Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: SOBREESFUERZOS #312573 Agradecimientos: 0
    Rafa4168
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    septiembre 2001


    En Colombia existe la Resolución 2400 de 1979 que trata el tema en los artículos 390 y 392. Sobre este asunto dice que los límites para cargar al hombro son: Hombre 50 kg y Mujer 20 kg. Para levantar del suelo los límites son: Hombre: 25 kg y Mujer 12.5 kg.

    en respuesta a: Metales férricos y aluminio y enfermedad profesional #312635 Agradecimientos: 0
    Rafa4168
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    septiembre 2001


    Los metales como el hierro y el aluminio pueden ser generadores de enfermedad; sin embargo, depende del tipo de contacto. Si hay exposición de material particulado de estos metales por causa del trabajo, se puede producir SIDEROSIS (Hierro) y ALUMINOSIS (Al). Ahora bien, pensemos en el oficio de reciclaje de RSU. Si la actividad no implica exponer estos metales a altas temperaturas, no se producirán humos ni vapores. Esto nos podría sugerir que no hay riesgo de enfermedad. Finalmente quiero comentar que cualquier enfermedad puede ser profesional o no. Lo que determina tal calificativo es que se produzca como consecuencia del trabajo.

    en respuesta a: Identificar riesgos relacionados a la carga física #312744 Agradecimientos: 0
    Rafa4168
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    septiembre 2001


    Hola Buenas Tardes:

    Con respecto a la pregunta le puedo comentar que la carga física se divide en dos categorías:

    Carga Física Estática: Tiene que ver con la postura adoptada durante el trabajo. P.e. Sentado, de pie, en cuclillas, acostado.

    Carga Física Dinámica: Manipulación y transporte de cargas.

    Existen los valores límite permisibles que son diferentes para hombres y mujeres. Estos sirven como guía.

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