
– Planificación de la actividad preventiva
– Plan de prevención
– Información para los trabajadores
– Documentación para la coordinación de actividades con otras empresas que os presten servicios en vuestro centro de trabajoSobre el tema de extintores, si no me equivoco, puede depender de la normativa municipal, la empresa instaladora sabrá lo que se hace…además si estáis en un edificio de oficinas, es muy posible que el tema, ya esté solucionado por la gestora del mismo, sobre el botiquín, quien os realice la vigilancia de la salud seguro que os regala uno…
Con eso, unas cuantas señales del recorrido de evacuación, señalización de las salidas, etc, ya creo que podéis funcionar.
Soy técnico de PRL: genero papeles, me como marrones y llevo chaleco
Hay algunos manuales de gestión de la prevención, para pequeñas empresas, que están bastante bien. Te paso el enlace de uno :
En cuanto a las instalaciones físicas y los medios de protección, el local contará con sus extintores, según proyecto de incendios (necesario para que el ayuntamiento conceda la licencia de actividad). El botiquín te lo proporciona tu mutua de accidentes, tal como te ha indicado canino.
saludos
Entra o regístrate para ver los enlaces @Canino19 wrote:
. Mi pregunta es la siguiente,para una oficina nueva q queremos abrir que documentación imprescindible hay q tener para poder abrirla y que medidas mínimas son necesarias .
El planteamiento es un poco simplista. No es cuestión de “qué documentación imprescindible hay que tener” o “qué medidas mínimas para poder abrir”
Lo que hay que tener es una gestión preventiva conforme a la ley.
Ello implica tener asumida alguna “modalidad” de organización preventiva responsable de la gestión preventiva en la empresa. Gestión preventiva (realizada por personal con capacidad técnica reconocida) que necesariamente se ajustará a la “legislación vigente en la materia”:
Ley de Prevención de Riesgos Laborales (y normativa de desarrollo)
RD 486/97
RD 485/97
RD 488/97
etc
Todos ellos de “mínimos” -
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