Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
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  • #73771 Agradecimientos: 0
    archer forero
    Participante
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    1
    septiembre 2015

    Iniciado

    Hola a todos.

    Me ha surgido un problema con la caducidad de los EPIs. Si bien sabemos que el casco caduca a los 5 años de su fabricación ¿qué hacemos con las botas? ¿Qué período es seguro para su uso, también 5 años? ¿contados desde la fecha de entrega o desde la fecha de fabricación? ¿En qué criterio me apoyo para defenderlo?

    _______________________________________________
    trabajando para lineas de vida

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    #435921 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Los cascos no caducan a los cinco años; caducan cuando dice el fabricante que caducan.
    Los EPI´s no caducan. Los fabricantes establecen -si lo estiman oportuno- una periodo de validez del producto, a partir del cual se desentienden de su correcto funcionamiento.
    En el caso de las botas, no he leído jamás ningún folleto que establezca caducidad alguna.

    #435922 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
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    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Y si lo tuvieran, el primero que consiga que unas botas sobrevivan a su período de caducidad, que llame a Guinness (los del premio, ojo, no los de la cerveza 😆 😆 😆 😆 )

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435923 Agradecimientos: 0
    Apprentice
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    6
    noviembre 2012


    buenas, hasta donde yo se, las botas de seguridad llevan año de caducidad, normalmente en la etiqueta que tienen en la lengueta. Figura años de fabricación y de caducidad.

    Un saludo.

    #435924 Agradecimientos: 1
    Yanou
    Participante
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    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Depende del tipo de riesgo. Evidentemente, botas como las de seguridad química, por ejemplo, sí tienen fecha de caducidad, porque el material protector puede no sobrevivir al tiempo y provocar un accidente grave por tener grietas o poros. Pero las botas de seguridad o las de protección, así como el calzado de trabajo que no llevan protecciones adicionales a las de la puntera y/o talón suelen llevar un mensaje de “desechar en caso de rotura, grietas en la suela o deterioro” que es perfectamente correcto, a no ser que el fabricante quiera poner una fecha de caducidad por mutu propio, lo cual nadie le impide hacer, y es legítimo por su parte.

    Eso sí, la fecha de fabricación debe estar.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435925 Agradecimientos: 0
    Tete Mola Jaen
    Participante
    11
    3
    julio 2016

    Iniciado

    acabo de ver la documentación de un zapato S1 de la marca Cofra, e indica que almacenado tiene una duración de 4 años, y en uso, pues indica que depende del uso del zapato…

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