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Hola Beatriz, lo que yo haria, es usar un registro similar al de la 1º entrega, pero en Éste indicaria reentrega de EPI por : ( desperfectos, perdida, olvido o sustracción, otras) , indicando el tipo de EPI facilitado de nuevo, y tambien puedes hacer constar si devuelve o no el que se le dio en primera instancia ( esté como esté).
Creo que con ésto consigues un control de los EPI´S facilitados, de su uso y abuso por parte de los trabajadores y tambien es útil a nivel de contabilidad.
Espero haber aportado alguna idea.
SALUDOS
Silvia
7 julio, 2003 a las 10:28:35 en respuesta a: Fotos / Dibujos temas de Prevención #274013 Agradecimientos: 0Hola, aqui en esta web puedes encontrar información que puedes descargar. O tambien puedes conseguirla si te acercas al centro más próximo que tengas del INHST de tu provincia, allà podran facilitarte información de todo tipo ya que poseen una biblioteca propia.
UN Saludo
Silvia
En español significa sindrome del tunel carpiano, y es una enfermerdad causada por la realización de trabajos que implican movimientos repetitivos con las manos, y como consecuencia causa una inflamación del paquete vasculo-nervioso de muñeca-mano.Que a su vez origina la compresión de dichas estructuras ocasionado la imposibilidad de realizar movimientos con dichas extremidades.
Espero Haber sido de ayuda. SALUDOS
SILVIA
hola Norma, decirte que como indica el RD 773/1997 sobre disposicione smínimas de seguridad y salud laboral sobre el uso de EPI´S. “los trabajadores estarán obligados a utilizar correctamente los medios y equipos de protección de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.”
Con lo cual, te aconsejaria añadir dicha referencia en la hoja de entrega de cada epi que debe firmar el trabajador, conforme lo ha recibido y se compromete a realizar un buen uso de él.
Espero haber sido de ayuda. UN SALUDO
Silvia
Hola, en principio en mi opinión creo que el riesgo más evidente es el RIESGO BIOLOGICO, debido a la manipulacion del cadaver, del cual emanan liquidos corporales.Tanto en los primeros dias del fallecimiento, como cuando hay que reparar los ataudes una vez transcurrido el tiempo.Ddeberian usar EPI’ s (guantes, mascarillas y vestuario adecuado).
Creo que te puede servir de modelo las disposiciones que hace el INSHT de España cuando hace mención a los riesgos del sector sanitario (ya que en él tambien se realizan tareas de preparación cadáver).
Espero haber sido de alguna ayuda
Saludos.
22 mayo, 2003 a las 06:33:26 en respuesta a: higiene y seguridad industrial #276737 Agradecimientos: 0No se a que te refieres con tu pregunta, higiene y seguridad son 2 especialidades de la prevención junto con ergonomia y psicosociologia.Si te refieres a esta web, esto es un foro, donde se pueden plantear dudas y la gente que tiene conocimientos en estas 2 especialidades puede ayudar a solucionarlas dando sus respuestas.
Higiene ;esta encaminada a valorar todos aquellos contaminantes fisicos o quimicos que son un riesgo para la salud del trabajador (ruidos, vibraciones,contaminantes quimicos,biologicos, etc). Y seguridad estaria vinculada a los riesgos derivados del uso de herramientas, maquinaria,vehiculos industriales, lugares de trabajo ( en gral).
En resumen se podria decir de una manera muy simple que HIGIENE =riesgos que se pueden medir y muestrear, y SEGURIDAD =riesgos no medibles o mesurables cuantitativamente.
Espero haber sido de alguna ayuda.
Un saludo.
SILVIA
Hola Maria,
En principio este aprendiz, debe tener un tutor o un responsable que ha de controlar, formar,e informar de todo aquello que debe y no debe hacer.
Al ser mayor de 18 años, se le ha de tratar como a cualquier otro trabajador mayor de edad, pero eso si con un factor muy importante “la falta de experiencia”.
No se si existe un convenio de trabajo del sector carpinteria, me imagino que si, y creo que ahi viene detallado la duración de la jornada de trabajo, competencias y demas de los aprendices de carpinteria.
Creo recordar que en la ley no hace mencion a los aprendices de profesiones, pero se les podria considerar como trabajadores sensibles quizás, porque son más susceptibles ante los riesgos laborales.
Sobretodo aqui tu tienes un papel importante, ya que debes formarlo a conciencia sobre los riesgos de su puesto y hacer observaciones planeadas de sus acciones a fin de que lleve a cabo medidas preventivas (epi,uso de protecciones y dispositivos de maquinaria, etc, etc).
Espero haber sido de utilidad.Un saludo
SILVIA
Tal como comentan los compañeros, cualquier sustancia que penetre en el globo ocular,que en condiciones normales no debería estar, jamas puede considerarse beneficioso.Aun más cuando es un fenomeno que sucede diariamente posiblemente más de una-dos veces durante la jornada laboral.
Por ello a fin de evitar contaminacion e infección del globo ocular o sus estructuras adyacentes por agua con sal, que ademas de ser irritante a concentraciones altas, puede alterar tambien el equilibrio hidroelectrolítico de los componentes acuosos del globo como de las lágrimas.Se Deberia usar EPI´s ( gafas de seguridad adecuadas al riesgo en cuestión).
UN saludo. SILVIA
ante todo Maruja, debes saber que tanto por cierto de afectacion tiene, es decir si no oye parcial o totalmente y si su comunicación es inteligible o no.
Ya que conduce un tractor, las señales auditivas deberian sustituirse por luminosas.(del cuadro de mandos y demas acciones que realice dicho vehículo).
Delimitar las zonas de trabajo con valizas o conos a fin de evitar que nadie transite por él,informar, formar y entrenar al trabajador para que cuando realice maniobras marcha atras, en las que no ve ni oye(en este caso),sepa como actuar, extremando el cuidado.
Tambien tendrías que valorar el tipo de trabajo a realizar y el lugar de trabajo, porque segun éstos, puede ser poco recomendable que una persona con sordera total lo realice.
En fin espero haber sido de utilidad. Un saludo Silvia.
16 mayo, 2003 a las 12:17:55 en respuesta a: PROTECCIONES EN TORNO, FRESADORA,… #277106 Agradecimientos: 0Respecto a este tema, decirte que toda maquinaria que haya sido fabricada a partir de la aparición del RD 1215/97(maquinas nuevas) debe poseer las protecciones y dispositivos necesarios a fin de evitar sus riesgos.Y las maquinas anteriores a este decretos deben adaptarse a las disposiciones que en él se establecen.
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