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    Pawel Michal Kresimon
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    mayo 2018


    Buenas a todos,

    de antemano, gracias por cualquier ayuda.

    Tengo muchas dudas al respecto de la constitución de un servicio de prevención mancomunado, el tema es que…
    somos un grupo de empresas que por si solas solo una llega a 250 trabajadores (253 exactamente) pero esta en el anexo I (construcción), con lo cual, en vez de constituir un SPP para esta empresa, queremos hacer un SPM y englobar todas las empresas del grupo. Actualmente lo tenemos todo subcontratado con un SPA.

    Pero tengo unas dudas sobre el procedimiento para la constitución del SPM:
    – ¿cuales son los plazos?
    – la ley no aclara si un SPM tiene que asumir 2 o 3 especialidades.
    – ¿Cual seria el numero de técnicos necesarios? (actualmente somos 2 técnicos superiores, y yo como técnico intermedio)
    – ¿Hay que comunicar a la Autoridad Laboral? (tenemos la sede en Mallorca (islas baleares), aunque también tenemos centros de trabajo por la península)

    ¿Como empezaríais la gestión de constitución de un SPM?
    Gracias por vuestra ayuda.

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