- Este debate tiene 12 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 15 años, 5 meses por ale76.
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Hola
ya que ha salido el tema de la comunidad de vecinos, yo también tengo una duda.. Soy técnica de riesgos y me ha tocado evaluar una comunidad de propietarios..
El tema de los extintores y salidas de emergencia cómo fuciona?
Hablo de un edificio de 6 plantas, y sólo hay un extintor en la planta baja y otro en el sexto piso, son necesarios en cada planta?
Y el tema de las salidas de emergencia, sólo se sale por el portal, hay que indicar algo?
Y referente al parquing, extintores hay en número suficiente,pero no hay salida de emergencia, sólo se puede salir por el edificio usando la escalera o ascensor, y sino por la rampa para los coches.. hay que indicar algo? haría falta alguna salida directa a la calle?
GraciasQue vayan preparando una derrama para extintores.
¿Y que has evaluado?
¿Las comunidades de propietarios también se evaluan?¿En que normativa laboral aparecen?
No es que las comunidades de vecinos como tal se evaluen, pero en el momento que o bien ellos contratan a alguien (limpieza, jardineros, portero) se convierten en empresa, si no hacen la contratación directa de personal y lo hacen a través de por ejemplo una empresa de limpieza la comunidad tiene la figura de “empresario titular” y tienen obligaciones en materia de coordinación de actividades…………….y dificilmente pueden informar de los riesgos del centro (comunidad) sin realizar una evaluación de los mismos
Un saludovale vale yo añado que también tienen que hacer el 171 de coordinación p.ej el ascensorista y las reformas que se puedan hacer mas la limpiadora son concurrencias de trabajadores en un mismo centro
el empresario titular del centro tiene las responsabilidades inherentes
Cuando digo esto a los administradores de fincas tengo mas gracias que EUGENIO: saben aquel que dice…Bueno pero en la normativa está así. Mientras no se cambie o regule de otra forma habrá que hacerlo así. Yo soy técnico de prevención y varias normativas o aspectos de ella me parecen ridiculos, pero cuando alguien me pide asesoramiento se lo indico en base a normativa, si alguien me pide mi opinión personal se la doy pero como asesor con un contrato de por medio es otro tema.
DEBE DE HABER SALIDA DIRECTA A LA CALLE ADEMAS CADA NIVEL DEBE DE TENER UN EXTINTOR COMO MINIMO, TODO DEPENDE LAS DIMENSIONES DE LA EXTRUCTURA, LOS ASCENSORES NO SE PUEDEN USAR COMO MEDIO DE ESCAPE Y LAS ESCALERAS DE EMERGENCIA NO DEBEN CONDUCIR A SOTANOS . SE SUGIERO CONSULTA LA NORMATIVA PARA UBICACION DE EXTINTORES Y LA NORMATIVA SOBRE SALIDAS DE EMERGENCIAS O VIAS DE ESCAPE.
DEBE DE HABER SALIDA DIRECTA A LA CALLE ADEMAS CADA NIVEL DEBE DE TENER UN EXTINTOR COMO MINIMO, TODO DEPENDE LAS DIMENSIONES DE LA EXTRUCTURA, LOS ASCENSORES NO SE PUEDEN USAR COMO MEDIO DE ESCAPE Y LAS ESCALERAS DE EMERGENCIA NO DEBEN CONDUCIR A SOTANOS . SE SUGIERO CONSULTA LA NORMATIVA PARA UBICACION DE EXTINTORES Y LA NORMATIVA SOBRE SALIDAS DE EMERGENCIAS O VIAS DE ESCAPE.mi correo es
Sigo sin entender nada.
¿Que tendrán que ver unos elementos que exige la legislación, con los riesgos laborales del personal contratado por la Comunidad de vecinos?.
Hay publicado un cuadríptico divulgativo dirigido al sector de las “Comunidades de Propietarios” en materia preventiva, informando de las distintas figuras legales que pueden adoptar, así como de las diversas obligaciones y reponsabilidades derivadas de la normativa en prevención de riesgos laborales.
Está en . Poned en el buscador:
“Comunidad de Propietarios y Prevención de Riesgos Laborales”Adjunto la dirección completa:
Un saludo.
Entra o regístrate para ver los enlaces Vaya pandilla de teknicos de pakotilla….
no dais ni uno.
Una comunidad de propietarios, cuando tiene un trabajador (ej. portero o conserje) se convierte en empresa, por lo que le afecta la Ley 31/95
Aparte de desta normativa, es de aplicación el CTE (Codigo tecnico de Edificación) y en especial su DB-SI (documento basico – Seguridad contra incendios)Antes se aplicaba NBE/CPI-96 (norma basica de edificación, Condiciones de Protección contra incendios) lo recordais???
Y sobre lo dicho por algun des…. NO!!! no debe tener el parking una salida directa al exterior. Si la hay bien y sino tambien
Por lo que refiere a los extintores:
– Debe tener un extintor por planta. Os parece mucho…. pues no!! cada planta debe considerase como un sector de incendio distino.
– Debe tener un extintor fuera de la sala de maquinas del ascensor y otro dentroAdemas las luces de los ascensores (la de fuera, esa que da al los rellanos) debe mantenerse encendida 24h
….
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