- Este debate tiene 13 respuestas, 6 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 15 años, 4 meses por Pablo k.
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Esta permitido que salga “alargaderas” desde el cuadro de obra principal para trabajos.
Si están conectadas al cuadro de obras según indica la reglamentación vigente y la alargadera cumple el reglamento electrotécnico, ¿porque no?
Se debe procurar que los tramos sean enteros, sin conexiones o empalmes.
Sí está permitido lo que debes procurar es que las alargaderas no estén en zonas de paso(procura tener siempre los cables aéreos),que no haya “pulpos”,y si están a la intemperie que las clavijas tengan como mínimo una IP44.Además,te aconsejo que las revises periódicamente y que lleves un registro de esa inspección.
Un apunte, las alargaderas de los chinos, no valen, pues los cables de esas alargaderas (para trabajos a la intemperie) deben ser de tensión asignada mínima 450/750V, con cubierta de policloropreno (o similar), según las UNE 21027 y UNE 21150, y deben cumplir las prescripciones de la norma UNE-EN 60439 -4 (las de los chinos, no lo cumplen).
A Yedra Verde le ha faltado solo un punto de IP con su indicación de IP 44, pues la protección mínima de la aparamenta para la intemperie deberá ser mínimo IP45, según la UNE 20324.Otro detallito a tener en cuanta, ten cuidado con la clavija del cuadro principal donde conectas la alargadera. Asegúrate de que esté protegida por un interruptor magnetotérmico de bajo poder de corte (10-16 A), porque como lo conectes a una protección alta (40, 63 A), y sobrecargues mucho la alargadera conectando muchos receptores a la misma, puede empezar a arder el cable de alimentación de la misma sin que el térmico llegue ni a enterarse.
Si el cuadro incorpora clavijas propias no vais a tener este problema porque las mismas parten de las protecciones adecuadas, y si se emplean los cables de tensión asignada 450/750V tampoco, porque van a resistir bastante, pero si no se emplean cables de estas características, o si las clavijas/tomas son improvisadas por algún “lumbrerillas” pues otro gallo puede cantar.
Tú solo querías saber si valen las alargaderas en las obras, y yo voy y te suelto todo este rollazo…
Saludos.
Señores, para los pocos a los que les pueda interesar, disculpas por un error garrafal de mi anterior respuesta:
Cuando dije:
“y si se emplean los cables de tensión asignada 450/750V tampoco, porque van a resistir bastante”,
más bien sería: “también, pues van a resistir lo mismo que cualquier cable de tensión asignada menor”, pues la tensión asignada de un cable solo va a ifluir en el aislamiento del mismo, pero no en su resistencia a la intensidad de corriente que circule por él, pues esta dependerá de su sección y de sus condiciones de instalación.
En qué estaría yo pensando…
Saludos.
Vaya Pablo K, eso si es estar a todas. Muchas gracias de todas maneras por tu completa información.
Pablo K,gracias por la corrección!
Lamento discrepar de algunos compañeros, pero las mangueras y más aún si van a ir a la intemperie,además de la sección apropiada dependiendo del consumo que deban soportar, las protecciones que correspondan (magnetotermico y diferencial) deberían ser de 1000v de tensión nominal de aislamiento. Saludos.
Maikel, te ruego me indiques en qué disposición legal viene regulado lo que dices de que en las obras de construcción “las mangueras deberían ser de 1000v de tensión nominal de aislamiento.”
Yo te remito a que leas la norma UNE 21.027.
Y además la:
ITC-BT-33, del REBT. Instalaciones con fines especiales: Instalaciones provisionales y temporales de obras.
5. Elección e instalación de los equipos
5.3 Cables eléctricos
“Los cables a emplear en acometidas e instalaciones EXTERIORES serán de tensión asignada mínima 450/750V, con cubierta de policloropreno o similar, según UNE 21.027 ó UNE 21.150 y aptos para servicios móviles.”
Y para instalaciones interiores, tensión asignada mínima 300/500V.
Saludos.
No te lo puedo indicar ya que tienes razón en la lectura,tan solo mi “discrepacia”, es que habla de mínima,y nosotros como empresa instaladora, hace tiempo que utilizamos de 1000V, e incluso en algunas inspecciones,aunque no deberia ser así comprueban que sea este, por lo demás no te contradigo en nada.Un saludo.
Eso ya es otro cantar. Me había limitado en mi respuesta a indicar lo que marca el Reglamento.
Lo del valor de 1000, es un valor recomendable, y se ha convertido en tan recomendable que algunas OCAs no te pasan la inspección favorable con 750 V, aun cumpliendo el REBT.
He aquí un ejemplo de lo exigible, y lo recomendable:
Saludos.
Entra o regístrate para ver los enlaces Muy completo, gracias Maikel.
Por cierto, ese catálogo que has colgado recomienda para obras 450/750 V (cable Flexterme) en lugar de 1000. Curioso.
Saludos.
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