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  • #67634 Agradecimientos: 0
    rubiales82
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    septiembre 2004

    Iniciado

    Buenas tardes,

    Ante todo dar las gracias a futuras respuestas a esta duda/inquietud.

    Mi empresa está afectada por este decreto, como “actividad de interés para la protección civil de Cataluña” (art. 15). Según lo que se establece en el artículo 4 (4.1 supuesto b) “comunicar a la administración pública competente en materia de protección civil, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 15 y 16, la afectación de la actividad por esta norma, a través del registro electrónico de planes de autoprotección, en un plazo de tres meses”

    ¿Alguién sabe como realizar este registro? ¿Qué pasos he de seguir? He consultado al departament d´interior y “parece” que no está muy claro o yo no he sabido “entenderlo”.

    Muchas gracias de nuevo

    #396452 Agradecimientos: 0
    juana ayuso arganda
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    26
    abril 2008


    Iniciado

    el registro electrónico a que te refieres, es el “hermes” y todavía no está operativo

    #396453 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Gracias Klander

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  • El debate ‘ decreto catalán 82/2010 sobre planes de autoprotección’ está cerrado y no admite más respuestas.