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  • #71580 Agradecimientos: 0
    MARIA.MM
    Participante
    16
    mayo 2007


    Hola a ver si me podeis ayudar, hay cursos básicos de prevención de riesgos laborales de 30, 50 y 60 h,sabríais indicarme en que se diferencias y para quien van dirigidos.

    Por ejemplo para una empresa que se dedica a instalar dispositivos de aire acondicionado, cual podría realizar el de 50 o 60?

    Muchisimas gracias y Feliz Navidad

    #421869 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    ¡Aghhhhggg, nooo, una pregunta que exige tirar de legislación! Y en viernes…en fin, a ver si lo explico de manera que se entienda.

    Los cursos básicos van dirigidos a todas aquellas personas que vayan a desempeñar alguna o varias de las funciones recogidas en el art. 35 del R.D. 39/1997, y siempre dentro de la organización preventiva de la empresa. El art. 32.bis de la LPRL te concreta quién puede ser ese recurso preventivo: Uno o varios trabajadores designados de la empresa; uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa; uno o varios miembros del o los servicios de prevención ajenos concertados por la empresa.

    ¿Por qué hay cursos con distinto nº de horas de duración? Porque aunque todos capaciten para la realización de acciones básicas en prevención, no todas las actividades exigen el mismo grado de conocimientos preventivos (dentro de lo básico) ni son iguales, y por ello han sido concretadas de distinta manera. Así:

    – Curso de 50 horas: para las actividades incluidas en el Anexo I del R.D. 39/1997.
    – Curso de 30 horas: para los demás casos en general.

    Ese es el mínimo legal, pero nada obsta a exigir un curso con MAYOR número de horas. Por eso actualmente y en determinados sectores existen cursos de 60 horas (como construcción): son actividades que tienen una regulación más exigente en este sentido, normalmente vía convenio colectivo.

    Para terminar, el truco para saber qué tipo de curso corresponde a tu actividad se basa en jugar al “descarte”:

    1º) Mira a ver si entra dentro del Anexo I del R.D. 39/1997. Si es que sí, 50 h. Si es que no, 30 h.
    2º) Mira a ver si, aún comprobando lo anterior, existe una regulación más específica que exija un nº de horas mayor para esa actividad. Esto se puede ver en los convenios colectivos. Si es que sí, lo que diga el convenio. Si es que no, el de 30 o 50 h (volvemos al paso 1º y solucionamos)

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #421870 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    No podría estar mejor explicado, Sigurlab.

    @Sirgudlab wrote:

    ¡Aghhhhggg, nooo, una pregunta que exige tirar de legislación! Y en viernes…en fin, a ver si lo explico de manera que se entienda.

    Los cursos básicos van dirigidos a todas aquellas personas que vayan a desempeñar alguna o varias de las funciones recogidas en el art. 35 del R.D. 39/1997, y siempre dentro de la organización preventiva de la empresa. El art. 32.bis de la LPRL te concreta quién puede ser ese recurso preventivo: Uno o varios trabajadores designados de la empresa; uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa; uno o varios miembros del o los servicios de prevención ajenos concertados por la empresa.

    ¿Por qué hay cursos con distinto nº de horas de duración? Porque aunque todos capaciten para la realización de acciones básicas en prevención, no todas las actividades exigen el mismo grado de conocimientos preventivos (dentro de lo básico) ni son iguales, y por ello han sido concretadas de distinta manera. Así:

    – Curso de 50 horas: para las actividades incluidas en el Anexo I del R.D. 39/1997.
    – Curso de 30 horas: para los demás casos en general.

    Ese es el mínimo legal, pero nada obsta a exigir un curso con MAYOR número de horas. Por eso actualmente y en determinados sectores existen cursos de 60 horas (como construcción): son actividades que tienen una regulación más exigente en este sentido, normalmente vía convenio colectivo.

    Para terminar, el truco para saber qué tipo de curso corresponde a tu actividad se basa en jugar al “descarte”:

    1º) Mira a ver si entra dentro del Anexo I del R.D. 39/1997. Si es que sí, 50 h. Si es que no, 30 h.
    2º) Mira a ver si, aún comprobando lo anterior, existe una regulación más específica que exija un nº de horas mayor para esa actividad. Esto se puede ver en los convenios colectivos. Si es que sí, lo que diga el convenio. Si es que no, el de 30 o 50 h (volvemos al paso 1º y solucionamos)

    Saludos.

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