Buenas tardes,
Ante todo dar las gracias a futuras respuestas a esta duda/inquietud.
Mi empresa está afectada por este decreto, como “actividad de interés para la protección civil de Cataluña” (art. 15). Según lo que se establece en el artículo 4 (4.1 supuesto b) “comunicar a la administración pública competente en materia de protección civil, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 15 y 16, la afectación de la actividad por esta norma, a través del registro electrónico de planes de autoprotección, en un plazo de tres meses”
¿Alguién sabe como realizar este registro? ¿Qué pasos he de seguir? He consultado al departament d´interior y “parece” que no está muy claro o yo no he sabido “entenderlo”.
Muchas gracias de nuevo