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  • #22262 Agradecimientos: 0
    Superisi
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    diciembre 2003


    Hola a todos. Necesito ayuda. Estoy buscando si existe legislación específica en la Comunidad Valenciana sobre los requisitos que debe cumplir un botiquín de empresa. Ya he mirado la orden del 20 de Febrero de 1998 sobre Composición de los Servicios de Prevención, pero estoy buscando algo más concreto. ¿Alguien sabe si existe alguna ley sobre cómo ha de estar montado un Botiquín en una Empresa?. En este caso en concreto se trata de una Empresa de Construcción. Muchas gracias a todos.

    #194599 Agradecimientos: 0
    Chachu
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    enero 2006


    en el anexo VI del RD 486/1997 de 14 de abril, sobre lugares de trabajo se establecen las condiciones minimas de los locales y el material necesario para la prestacion de los primeros auxilios. si te vale…

    #194600 Agradecimientos: 0
    Hirutxo
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    enero 2006


    Respondemos a su escrito para comunicarle que, según nos indica el Área de Salud Laboral de este Departamento, la regulación de los servicios médicos de empresa se rige como norma básica por el Reglamento de los Servicios de Prevención y modificación posterior (REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, BOE núm. 27 de 31 enero). Norma que puede consultar en el siguiente enlace de nuestra web  (normativa). No obstante, la aplicación de este reglametno corresponde a las Comunidades Autónomas, por lo que le sugerimos que contacte con su Consejería de Sanidad. Finalmente le facilitamos la web del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo. #

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    #194601 Agradecimientos: 0
    menjar
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    mayo 2005


    No tengo ni idia sin existe alguna legislació sobre la dotación de los botiquines.
    Los botiquines que tiene nuestro centro, nos lo subministro la mutua de accidentes y enfermedades profesionales. Les podia consultar a vuestra mutua.

    #194602 Agradecimientos: 0
    carloss
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    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Por si te sirve de algo te “pego” lo que indica sobre botiquines las NTP 458
    Consideraciones generales a los botiquines
    Han de contener material de primeros auxilios y nada más.

    El contenido ha de estar ordenado.

    Se ha de reponer el material usado y verificar la fecha de caducidad.

    El contenido ha de estar acorde con el nivel de formación del socorrista (usuario)

    Contenido de los botiquines
    A modo de recomendación, el contenido mínimo básico de un botiquín de empresa sería:

    Instrumental básico

    Tijeras y pinzas

    Material de curas

    20 Apósitos estériles adhesivos, en bolsas individuales.

    2 Parches oculares

    6 Triángulos de vendaje provisional

    Gasas estériles de distintos tamaños, en bolsas individuales.

    Celulosa, esparadrapo y vendas

    Material auxiliar

    Guantes

    Manta termoaislante

    Mascarilla de reanimación cardiopulmonar

    Otros

    Bolsas de hielo sintético.

    Agua o solución salina al 0,9% en contenedores cerrados desechables, si no existen fuentes lavaojos.

    Toallitas limpiadoras sin alcohol, de no disponer de agua y jabón.

    Bolsas de plástico para material de primeros auxilios usado o contaminado

    Este contenido mínimo ha de ampliarse siempre que existan riesgos particulares. Se ha de calibrar la necesidad de disponer de una o varias camillas, de ciertas prendas de protección como delantales, batas, mascarillas… Este material no debería estar en el botiquín de primeros auxilios, sino en otro lugar y siempre al cuidado del que sepa usarlo.

    No se deberían olvidar tampoco los «botiquines de viaje» en el caso de trabajadores cuya tarea se desarrolle fuera de la empresa.

    #194603 Agradecimientos: 0
    miref
    Participante
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    junio 2004

    Iniciado

    RD 486/97 dice algo ….
    Los lugares de trabajo dispondrán de material para primeros auxilios en caso de accidente, que deberá ser adecuado, en cuanto a su cantidad y características, al número de trabajadores, a los riesgos a que estén expuestos y a las facilidades de acceso al centro de asistencia médica más próximo. El material de primeros auxilios deberá adaptarse a las atribuciones profesionales del personal habilitado para su prestación.

    La situación o distribución del material en el lugar de trabajo y las facilidades para acceder al mismo y para, en su caso, desplazarlo al lugar del accidente, deberán garantizar que la prestación de los primeros auxilios pueda realizarse con la rapidez que requiera el tipo de daño previsible.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, todo lugar de trabajo deberá disponer, como mínimo, de un botiquín portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.

    RD 1627 para obras de construccion y guía técnica DEL mismo …..
    d) En todos los lugares en los que las condiciones de trabajo lo requieran se deberá disponer también de material de primeros auxilios, debidamente señalizado y de fácil acceso.
    Una señalización claramente visible deberá indicar la dirección y el número de teléfono del servicio local de urgencia.

    Se recomienda que el material de primeros auxilios incluya a título orientativo lo siguiente:

    algodón hidrófilo.

    esparadrapo de diferentes tamaños.

    apósitos adhesivos.

    vendas de diferentes tamaños.

    tiras de sutura por aproximación.

    gasas estériles.

    agua oxigenada.

    alcohol.

    desinfectante.

    pomada antihistamínica para picaduras.

    pomada antiinflamatoria.

    paracetamol.

    ácido acetilsalicílico.

    guantes desechables .

    tijeras.

    pinzas.

    banda elástica para torniquetes.

    manta.

    El material de primeros auxilios se revisará periódicamente y se repondrá tan pronto caduque o sea utilizado.

    Aquellas obras de extensión lineal estarán dotadas de botiquines, al menos portátiles, en los “tajos” más significativos o de elevada concentración de trabajadores.

    Los vehículos que desplacen a trabajadores a centros de trabajo que no dispongan de botiquín – para desarrollar tareas de forma esporádica – deberán estar dotados de un “botiquín de viaje”.

    Igualmente es conveniente disponer, en un lugar visible, información en la que se haga constar el centro sanitario más próximo a la obra así como el recorrido más recomendable para acceder al mismo, y cuantos teléfonos sean necesarios en caso de urgencia. En las obras de carácter lineal esta información estará disponible igualmente en los tajos más significativos.

    #194604 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

    Iniciado

    las dos normas señaladas son de caracter estatal, en cualquier caso la normativa autonómica sólo puede ampliarla nunca limitarla

    #194605 Agradecimientos: 0
    tangosolo
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    noviembre 2005


    Lo que no especificas es de cuantos trabajadores consta la empresa, por que segun el numeros de trabajadores puede ser botiquin o enfermeria, claro esta que se montan de diferentes formas.

    #194606 Agradecimientos: 0
    tangosolo
    Participante
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    noviembre 2005


    Hola de muevo:
    Consulta la NTP 458: Primeros auxilios en la empresa: organización.
    Espero que te aclara lo que comentas

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