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    zoila
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    febrero 2007


    Buenos días,

    Tengo la siguiente duda, el dueño de unas instalaciones organiza realizar unas obras de reparación de las mismas (fontaneria), pero hay un empresario que desarrolla actividades dentro de esas instalaciones (está alquilado) y son sus trabajadores los que desarrollan sus tareas dentro de las mismas, ¿el empresario titular es el dueño y el principal el alquilado?. Si los trabajadores (fontaneros) no presentan la documentación de coordinacion al empresario que tiene alquiladas las intalaciones, ¿tiene alguna responsabilidad? es que el dueño no presenta nunca la documentacion cuando hay que realizar trabajos, pero no sé si debería tener acceso a esa documentación, ya que son sus trabajadores los que desarrollan tareas cuando vienen a trabajar lo que contrata el dueño (que no desarrolla tareas en la empresa). No se si me he explicado bien, pero a ver si podeis ayudarme. Salu2

    #89762 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
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    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Bueno lo primero empaparse el 171/2004 sobre empresario titular, principal, etc. cosa que ya hace un tiempo que no hago.

    No obstante y a bote pronto, pienso que el propietario del local y arrendador es el titular del centro de trabajo por tener la propiedad del mismo, además, comoquiera que contrata directamente la reparación de fontaneria del local es también empresario principal.

    La empresa que desarrolla la actividad en el local sería simplemente “empresa concurrente”

    La coordinación la debe instar el empresario titular.

    #89763 Agradecimientos: 0
    Jopar
    Participante
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    enero 2005


    Zoila: Por lo que he entendido, el empresario principal, coincide con el dueño y, además, es el que realiza las obras, tiene toda la responsabilidad y se ha de cuidar del cumplimiento de la LPRL.
    El dueño no tiene, atendiendo a la PRL, que documentar las obras. Es interesante que informe al empresario que alquila el local, qué se hace, cómo y por dónde van los tubos. No te parece?.
    Un saludo. Jopar.

    #89764 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Opino lo mismo. Si acaso el dueño de la nave debería informar al empresario concurrente (su inquilino) de los riesgos adicionales para los trabajadores de la nave que con motivo de las obras de reparación, pero no conozco caso alguno.
    Os pongo un ejemplo. Como muchas empresas, la oficina que ocupamos está alquilada. Cuando vienen a realizar operaciones de reparación y mantenimiento por parte de la propiedad del edificio, a mi, responsable de seguridad de la empresa, nadie me comunica nada y mucho menos me informa de los riesgos asociados a dichos trabajos.

    #89765 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
    Participante
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    91
    enero 2004


    Maestro

    Deberías mirar el concepto de actividad propia, quien es el empresario titular esta claro o aparentemente claro a falta de ver el contenido del contrato de arrendamiento.
    Si, el que tiene la capacidad de gestión del espacio es el dueño del local, entonces como empresario titular informará de los riesgos a los demás y propondrá los medios de coordinación si fuesen necesarios.
    Para poder contestar con algo de rigor, deberiamos tener más información. A que se dedica el dueño de las nave, solo alquila?, además de alquilar hace alguna actividad laboral más dentro de la nave?. Cuando trabajen los fontaneros, habrá otros trabajadores a la vez en la nave?. Son preguntas que nos acercarán más a saber si el dueño además de empresario titular tambien es principal, o solo es empresario titular y el arrendatario lo es principal? aunque esto último sería raro, ya que que un empresario titular pueda contratar servicios de actividad propia de otro empresario suena raro.

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