Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Acceso a cisternas/contenedores #305531 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    pueden instalarse andamios, en la empresa la cual trabajos realizamos los pintados de las tanques de almacenamiento, por ello te como lo de los andamios, por que nosostros en algunos de ellos, hemos puesto esta solucion y nos es bastante comoda para trabajar y evitamos muchisimos riesgos.

    espero que la solucion te sea util

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    abril 2001


    trabajo en una empresa que se dedica a la aplicacion de pintura industrial, yo te puedo ofrecer alguna ficha tecnica de este tipo de productos como son pluretanos en imprimacion, capa intermedia , acabado de pintura. en caso que sea de tu interes, si me pasas un correo electronico a mi direccion de correo te lo puedo enviar, espero que te sirva de ayuda la informacion que te ofrezco.

    mi correo electronico es el siguiente:

    en respuesta a: Almacén de productos químicos #305861 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    Buenas, Marivi, si me envias tu correo electronico, te puedo enviar informacion de la cual me estas pidiendo.

    mi correo electronico es el siguiente.-

    espero tu respuesta, y si quieres te lo envio por correo postal.

    en respuesta a: Ley 31/1995 #305851 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    te comento que en la siguiente pagina que te detallo, puedes descarte en formato pdf, toda lesgislacion relativa a la prevencion junto a las guias tecnicas. la pagina web es la siguiente:

    un saludo

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    en respuesta a: prevención a alumnos #306370 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    Si en la empresa, tu tienes aplicada la ley de prevencion, en lo cual has tenido que evaluar cada uno de los puestos de trabajo, ya que los alumnos van a realizar las mismas o parecidas tareas en practicas, esta misma evaluacion de riesgos que ya tienes echa, te vale para los alumnos, incluso con las ismas medidas preventivas, porque los riesgos que has encontrado en el puesto de trabajo, son iguales para los operarios, que para los alumnos.

    un saludo y espero que te sirva de ayuda

    en respuesta a: Parte de accidente de trabajo #312131 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    los partes de accidentes puedes encontrarlos en la mutua de accidentes, que este asociada tu empresa, eso te lo daran, a mi me dan los partes de accidentes

    un saludo

    en respuesta a: tecnico intermedio #312193 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    Mi experencia, como tecnico en prevencion intermedio es bastante buena, y verdaderamente yo llevo dos años en mi empresa arealizando las labores de prevencionista, asi `pues, en cualquier empresa , puedes realizar esta funcion.

    en respuesta a: elevadas lexiones en los almaceneros #313280 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    LA LEGISLACION DE MANIPULACION DE CARGA, DICE QUE EL PESO MAXIMO RECOMENDABLE PARA LA MANIPULACION DE CARGAS ES DE 25kG, POR LO CUAL DEBERIAS UTILIZAR MEDIOS MECANICOS. nO OBSTANTE PARA EVITAR ESTE TIPO DE LESIONES, SE LE PUEDE PROPORCIONAR, A LSO TRABAJADORES, MUÑEQUERAS, Y FAJAS LUMBARES.

    QUE PUEDE EVITAR CUALQUIER LESION COMO TORCEDURAS, O DAÑOS LUMBARES.

    O MIRAR EL TEMA DE UTILIZAR MEDIOS MECANICOS

    ESPERO QUE TE SIRVA DE AYUDA, UN SALUDO

    en respuesta a: Trabajo en alturas. #313459 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    Querido compañero, todo lo que necesitas es ir a la pagian del intituto de seguridad e higiene, que la direccion de correo electronico es la siguiente.

    www. mtas.es/insht

    la segunda pagina que te he puesto es del instituto de seguridad en el trabajo de navarra, tiene alguna informacion interesante

    en espera que te sirva de ayuda, te saludo

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    en respuesta a: trabajador designado #313568 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    En el reglamento 39/97, en el capitulo III de derechos y obligaciones en el articulo 11 , se encuentran cuando el empresario puede realizar las funciones de la actividad preventiva., el empresa rio no solo puede realizar la actividad preventiva cuando hay menos de seis trabajadores, sino hay algun paratado mas que el reglamento permite que el empresario realice la actividad preventiva como:

    – qeu las actividades a desarrollar en la empresa no esten incluidad en el anexo I de este mismo reglamento

    – Que desarrolle de forma habitual su actividad profesional en el centro de trabajo

    – que tenga capacidad dsuficiente a las funciones preventivas que ca a desarrollar, de acuerdo a los establecido en el capitulo VI de este mismo real decreto.

    Creo que te sirva esta respuesta

    en respuesta a: Funciones para el nivel básico #313520 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    , deberias de echar un vistazo al R.D 39/97 sobre lso servicios de prevencion, en el cual indican las funciones de los niveles de formacion, las funciones del nivel basico se envuentran en el Capitulo VI, articulo 35.

    Espero que estas indiceciones te sirvan de ayuda, para aclararte un poco tema

    Rebe0
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    abril 2001


    En el portal , hay un enlace que te lleva directamente a la asociacion de de T.R..R.L., donde podras encontrar su direccion y su telefono para ponerte en contacto.

    Espero que te sirva de ayuda.

    Rebeca

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    en respuesta a: Indices estadísticos? #314734 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    el indice de horas trabajadas , es el total de los trabajadores durante ese periodo. si han sido 40 trabajadores con un total de 60.000 horas y 6 accidnetado, se pondran las horas 60.000 horas, para sacar el indice de frecuencia.

    en respuesta a: Levantamiento de Riesgos #314805 Agradecimientos: 0
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    abril 2001


    lo primero que deberas hacer , seria rellenar un check-lis, y despues comrobar cual de ess cuestiones no se cumplen, y cuale serian los riesgos profesionales en concreto, una vez realziado el check list y haber realizado la evaluacion de riesgos, poner las medidas correctoras, para evitar los riesgos existentes en dicha poresion, en esta pagina puedes encontrar guias que contiene check list.

    un saludo y espero que te sirva de ayuda

    Rebe0
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    abril 2001


    En las empresas se debe de cumplir con la ley 31/95 de prevencion de riesgos laborales y es de obligado cumplimietno con todas las empresas.

    Para la emrpesas que no cumplen con esta ley, hay sanciones, por lo cual intenta explicarle como va la legislacion y que es lo que dicta la legislacion. y comentale cuales son las sanciones en caso de que no cumpla con esta normativa. HAber si asi lo convences y si no ya te tendrias que ir al inspecion de trabajo , para que realie una inspeccion en vuestra empresa , y sera como escarmiente.

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