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25 agosto, 2008 a las 07:34:58 en respuesta a: Formación Impartida por SPM #89368 Agradecimientos: 0
pues no sería válido, imagino que tú no eres un organismo certificado y que pueda certificar la homologación de esta formación como entidad.
Todos tienen que comer……………
los EPI´s son equipos de protección individual, por lo tanto la individualidad es un requisito indispensable, el EPI será el idóneo para cada riesgos al que estemos expuestos además teniendo en cuenta a cada persona (factor que se omite habitualmente comprando siempre el EPI mas barato y no el mas idóneo), por tanto, no es posible compartir o reutilizar un EPI, los Epi´s son de cada persona a quien se les da.
se deben devolver?, puede ser correcto, aunque si no se pueden reutilizar para que quiere que se devuelvan, si son devueltos para ahorrarse dinero y dar a otros compañeros EPI ya usados por compañeros que se han ido, no hacemos caso a la individualidad de los equipos ni a las características de las personas.Por qué queremos convertir la prevención en miseria y regateo?, seamos serios por favor.
25 agosto, 2008 a las 07:27:34 en respuesta a: Terminal de Descarga de Buques #89257 Agradecimientos: 0si es para formación específica de riesgos, creo que lo primero que debes hacer es analizar y visitar los puestos, depurar cuales son los principales riesgos de ese trabajo, y centrar tú formación en ellos, primero de manera global, por ejemplo manipulación de cargas. consecuencias, medidas preventivas etc, y luego lo adaptas a las características del sector, y ya lo tienes.
Nadie te va a facilitar un temario en concreto para estos trabajadores que tan solo tengas que leer y explicar a alguien, esto te lo debes currar por tú bien y por el de los trabajadores.
A no ser que el director sea diferentes personas y de diferente condición es imposible que acumule in person a todo un CSS.
La LPRL es contundente al respeto, y habla de un órgano paritario donde la empresa y la representación social lo componen a partes iguales,por lo tanto el director general no puede ser de facto y ÉL el CSS. mira la norma, es muy clara.pero que consulta referente a prevención es esta?, con cosas así este foro pierde mucha credibilidad y seriedad.
se realmente este es el fin de prevention que lo publiciten, y si no es así que se abra un apartado solo para eso, pero que no me remitan estan consultas.La verdad es que normativa que recoja como tal los cobetizos de jardín no vas a localizar, la norma no suele ser tan específica.
Pero no debes olvidar que estas intentando adoptar medidas preventivas para eliminar y minimizar unos riesgos, por ello, ve al origen de los riesgos e intenta atajarlos de la mejor forma posible.
entonces te encontraras que el cobertizo no es la solución a tú problema, maquinaria, gasolina, jardinería, funguicidas, y otros productos químicos con una normativa para su almacenaje, que sí puedes consultar.lleva de todo original y copia, de ea forma te evitas equivocarte.
con respecto a la docuemtnación lleva todo lo que tengas, aunque si es un accidente es indispensable la investigación del mismo,sobretodo si la participación de la representación social se ha tenido en cuenta, a mi me han tocado las orejas en la inspección por no hacerles participar en la elaboración de este documento de investigación así como de otros. Cuidado.
22 abril, 2008 a las 08:10:46 en respuesta a: contrato de trabajo por duración determinada por obra o servicio determinado #103123 Agradecimientos: 0deberán seguir trabajando en la obra determinada para la que fueron contratados como así se hace constar en el contrato. de ser constatada esta situación, en la que se les contrata para una obra y se tiran un montón de tiempo trabajando en otra provoca un grave deajuste y una ilegalidad que incluso puede llegar a convertir estos contratos puntuales en contratos indefinidos a causa del citado y manifiesto incumplimiento contractual por parte del empresario.
25 julio, 2007 a las 10:40:16 en respuesta a: circulación por vías públicas de carretillas elevadoras #133997 Agradecimientos: 0Desde que una carretilla debe circular por vías públicas, más allá de la ocupación de las mismas para carga y descarga y poco tiempo y recorrido, debe llevar un matriculado como cualquier vehículo, tener contratado un seguro, y pagar el preceptivo impuesto de circulación.
Por tanto la normativa de educación vial es aplicable en toda su amplitud en ese momento, durante el resto del tiempo se aplicará la normativa laboral.
25 julio, 2007 a las 07:38:21 en respuesta a: Planificacion de la Prevencion #144081 Agradecimientos: 0la planificación es la parte másestructurada de todo el plan.
Debe contener, el riesgo observado, la medida preventiva a adoptar, el responsable del desarrollo de la citada medida preventiva ( se incluye por ejemplo, mediciones, simulacro, vigilancia de la salud, formación de trabajadores etc ), plazo previsto para la realización y adopción de la medida descrita, y coste aproximado de la medida.
con todo eso ya tienes una buena planificación, como así indica el propio RSP, además recordarte que la planificación es anual, que debe presentarse en Enero del año que comienza, y con duración anual, repito. así lo indica el articulado.
No cabe planificar el 2007, medidas que se van a adoptar en 2008.
Ten en cuenta que la planificación preventiva es publicitar cuales son las reglas del juego, las medidas, los plazos y quien las va a ejecutar. intenta ceñirte a una planificación real y sobretodo honesta y realizable, abandona los brindis al sol.
25 julio, 2007 a las 07:07:55 en respuesta a: Certificar estado de maquinaria #135046 Agradecimientos: 0La verdad es que estoy contigo en que los técnicos no deberíamos poder tener potestad en la certificación, a pesar que la inspección de trabajo parece opinar diferente.
Pero las OCA´s están para eso, para certificar ese tipo de cosas. auque si la máquina dá tantos problemas y tan a mneudo deberías hacertelo mirar.
25 julio, 2007 a las 06:50:47 en respuesta a: Declaracion empresarial sobre situacion de riesgo durante el embarazo #134121 Agradecimientos: 0Lucas, no lo dudes haz caso a Elvira, ella lo ha sintetizado maravillosamente bien. solo tienes que leer, y pasar la responsabilidad a la Mutua que para eso se le paga, A currar !!!!
25 julio, 2007 a las 06:39:37 en respuesta a: riesgos de trabajadora embarazada #135891 Agradecimientos: 0principalmente los riesgos derivados de la bipedestación, dado que está todo el día de pie.
Tampoco debemos recordar el uso de ciertos productos qúímicos, utilizados en los tintes, además de las lacas, fijadores y demás aerosoles etc, que por vía aérea y dérmica le pueden afectar de forma grave.Deberíamos tambien tener en cuenta, la posible manipulación de cargas si las hubiese, y las posturas forzadas, aunque en menor medida, dado que son riesgos mucho más puntuales.
al loro con la bipedestación y la utilización de productos químicos, muchos de ellos altamente tóxicos, para finalizar quizá debíeramos incidir en el horario, y los turnos de trabajo, así como en otros factores de caracter psicosocial, estres, organización del trabajo etc.la verdad es que después de visto lo visto, podría decirte aquello de “échale guindas al pavo”. pués sí, la verdad es que los laterales suelen ayudar más que el central, aunque evidentemente tambien se deterioran más, pero, estamos hablando de prevenir riesgos no?, o de gastar poco dinero?, ya no lo sé, esto es un lío. Bueno en resumen, consulta la infromación técnica del fabricante y la NTP de carretillas, que no es la que te han apuntado antes, mira la NTP 24.
27 marzo, 2007 a las 15:53:43 en respuesta a: Investigación de Accidentes #147394 Agradecimientos: 0La verdad es que deberías indicar qué formación preventiva tienen esos mandos dado que en el 90% de los casos es cero.
La intervención de los delegados no es que sea opcional, sino que es obligatorio, repasa los derechos de los representantes recogidos en la ley, participación y consulta, te suena?.Está claro que no es operativo el doble informe, así como es operativo el informe totalmente partidista y desinformado de un mando sin conocimientos preventivos, en el que se hacen afirmaciones tales como, ” la confianza del trabajador es la causante del accidente, o un descuido “, debemos recordar el Art 15.4 LPRL y explicarles a los mandos que esto nos lleva a afirmar en voz alta que el empresario deberá responder de todas maneras, el mando nunca dirá nada que perjudique al empresario, así que, por favor, adoctrinarlos mejor, o todavía mucho mejor, dádles por lo menos la cantidad y calidad de la formación que tienen los Delegados.
Por cierto y diciendo esto, que tal si son los delegados sin los mandos los que investigan, que chulo no?, eso sí, nada de informes paralelos jajajajajajajajajajajajajajajajaj.
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