Estando de baja por accidente de circulación (culpa del contrario)por accidente “in itinere”, por lo tanto accidente laboral, y cuando ya estoy a punto de curarme me pega otro golpe otro vehiculo, con lo cual vuelven a generarse similares daños personales (latigazo cervical, mareos, etc…)
Mi pregunta es, dado que estaba de baja por un accidente previo, el primero que estaba a punto de sanar se prolonga y se suma al nuevo siniestro (es otra compañia) o me pueden dar el alta del primer accidente y luego aplicarme la indemnización del segundo o por el contrario me deben de indemnizar por los dos accidentes y en el caso del primero simplemente se prolonga la duración aun mas de lo que se preveia al asimilar el daño del segundo accidente?
¿Como va la cosa, puedo sumar puntos de secuelas por los dos accidentes o me pueden dar de alta del primero porque las lesiones estaban a punto de curarse y solo cobraria del segundo accidente, o puedo cobrar de los dos hasta su total curación aun cuando el primer golpe nada tenga que ver con la prolongación del tiempo de baja, mas debido al segundo?
Decir que ambos accidentes producen segun urgencias identicos perjuicios (latigazo, vertigos etc…
A ver si alguno me podeis orientar, gracias.