Buenos días, tenemos una duda en mi empresa, no sabemos si podemos contratar a una persona para que haga de CAE en mi empresa, esta persona sería de una industria auxiliar, y haría las funciones de CAE en la empresa principal que se dedica a la industria.
Desconocemos si estamos incumpliendo alguna normativa, porque al no ser de plantilla propia a lo mejor no puede hacerlo.
Para variar, no creo que tengas mayor problema en hacerlo, siempre que tal persona reúna las condiciones formativas y de cualificación necesarias.
RD171/04-art.13.3: … Podrán ser encargadas de la coordinación de las actividades preventivas las siguientes personas: …
<p class=”parrafo”>d) Uno o varios trabajadores de la empresa titular del centro de trabajo o de las demás empresas concurrentes que, sin formar parte del servicio de prevención propio ni ser trabajadores designados, reúnan los conocimientos, la cualificación y la experiencia necesarios en las actividades a que se refiere el apartado 1.</p>
<p class=”parrafo”>e) Cualquier otro trabajador de la empresa titular del centro de trabajo que, por su posición en la estructura jerárquica de la empresa y por las funciones técnicas que desempeñen en relación con el proceso o los procesos de producción desarrollados en el centro, esté capacitado para la coordinación de las actividades empresariales.</p>
<p class=”parrafo”>f) Una o varias personas de empresas dedicadas a la coordinación de actividades preventivas, que reúnan las competencias, los conocimientos y la cualificación necesarios en las actividades a que se refiere el apartado 1.</p>
Como yo utilizo el foro para aprender y autoexaminarme, si puedo ayudar, éste es mi correo:
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