Vamos por partes:
En Promoción Pública, El coordinador emite informe al Promotor diciendo que los contenidos del Plan son aptos para su pertinente aprobación. Después el promotor aprueba el Plan. Eso de que en promoción pública no se pueden hacer anexos es una falacia. Si en la obra se ejecutan trabajos no contemplados en el Plan hay realizar un anexo al mismo.
En cuanto a las firmas, eso de que en promoción privada lo firman todas las partes(cosa que ya he visto en alguna ocasión) ¿a santo de qué?.
El Coordinador Aprueba el Plan una vez revisado con su correspondiente Acta y “Sanseacabó”. Eso de que lo firmen el Promotor y el Contratista ¿para qué? ellos no aprueban nada, aunque puede que sea para dejar constancia de que quedan enterados de la aprobación del mismo, lo cual de eso ya se encargará el Coordinador haciéndoles llegar una copia dle Acta de Aprobación del Plan.