Respuestas de foro creadas

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • Sarabiadd
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    octubre 2009


    Saludos de nuevo. Primero agradecer todas las respuestas dadas.

    Segundo; al parecer, todo viene por un enfrentamiento del trabajador con la empresa (desconozco los motivos y si tiene o no solución), pero opino que independientemente de que el reconocimiento sea voluntario u obligatorio debe de quedar constancia que la empresa ha puesto los medios necesarios para proporcionar la VS del trabajador, y eso normalmente se hace firmando un documento que lo certifique entre las dos partes, porque de cara a un juez el papel firmado (de cualquier cosa) es un elemento fundamental en muchos procesos.

    El problema es ese, que se niega a firmarlo. Personalemnte si que considero viable amonestar al trabajador ya que como se ha dicho, rompe el proceso de colaboración con el empresario en materia preventiva de la empresa; al igual que dejar constancia de ello a través de los delegados de prevención, que vuelve a ser un documento firmado certificando el hecho.

    Creo que daremos ambas soluciones a la empresa y que sean ellos los que decidan en cómo actuar, después de informar al trabajador por si todo viene precisamente por falta de información del mismo.

    Un saludo.

    Sarabiadd
    Participante
    0
    octubre 2009


    Muchisimas gracias

    en respuesta a: FORMACION SEGUN EL CONVENIO DE LA CONSTRUCCION #395459 Agradecimientos: 0
    Sarabiadd
    Participante
    0
    octubre 2009


    Abro otra consulta aprovechando este tema;

    Según la propia FLC (palabras suyas tras conversación telefónica): “el ORDEN para realizar los cursos de 8 y 20 horas es indiferente, con el único requisito de que para el 2012 tengan que estar ambos realizados”

    ¿Esto se sabía de antes?, porque yo me acabo de enterar y me he sorprendido.

    Un saludo

    en respuesta a: Para reflexionar #389774 Agradecimientos: 0
    Sarabiadd
    Participante
    0
    octubre 2009


    Saludos;

    Yo opino que cualquier negocio donde existan empleados de cara al público y exista dinero en metálico está amenazado por el riesgo de atraco. Pienso que antes de “bunkerizar” se deben plantear protocolos de actuación ante atracos. ¿Cuántas panaderías, bares, supermercados, etc son atracados cada día? Cientos, y muchas veces con resultado de empleados heridos. Esos datos no salen en la tele tanto como los bancos (venden menos en la “prensa” de hoy…) pero por estadística se producen muuuuuucho más. ¿Bunkerizamos al panadero, camarero, cajera, etc? Cualquier banco cuenta con muchas más medidas de protección ante atracos que la mayoría de negocios (cámaras, guardias, sistemas de alarma,…, unas disuasorias y otras más directas, por así decirlo) y ademas no creo que la mayoría de empleados de bancos deseen atender al público tras un cristal o con un segurata a sus espaldas controlando cada movimiento las 8 horas.

    Se pueden establecer protocolos de actuación para minimizar daños, disponer de medidas de seguridad minimas y coherentes (como creo que tienen todas las sucursales bancarias hoy día) pero aún así, como dice el compañero, poco puedes hacer ante un perturbado…ya seas panadero o banquero.

    Sarabiadd
    Participante
    0
    octubre 2009


    Sí, pero en temas donde existe un vacío legal o puedan entrar en juego diferentes interpretaciones de leyes, normativas, etc. mejor hacerles caso no?

    Sarabiadd
    Participante
    0
    octubre 2009


    Está claro que debería de ser bajo criterio médico de no estar establecido en ninguna norma, convenio, ley…pero lo que más claro está es que si la IT los requiere hay que presentárselos…

    Gracias por la ayuda, volveré con más dudas próximamente 🙂

    Sarabiadd
    Participante
    0
    octubre 2009


    Hay de todo (en función de la empresa), pero la inspección de trabajo siempre pide que los recos estén hechos dentro de ese año de concierto con el servicio, independientemente de la empresa, puesto y lo que figure en la planificación. Eso es lo que no entiendo.

    Sarabiadd
    Participante
    0
    octubre 2009


    Si, visto así tiene fácil solución.

    Lo que no entiendo, cambiando un poco de tema, es por qué la inspección de trabajo pide los reconocimientos médicos de los trabajadores de manera anual si no está establecido el periodo de periodicidad para hacerlos (salvo en casos especiales que dependen de puestos de trabajo de alto riesgo o de los protocolos que se apliquen, etc.), para el puesto de trabajo que he comentado antes (dependienta, administrativo…).

    Gracias por la respuesta.

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