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  • #14755 Agradecimientos: 0
    pixixuli
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    agosto 2003


    Hola a todos,
    Una empresa me plantea su situación: Instalación de equipos de aire acondicionado, los trabajadores tienen que utilizar calzado de protección, pero tienen uno que no lo usa de continuo, algunos días se le olvida “traerlos al trabajo”.
    Mi opinión es que le mande a casa a por los zapatos de seguridad y el tiempo que pierda se lo descuenten del sueldo, pero, ¿eso es legal?
    ¿Qué tipo de sanciones se le puede imponer a los trabajadores por no cumplir la normativa en materia de PRL?
    Pensaba que eso iba regulado según convenios internos de empresa, pero seguro que debe haber algo que lo regule.
    Gracias y un saludo,

    #154157 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿Y como es que se los olvida en casa?

    ¿Por qué se los lleva para casa?

    ¿también se lleva la herramienta, la maquinaria o los equipos de aire acondicionado, los vehículos de empresa, etc.)?

    Es que no entiendo que hace el trabajador llevandose para su casa los EPIs. ¿No tiene vestuarios con taquillas en su empresa?

    #154158 Agradecimientos: 0
    FINALFIRE24
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    enero 2007


    En la ley de prevención en su articulo 29 2, 2ºse contempla claramente y hace referencia al estatutos de los trabajadores en su articulo 58.1, ya que lo considera incumplimiento laboral. Espero que te sirva, miralo y me comentas

    #154159 Agradecimientos: 0
    pixixuli
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    agosto 2003


    Gracias Antonio.
    Todo correcto.

    #154160 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Las sanciones a los trabajadores es un tema complicado y debe aplicarse con mesura a la vez que firmeza.
    No estoy seguro, pero dudo que puedas descontarle la parte del sueldo correspondiente al tiempo gastado en ir a buscar el calzado.
    Mi consejo es que se comience por el principio, y así de forma gradual:
    – Amonestación por escrito, segunda amonestación, 1 día de empleo y sueldo, 5 días, 11, y así según marque el convenio de aplicación.
    De otra forma, es muy difícil justificarlo.
    Y esto desde luego, debe ser la sección de personal o quien se dedique a esto, quien gestione las sanciones ya que es un tema laboral, aunque sea por motivo relacionados con la PRL.

    #154161 Agradecimientos: 0
    ALEX DUGARTE
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    enero 2015


    Amonestalo verbalmente hasta 2 veces y la tercera por escrito y que la gerencia decida…

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