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  • #55397 Agradecimientos: 0
    PAKY
    Participante
    0
    septiembre 2001


    muchas gracias por tu respuesta JAVIER, me has confirmado lo que yo tenia por correcto. ¿tu sabes que pasa ahora con los dias que ha estado trabajando despues del accidente? porque yo no tengo ni idea! segun el parte ahora se supone que ha estado de baja desde el dia del accidente, lo que no es cierto. ¿se puede modificar un parte de baja despues de emitido? si no es asi ¿se le deben pagar los dias trabajados (horas extras) ademas de lo que le corresponderia por la baja? tu que me puedes decir. gracias de nuevo.

    por supuesto cualquier opinion sera igualmente agradecida. me dirijo a Javier por que ha ser mi primer “ayuda”.

    #309817 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    No sé cuál es tu puesto en la empresa, dejémoslo en asesor, que es lo que somos, en definitiva. Si es posible, se anula el parte de baja que se ha emitido y se hace uno nuevo, donde figura como fecha de baja el día en que deja de trabajar y como fecha del accidente el que se produjo. Nadie puede trabajar estando de baja, no puedes pagarle como horas extraordinarias porque no puede trabajarlas.

    Estás en un aprieto, pero puede ser mucho peor si el trabajador denuncia la situación de haber estado trabajando de baja, lo que sin duda hará si no se le paga. Creo que todos podemos equivocarnos en un parte de baja, se reconoce y no pasa nada, sólo es un parte y no hay mala fe en el error. Pero tener a alguien trabajando durante su baja se sale de madre.

    La situación que me planteas es super frecuente, notificar un accidente días después de producirse. En último caso, resolver el papeleo de la mejor forma posible no debe hacernos caer en la mala praxis, como sería perjudicar al trabajador.

    Un saludo

    Javier

    #309818 Agradecimientos: 0
    L.Plaza
    Participante
    0
    abril 2001


    Aunque la pregunta no se si va a todos, te puedo decir que si es posible rectificar el parte de AT.

    un saludo

    #309819 Agradecimientos: 0
    JOSE HACHE
    Participante
    0
    diciembre 2001


    Los días trabajados son días trabajados y le corresponde pagarlos a la empresa (que es quien se ha beneficiado de la actividad del trabajador), con todos los pluses y extras que correspondan. En estos frecuentes casos de trabajadores que se incorporan de buena fe al trabajo hay que tener cuidado: si no hay parte de baja la empresa debe pagar como te he indicado, pero si hay un parte de baja NO PUEDE ADMITIRSE AL TRABAJADOR QUE SE INCORPORE; por un lado es desobedecer la prescripción médica, y por otro se puede interpretar como un fraude a la seguridad social.

    Un saludo

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