Buenas,
tango ciertas dudas sobre cómo coordinar las actividades empresariales en un ayuntamiento.
A mi forma de entender se trata de una empresario titular (distinta actividad a la principal) que externaliza algunos trabajos como la limpieza, el alumbrado, trabajos en alcantarillado, vigilancia playas…
En dichos trabajos sólo trabajan los empleados de las empresas. A la hora del deber de cooperación que información debe pedir el ayuntamiento? En el caso del servicio de limpieza, veo claro que la ERL + Plan de los edificios dónde trabajan, pero de las playas, alcantarillado, no disponen de nada porque sus trabajadores no actúan allí.
Solo habrá reciprocidad de información en materia preventiva si hay concurrencia de trabajadores?
Gracias