Buenos días
Las directivas, tal y como han comentado, son de caracter (en nuestro ámbito de aplicación) europeo.
Son directamente aplicables una vez publicadas?.
Sinceramente, la única respuesta es.. NO.
El derecho europero, en todo aquello que implique una aplicación directa en cada estado miembro, y no una aplicación “global” (en el sentido de que deba ser puesta en marcha y controlado por los órganos de la propia Union Europea), necesita de una trasposición a su ordenamiento en cada estado miembro, a través de una legislación propia.
UNa vez realizada dicha trasposicion, pasa a ser obligatorio en ese pais. A su vez, este estado miembro está obligado a comunicar a la Unión Europea cual es la norma estatal en la que se ha visto reflejada esta directiva.
Para dicha trasposicion, las directivas marcan un plazo, cumplido el cual todos los estados deberían haber “legislado” internamente el cumplimiento de esta directiva.
Problema ¿Qué pasa si esto no ha ocurrido??
Pues el que considere que se están agraviando sus derechos por el incumplimiento de trasposición, deberá denunciarlo…Como?? Denunciando a su pais a los tibunales europeos… casi nada!
Saludos
"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"