Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #7787 Agradecimientos: 0
    previmutil
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    enero 2007


    Porque motivo se les esta obligando por parte de las empresas contratistas a los autonomos a realizarse una evaluación de riesgos cuando no les aplica le ley de P.R.L.?

    #119516 Agradecimientos: 0
    javikoki
    Participante
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    marzo 2004


    ¿Tienen trabajadores a su cargo?

    #119517 Agradecimientos: 0
    Iduna
    Participante
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    septiembre 2004


    Voy a aprovechar tu pregunta para añadir otra

    Estamos en el ramo de construcción. Tenemos 2 autónomos (uno “subcontrata” al otro) y otros 2 autónomos como SCP. Todos ellos trabajan mayoritariamente para mi empresa.

    Esta es mi pregunta
    – Tienen que tener un seguro de accidentes y de responsabilidad civil propio (cada uno) o bien quedan cubiertos por los de la empresa. Nosotros los tenemos como que quedan cubiertos con el nuestro ya que los autónomos van identificados con el nombre de la empresa y el equipaje es rotulado.

    Por otro lado y si no interpreto mal entiendo que un trabajador autónomo tiene caracter de “empresa” por tanto… deben tener un plan de prevencion completo? Puede estar incluido en el plan de la empresa? Sinceramente con la ley de Subcontratistas… no lo tengo nada claro.

    Os agradecería respuesta.

    Saludos

    Virgínia

    #119518 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
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    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Yo pienso que es porque, por un lado, así el contratista se cura en salud. Que el autónomo no tenga obligación de tener un Plan preventivo no quiere decir que en la obra se pueda meter a un cafre.

    También ten en cuenta que el coordinador debe organizar el trabajo de TODOS los trabajadores para que sea seguro (art. 4 y 9 del R.D. 171/2004 y art. 3 del R.D. 1627/97). Por eso recaba la evaluación de los subcontratistas, y en este caso, puede solicitarla tb. de los autónomos.

    S no, ¿cómo se le va a facilitar la parte del Plan de S.S. que le corresponde al autónomo, si previamente no ha informado de los riesgos de su actividad?

    Vamos, digo yo.

    Para autónomos que tienen trabajadores por cuenta ajena, o son una C.B., ya les son exigibles los mismo requisitos que una empresa.

    Un saludo al respetable.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #119519 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Porque no tienen ni pu.. idea y tienen una cara que se la pisan:

    En obras de construcción no hay evaluaciones de riesgos ni planificaciones preventivas, hay PLANES DE SEGURIDAD Y SALUD y quien tiene la obligación de hacerlos son las empresas CONTRATISTAS tanto de los trabajos que ejecuten directamente como de los que subcontraten a otras empresas o a trabajadores autónomos.

    Si aplicas lo que dice el art. 7 del RD 1627/97:

    3. En relación con los puestos de trabajo en la obra, el plan de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere este artículo constituye el instrumento básico de ordenación de las actividades de identificación y, en su caso, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva a las que se refiere el capítulo II del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

    Quien tiene la obligación de hacer la Evaluación de Riesgos y la planificación preventiva del “Autónomo” es el CONTRATISTA.

    #119520 Agradecimientos: 0
    JESUS14833
    Participante
    0
    febrero 2002


    Estoy con Icm y contestando a Iduna, ten en cuenta que un autónomo no puede subcontratar a otro autónomo. Tendría que contratarlo y entonces, como ya han comentado, se convierte en empresa.

    #119521 Agradecimientos: 0
    mastichina
    Participante
    0
    agosto 2006


    En parte de acuerdo con ICM
    En parte discrepo con ICM. Eso de que no hay evaluaciones ni planificaciones en obras…es cierto en parte. Como dices está el Plan de seguridad y salud que como bien dices es la base preventiva en la obra.
    Por otro lado, cada empresa que entra en obra (contratista, subcontratistas..)debe tener su evaluación de riesgo y planificiacion preventiva propio, plan de prevención, etc…
    El tema de los autónomos, pues eso es como dices no hay obligación pero si no la tienen hecha en muchos casos no les dejan entrar en obra…¿hay diferentes interpretaciones de la ley?…
    Un saludo

    #119522 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Que una empresa deba tener su evaluacion de riesgos, no quiere decir que sea esta la que “mande” en la obra.

    En una obra, quien “manda” es el PSS (tanto si se trata de autónomos como si se trata de empresas subcontratistas).

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