Respuestas de foro creadas

Viendo 15 entradas - de la 16 a la 30 (de un total de 259)
  • Autor
    Entradas
  • en respuesta a: ADECUACIÓN DE MAQUINAS #81666 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    Solo se exige la obligatoriedad de esa “ACREDITACION DE SEGURIDAD” SOLO SI LA MAQUINA HA SIDO FABRICADA ENTRE EL 21 DE ENERO DE 1987 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994, Según el R.D 1495/86 vigente hasta EL 3 DE DICIEMBRE del año 2000: CAPÍTULO II: ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD. Artículo 3. Formas de acreditación. Al fabricante.

    -SI UNA MAQUINA ES POSTERIOR AL 1 DE ENERO DE 1995 Y CUMPLE LAS DIRECTIVAS COMUNITARIAS PERTINENTES (MARCADO CE, CERTIFICADO DE CONFORMIDAD Y LIBRO DE INSTRUCCIONES), NO HACE FALTA CERTIFICAR NADA MAS, SIEMPRE Y CUANDO NO SE MODIFIQUE SU FUNCIONAMIENTO.
    -SI UNA MAQUINA HA SIDO FABRICADA ENTRE:EL 21 DE ENERO DE 1987 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994, DEBE CUMPLIR EL R.D 1495/86, POR LO QUE ES NECESARIO DISPONER DE UN CERTIFICADO CONFORME CUMPLE DICHA NORMATIVA. CERTIFICADO EXPEDIDO POR EL FABRICANTE QUE HAY QUE SOLICITARLE MEDIANTE CARTA CERTIFICADA OPORTUNA

    EN EL CASO QUE NO TENGAMOS EL CERTIFICADO O QUE LA MAQUINA SEA ANTERIOR AL 21 DE ENERO DEL AÑO 1987 SE DEBERA ADECUAR (COMO TSPRL DECIRLE AL EMPRESARIO SI ES CONFORME O NO EL EQUIPO) LA MAQUINA AL 1215/97: El anexo I del Real Decreto 1215/97 es un anexo técnicamente complejo, y difícil de interpretar, y a pesar de que existe una Guía Técnica para su aplicación, editada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, a poca complejidad que tenga el equipo es necesaria SU REVISION (CONFORME/NO CONFORME) por parte de un Técnico acreditado por la autoridad laboral para el desempeño de las funciones de Nivel Superior descritas en Reglamento de los Servicios de Prevención. Este Técnico deberá estar integrado en:
    •un Servicio de Prevención Ajeno acreditado por la autoridad laboral,
    •en una OCA (entidad colaboradora de la administración),
    •en el Servicio de Prevención Propio de la empresa donde esté instalado el equipo.
    Los resultados de estas comprobaciones (CONFORME O NO CONFORME) deberán documentarse, manteniéndose a disposición de la autoridad laboral durante toda la vida útil de los equipos.
    SOLO DEFICIENCIAS.
    OJO CON LA LEY DE INDUSTRIADE CALIDAD EN LA SEGURIDAD INDUSTRIAL, Y LA LEGISLACION AUTONOMICA PERTINENTE

    en respuesta a: Ventilación de labores #79915 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el reglamento general de normas básicas de seguridad minera.

    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    ¿Estoy capacitado para formar a un encargado como Recurso Preventivo por ser TSPRL y Arquitecto Técnico, trabajando en una constructora (entidad privada), por ser trabajador con la formación de nivel superior autorizado para impartir, según indica RD 39)97 en el art. 37, apartado 1.c: “una formación e información de carácter general, a todos los niveles, y en las materias propias de su área de especialización?
    INTENTARE QUE ME ENTIENDAS:
    Como TSPRL perteneciente al servicio de prevencion propio de la empresa donde ejerces tus funciones, estas perfectamente capacitado para dar formacion a los trabajadores de tu empresa y certificar (el empresario debe de firmar ese certificado tambien) dicha formación (RD 39/97).

    Asimismo el recurso preventivo (dependiente del contratista, o sea vuestro) que se vaya a nombrar en tu empresa para un determinado trabajo debera tener una formación preventiva correspondiente, como minimo a las funciones de nivel basico, QUE TU PUEDES DAR PERFECTAMENTE (50 HORAS).

    Se esta confundiendo (CHURRAS CON MERINAS) la formación del convenio, el convenio exige una formación especifica para la obtención de la tarjeta profesional de la construccion, exigible y obligatoria a partir 2011, por parte de los trabajadores (no se menciona en el convenio nada sobre recursos preventivos, SI SOBRE NIVEL BASICO Y SUS HORAS).

    Para dar la formación del convenio es necesario QUE QUIENES IMPARTAN LA FORMACION ESTABLECIDA EN EL, DEBEN ESTAR HOMOLOGADOS POR LA FLC, ¿QUE ES ESTAR HOMOLOGADO? Equiparar, poner en relación de igualdad dos cosas: RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas de 2007 y provisional de 2008, así como el procedimiento para la HOMOLOGACION DE ACTIVIDADES FORMATIVAS en materia de prevención de riesgos laborales del IV Convenio colectivo general del sector de la construcción.

    Como Servicio de Prevencion Propio supongo os acreditasteis (constitución del SPP) ante la Autoridad Laboral correspondiente: ACREDITAR: Dar testimonio en documento fehaciente de que alguien tiene las facultades necesarias para desempeñar las exigidas. Ahora, para cumplir con lo establecido en el convenio de la construccion (NIVEL BASICO 60 HORAS), metal (NIVEL BASICO 50 HORAS)y los que vayan inscribiendose sera necesario homologarse en las actividades de formación para que trabajadores y empresarios obtengan la TPC que en definitiva es el curriculo del trabajador en materia de seguridad laboral y el curriculo del empresario en cuanto su obligación de formación de sus trabajadores.

    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    Las funciones del CSS, vienen refrendadas por el TRLISOS que tipifica en su art. 12.24 como infracción grave en que puede incurrir el promotor no sólo la no designación del CSS (y, coherentemente, su designación defectuosa) sino también el “no cumplir los CSS las obligaciones establecidas en el art. 9 del RD 1627/97 como consecuencia de su falta de presencia, dedicación o actividad en la obra”.
    En este sentido, tampoco es lógico que CSS y Director Facultativo coincidan en la misma persona, pues no estaría garantizada la correcta dedicación del mismo técnico a las dos labores (salvo en obras de reducidas dimensiones):

    1.- Control del procedimiento constructivo, ya que éste debe ser establecido por la Dirección Facultativa para garantizar en todo momento la estabilidad de los elementos construidos y asegurar que no existen defectos de proyecto o de ejecución de la obra.
    2.- Control de la seguridad y salud de los trabajadores y demás sujetos intervinientes en la ejecución de la obra.

    Por el mismo motivo, creo oportuno que para garantizar la correcta seguridad en la obra sería conveniente que, el promotor especificara la dedicación del CSS a la obra, teniendo en cuenta las singularidades de cada obra (presupuesto de ejecución, peligrosidad de los trabajos a realizar, presencia de estructuras singulares y complejas de ejecutar, altos índices de subcontratación,…) intentando eludir fórmulas generales de contratación que no tengan en consideración estas particularidades.

    Por último, señalaría la conveniencia, en obras de gran envergadura, con procedimientos de ejecución complejos y trabajos que impliquen riesgos especiales para la seguridad y salud de los trabajadores, que el promotor se planteara la designación de un CSS con dedicación exclusiva a la obra.

    TODO IRIA MEJOR.

    en respuesta a: MO BBING #80155 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    TO MOVE: MOVER, TRASLADAR, DESPLAZAR
    TO MOB: ACOSAR
    THE MOB: LA MAFIA
    LA VERDAD QUE ES UNA VERDADERA CARGA LLEVAR EL MOBBING A LA ESPALDA

    en respuesta a: ¿Obra con CSS y sin obligación de PSS? #87524 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    La preocupación y la crítica se centran en cómo aplicar la normativa de prevención de riesgos laborales para reducir la siniestralidad y mejorar las condiciones de trabajo, en cómo cumplirla, en la distancia que hay entre la teoría y la práctica.
    Esta situación hace imprescindible la existencia de cauces que permitan y faciliten la puesta en marcha de una normativa que establece obligaciones instrumentales (evaluación, planificación, formación, coordinación, etc.) para conseguir un fin (garantizar la seguridad y salud) desde una perspectiva amplia, genérica o indeterminada. DE ESO SE TRATA.

    En primer lugar, y como punto de partida, se debe constatar que tanto promotor, empresario, contratista principal, como los subcontratistas tienen la obligación básica de garantizar la seguridad de sus trabajadores (art. 14 de la Ley de Prevención), dicha obligación, que se extiende en el art. 15.4 hasta la necesidad de prever las imprudencias no temerarias de los trabajadores, debe ser considerada como la más trascendente de todos los empresarios en esta materia.

    La etapa previa al comienzo de las obras, en la que se tramita el expediente de contratación y que abarca hasta la firma del acta de comprobación de replanteo, cobra una especial relevancia en materia preventiva. Y ello es debido, precisamente, a que en esta fase el contratista elabora el Plan de Seguridad y Salud que tendrá que informar el CSS para su posterior aprobación por parte de la, valga la redundancia, parte correspondiente. Además, es en esta fase en la que tiene lugar la designación del CSS, la redacción y tramitación del aviso previo a la autoridad laboral competente así como la apertura del libro de incidencias, todo ello por parte del promotor. El contratista hace la suya redactando el PSS y comunicando a la autoridad laboral la apertura del centro de trabajo.

    Debido a todo ello, es especialmente necesario que el promotor sea previsor y designe al CSS con la suficiente antelación para que éste pueda estudiar el PSS propuesto por el contratista pues, de acuerdo con el RD 1627/97, la obra no podrá comenzar hasta que no esté aprobado el plan. Para la consecución del LIBRO DE INCIDENCIAS, EL CSS EN CASO DE OBRAS PRIVADAS DEBE SOLICITARLO AL COLEGIO “DEL QUE EL ES COLEGIADO”, PARA ELLO EL COLEGIO EXIGE QUE PRESENTE: NOMBRAMIENTO, AVISO PREVIO Y ACTA DE APROBACION DEL PLAN CORRESPONDIENTE, EN ALGUNOS CASOS EL PSS.

    Sobre el carácter y el valor preventivo del Plan de Seguridad y Salud existen diversas interpretaciones, aunque cada vez hay más síntomas de que progresivamente se le considera como un instrumento de la mayor importancia. En sentido estricto, no existe duda alguna de que el Real Decreto 1627/1997, en relación con la Ley 31/1995 y sus diversos reglamentos de desarrollo, confieren al plan el carácter de norma máxima de regulación preventiva de las condiciones de trabajo en la obra, alcanzando tal valor de norma en función del compromiso que adquiere el contratista sobre su cumplimiento, así como la obligación de hacerlo cumplir a sus trabajadores, subcontratistas y trabajadores autónomos en la obra. Y todo ello, tal y como recoge el Real Decreto citado, configurándose como la herramienta que materializa la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva (plan de prevención) del centro de trabajo de la obra.
    Bajo esta óptica de concesión del máximo valor normativo en la obra, sencillo de adquirir, por otra parte, por la mínima concreción de las normas técnicas del Anexo IV del Real Decreto 1627/1997 y de las establecidas en los decretos de desarrollo reglamentario de la Ley, la redacción del mismo por parte del empresario contratista principal se convierte en un aspecto esencial para la buena marcha de la futura obra.
    El decreto no condiciona contenidos formales o capítulos para el plan de seguridad y salud, como sí hace al tratar el estudio (proyecto técnico de seguridad estructurado en: memoria, planos, pliego de condiciones, mediciones y presupuesto), sino TAN SÓLO SU FUNCIÓN Y ALCANCE (plan de prevención del empresario en la obra). A este respecto, debe ser tenida en cuenta la tendencia de muchas empresas constructoras a mantener para el PSS la estructura de proyecto, lo que puede desvirtuar el papel jurídico de un documento que, como ya se ha aclarado no es un proyecto técnico de previsiones preventivas (ESS) sino que debe constituir el plan de prevención del empresario contratista principal en el centro de trabajo de la obra.
    LO FUNDAMENTAL ES GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES, DEBE DE EXISTIR UNA INFORMACION AL TRABAJADOR DE LOS RIESGOS EXISTENTES O QUE SE LE PUEDEN PRESENTAR, DA IGUAL QUE LA NORMA LE LLAME PSS O PLAN DE PREVENCION (EVALUACIÓN DE RIESGOS Y LA PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA).

    en respuesta a: "Nuevo RD sobre Máquinas" #82329 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    Este real decreto entrará en vigor el día 29 de diciembre de 2009, EXCEPTO EL ARTICULO 14, donde se regula el procedimiento de autorización y notificación de los organismos de control españoles para la aplicación de los procedimientos de certificación, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
    Dado en Madrid, el 10 de octubre de 2008.

    en respuesta a: Reconocimientos a trabajadores pre-jubilados #83038 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    Habria que mirar el convenio y los acuerdos de prejubilacion, no te parece???

    en respuesta a: maquinaria para obra publica #82995 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    Hay que exigirselo al dueño de la maquinaria

    en respuesta a: Reconocimientos a trabajadores pre-jubilados #83035 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    OJO:
    1)Puede que exista un ACUERDO LABORAL DE PREJUBILACIONES, donde se especifiquen sus derechos en materia de PRL de los prejubilados
    2)Aparte puede que los trabajadores prejubilados y jubilados hayan estado expuestos a una serie de riesgos (quimicos, fisicos, biologicos) que les provoquen o puedan provocar una enfermedad profesional…….Interesante articulo:
    •La calificación de las enfermedades como profesionales, tanto para trabajadores en situación de alta como de baja, corresponde a las entidades gestoras (Instituto Nacional de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina), sin perjuicio de su tramitación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
    •La elaboración y tramitación de los partes de enfermedad profesional corresponde a las entidades gestoras y a las mutuas. La empresa deberá facilitar la información que obre en su poder y le sea requerida.
    Por ejemplo: La normativa actual establece que “habida cuenta del largo período de latencia de las manifestaciones patológicas por amianto, todo trabajador con antecedentes de exposición al amianto que cese en la actividad con riesgo, ya sea por jubilación, cambio de empresa o cualquier otra causa, seguirá sometido a control médico preventivo, mediante reconocimientos periódicos realizados, con cargo a la Seguridad social, en Servicios de Neumología que dispongan de medios adecuados de exploración funcional respiratoria u otros servicios relacionados con la patología del amianto”.

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    en respuesta a: Nº de trabajadores que controlan maquinaria! #83056 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    1)Según la definición legal (ET), el trabajador por turnos es aquel que presta sus servicios en horas diferentes en un período determinado de días o de semanas. Es la forma de organización del trabajo EN EQUIPOS, por la que los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un ritmo continuo o discontinuo, realizándose dichos turnos, obligatoriamente, de forma rotativa por los componentes del grupo laboral afectado.
    En los centros de trabajo en los que, por la naturaleza del servicio prestado, resulte necesario el establecimiento de turnos laborales, éstos se deben realizar obligatoriamente de forma rotativa
    2)Herramienta que te permite organizar y crear el horario de trabajo de los empleados por una semana: “Days Off Calculator for Window”
    3)Imprescindible mirar Convenio al que pertenecen los trabajadores. Supongo Convenio Colectivo Estatal de Industrias Lácteas y sus Derivados.
    4)Existen unas NTP 344 y 455 del INSHT
    ( )
    5)Legislación de interés, relacionada con el tema:
    •Directiva 93/104/CE del consejo de 23 de noviembre de 1.993, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo.
    •Real Decreto 1/1.995, de 24 de marzo (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, BOE de 29 de marzo de 1,995). Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. (VIP Art. 36.5. El empresario que organice el trabajo en la empresa según un cierto ritmo deberá tener en cuenta el principio general de adaptación del trabajo a la persona, especialmente de cara a atenuar el trabajo monótono y repetitivo en función del tipo de actividad y de las exigencias en materia de seguridad y salud de los trabajadores. Dichas exigencias deberán ser tenidas particularmente en cuenta a la hora de determinar los períodos de descanso durante la jornada de trabajo”.)
    •Real Decreto 1.561/1.995 , de 21 de septiembre (Ministerio de Trabajo
    y Seguridad Social, BOE de 26 de septiembre de 1.995). Jornadas Especiales de Trabajo.
    •Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales BOE nº 169 de 10 de noviembre
    6)La confección del horario de trabajo es facultad casi exclusiva del empresario, en virtud del poder de dirección y control de la actividad laboral que a éste otorga el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores.
    Esperando haber aclarado algo….

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    en respuesta a: Revisiones #83425 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    ORDEN DE 15 DE FEBRERO DE 1984 , POR LA QUE SE APRUEBA LA NORMA TECNOLOGICA DE LA EDIFICACION NTE-ITE “INSTALACIONES DE TRANSPORTE ESCALERAS MECANICAS”.
    ORDEN DE 12 DE NOVIEMBRE DE 1973, POR LA QUE SE APRUEBA LA NORMA TECNOLOGICA NTE-ITP/1973, “CINTAS TRANSPORTADORAS DE PERSONAS”.

    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    ¿A que tipo de registro te refieres?

    en respuesta a: Aclaración Valores Máximos músculos #83491 Agradecimientos: 0
    quibi
    Participante
    0
    enero 2005


    insht: NTP 177: La carga física de trabajo: definición y evaluación

Viendo 15 entradas - de la 16 a la 30 (de un total de 259)