Hola a tod@s. Veréis, me ha surgido una inquietud.
Tengo curiosidad de conocer el funcionamiento de las consultoras en PRL, más que nada por saber cómo organizan la prevención sin entrar en las estructuras que marca la ley para ello, cómo emiten la documentación, si en algún momento figuran el técnico que ha hecho la consulta en los informes, etc.
La ley dice que si no hace falta un servicio de prevención, la PRL la hará el empresario o un trabajador designado, pero acorde al nivel de conocimiento y por ello del nivel preventivo que deban asumir, por lo que entiendo que para una empresa mediana sin SP no vale el trabajo que hace una consultora que evalúa riesgos graves si no es a través de un trabajador que sea técnico superior. Creo yo.
Por favor si alguien sabe cómo funciona esto, a ver si me puede comentar algo
Gracias.
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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