- Este debate tiene 7 respuestas, 7 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 18 años por DE ARMAS.
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Hola a tod@s,
Tengo una duda, según el RD 171/2004, a los trabajadores autónomos qué documentación se les exige, cuando son subcontratados, aparte del recibo de pago, tb ¿se les exige certificado de formación, vig. médica, evaluación y planificación, ect….? Gracias de antemano
la verdad es que deberá entregar sobretodo evaluación y planificación esecífica y ajustada a los riesgos a los que se va a exponer, por lo que el intercambio de información entre la empresa pricicipal y la subcontrata es tan importante, además de hacer entrega de los TC2, formación e información, entrega de EPI´s ajustados etc.
Un abrazo
Los trabajadores autónmos sólo tienen obligación de coordinarse, por lo que habrá que pedirles todo lo necesario para tal coordinación, surge el problema de que como no tienen que contratar prevención, no van a poder evaluar (por una empresa especializada)los riesgos que puedan generar, pero bueno, tendran que hacer algo génerico, en caso de construcción debemos ir al Plan de Seguridad y salud y ver lo que se les exige.
En caso de maquinaria deberá pedirse el marcado CE o adecuación de la misma (por si generase riesgos para otros)Gracias por las respuestas
Bueno, no sé porqué se contesta diciendo disparates. Los autónomos no tienen TC1, ni TC2, ni cosas por el estilo. La contestación que más se acerca a la realidad es la que le da Marino Casado. Pero en cualquier caso, usted puede determinar los requisitos y condiciones que considere necesarias a la hora de establecer el condicionado en el contrato civil o mercantil, como le quiera llamar, con ese autónomo o cualquier otro que contrate, lo que evidentemente no le puede pedir son cosas imposibles, como lo de los TC porque ello implicaría que era un asalariado. Lo demás puede pedirle todo, por ejemplo, que se haga un reconocimiento de aptitud para ese puesto de trabajo y que además lo pague él; no está obligado, pero puede obligarse por medio del contrato libremente aceptado por las partes contratantes…
Los autónomos por no tener no tienen nada, simplemente se tendrán que coordinar con las demás empresas.
Eso si, como dice Don, contractualmente puedes pedirle de todo, como a una empresa cualquiera. Muchos son autónomos encubiertos, y lo hacen así para no tener las mismas obligaciones que las empresas.
O sea que vamos a pedirles las mismas cosas que a las empresas, aunque no estén obligados.
En primer lugar, no se pueden considerar como subcontratados a los trabajadores autónomos. Una cosa es una subcontrata y otra un autónomo.
En la mayoría de los casos los contratos de autónomos son realmente trabajadores por cuenta ajena que en fraude de ley se contratan como autónomos para eludir varias responsabilidades y obligaciones: formación, reconocimiento médico, seguridad social (más varata)…
En caso de intervención de Inspección, si es un fraude de ley sucontratación, se le vendrá a bajo todo el tinglado a la empresa???Cuidado con la contratación de falsos autónomos¡¡¡
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