Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Formación de Nivel Básico en P.R.L. #303944 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    Un tecnico de nivel superior puede impartir el curso de nivel básico a trabajadores de su empresa, siempre que este curso incluya el contenido mínimo establecido por el reglamento.

    Conviene que guardes un ejemplar del manual de formación por si el día de mañana alguien se pone nervioso…………….

    PD. Si admites un consejo, hay cursos presenciales, multimedia y semipresenciales que son buenos y baratos y no te originan problemas.

    un saludo

    en respuesta a: CONSULTA A LOS EXPERTOS #310687 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    Entiendo y comparto tu postura, desde mi punto de vista, no existe diferencia entre un técnico adscrito a un servicio de prevención y aquel que no lo esta. Obviamente no entramos a valorar equipos, instalaciones, garantía (poliza seguro), etc…..

    Si el legislador hubiera querido que así fuera lo habría recogido en la ley y el reglamento. Juridicamente en aplicación literal de la ley, tu evaluación de riesgos (por muy buena que sea) no tendría validez, por no ajustarse a los supuestos legalmente previstos. Es decir ni siquiera se entraría aa valorar si la evaluación de riesgos esta bien o no.

    Esta postura es la que defendía un inspector de trabajo en unas jornadas celebradas el pasado mes de septiembre. Tambien pensaba que es muy posible que el legislador modifique parcialmente el supuesto y permita la existencia del Evaluador autónomo, pero con algunas limitaciones (alcance, peligrosidad, etc).

    un saludo

    en respuesta a: nivel basico #312056 Agradecimientos: 0
    PUCELANO
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    mayo 2001


    La respuesta a tu pregunta esta muy claramente recogida en el Reglamento de los Servicios de Prevención. RD 39/97.

    un saludo

    en respuesta a: Master #312045 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    En la actualidad todas las escuelas de prestigio que imparten masters te solicitan previamente a la matriculación la copia compulsada del titulo universitario o certificado académico. Por lo que entiendo que es difícil, no imposible acceder a cursar el Master. Por otra parte suponiendo que consigas cursar el Master, la escuela te daría un diploma de haber cursado el master, pero no te podría acreditar como técnico superior ni titularte, además aun cuando finalizado el master consiguieses un título universitario, tampoco habrías adelantado nada, pues se ha de ser titulado universitario en el momento de cursar el master. (Pues según el Ministerio se supone que hasta entonces no eres capaz de asimilar los conceptos y adquirir los conocimientos necesarios.)¿Una estupidez?

    Como curiosidad, si superas tercero de ingeniería (1º ciclo), pero tu universidad no expide titulo de grado medio, (no eres titulada) por lo que tampoco te valdría para nada, excepto claro está que quieras cursar el master por adquirir más conocimientos.

    Lamento que la respuesta no sea favorable, pero ni me culpes ni te culpes, y entre tanto sigue adquiriendo experiencia, que seguro te valdrá en un futuro cercano.

    un saludo.

    en respuesta a: DELEGADOS DE PREVENCIÓN #312218 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    Estimada Pilar:

    Permiteme en primer lugar que te haga una aclaración, el Delegado de prevención es una figura de representación especial creada especificamente por la Ley 31/95 y con atribuciones en materia de seguridad y salud laboral, y solo puede ser elegido, de, por y entre los representantes de los trabajadores; salvo que solo hubiera un representante de los trabajadores y por tanto ambas figuras recaerian sobre el mismo. Con esto quiero decir que el empresario no es quien para designar al delegado de prevención.

    Pero por tu pregunta entiendo que te refieres al Trabajador Designado (no confundir con delegado de prevención aunque ocasionalmente coincidan), yo calcularía si el empresario tiene 6 ó mas trabajadores de media en computo anual, si no es así el empresario podría asumir las funciones siempre y cuando tenga los conocimientos suficientes (curso básico) y esté presente o desarrollando sus funciones en el lugar de trabajo la mayor parte de la jornada. En caso contrario ya sabes que opciones tienes……….Mutua o SPA.

    un saludo

    en respuesta a: talleres de automoviles #312269 Agradecimientos: 0
    PUCELANO
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    mayo 2001


    El reglamento no recoge la actividad de reparación y mantenimiento en talleres de automoviles dentro del anexo 1. Por lo que se debe de entender que no es una actividad especialmente peligrosa. No obstante habría que verificar si alguna de los productos químicos y sustancias utilizadas están recogidas en los RD que menciona el reglamento en su anexo 1.(Cosa que dificilmente sucede y menos en las cantidades que se utilizan en un taller).

    un saludo

    en respuesta a: parte accidente ETT #312283 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    Es la ETT la que deberá de realizar el correspondiente parte de accidente. Si lo estimas oportuno puedes solicitar una copia a la ETT ,seguro que te la facilitarán sin objecciones, pero no es preceptivo salvo que su procedimiento para la investigación de accidentes así lo recoja.

    Presta especial atención a la investigación de accidentes que realices, sobre todo si las causas son imputables a tu empresa.

    Un saludo.

    en respuesta a: Tabaco en el ambiente laboral. #312292 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    Natalia:

    En la actualidad no hay norma que regule el uso y consumo de tabaco en el centro de trabajo, aunque se prevé que antes de final de año se promulgue norma de limitación de su uso. Mientras tanto la única forma legal existente para limitar el uso del tabaco, es que la dirección de la empresa (poder de organización del empresario) establesca al prohibición de fumar, para lo que tendrá que habilitar un lugar para que los fumadores puedan hacerlo.

    Por otra parte ya sabes que areas controladas por riesgo de incendios o explosión si que regulan el tema de fumar, pero imagino que por ahi no iban los tiros.

    un saludo y suerte si tratas de convencer a la dirección de la empresa.

    en respuesta a: Protección de la maternidad #312912 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    Hasta la fecha no hay ningún estudio fiable que demuestre la existencia de un nexo causal entre la alteración/malformación fetal y el trabajo con una fotocopiadora. Sin embargo no es menos cierto que las fotocopiadoras son focos de emisión de diferentes tipos de contaminantes, por lo que no estaría de más actuar con prudencia y en este caso sugerir al empresario que en su deber de actuar con la diligencia de un buen padre de familia, tome las medidas oportunas para disminuir la exposición de la trabajadora al riesgo.

    Apantallar el puesto. Separar el puesto de trabajo de la fotocopiadora. Evitar estar cerca cuando se produzcan labores de limpieza y mantenimiento.

    Un saludo.

    en respuesta a: curso de auditor de prevención de riesgos #312957 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    Yo lo hice en el Instituto Europeo de Salud y Bienestar Social de madrid, y me parecío de lo mejorcito. Además me consta que realizan varios cursos intensivos de una semana sobre auditoría, una de las personas que lo imparte es Juan Carlos Bajo, Responsable del Area de Prevención de Riesgos de Novotec y autor del único libro (que yo sepa) de Auditoría de Prevención.

    Un saludo

    en respuesta a: Documentacion del MPRL gratis #312975 Agradecimientos: 0
    PUCELANO
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    mayo 2001


    Mira que he entrado veces en la web de prevención integral y nunca me había descargado los temas.

    Gracias. Creo que es muy util como material de consulta.

    unsaludo

    en respuesta a: trabajar en este campo #312983 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    Creo que cada vez más los empresarios son conscientes del papel importante que juega en la organización la figura del prevencionista, otra cosa es que desconozca la cantidad de documentos y registros que implica el tener un implantado un sistema de gestion de la prevención. En cuanto a lo que esta obligado el empresario a tener o no, creo que la ley y la interpretación que mayoritariamente se esta dando al reglamento de los SP lo dejan muy claro.

    En mi opinión la existencia de un prevencionista en la empresa, en los casos en los que no existe obligación legal o reglamentaria, dependera del tamaño de la misma y de los indices de accidentabilidad que se manejen, y obviamente de los recursos económicos que esa empresa pueda o deba destinar a esta actividad. En cualquier caso creo que en toda empresa con un cierto volumen, debería de existir una persona formada y preparada (prevencionista) independientemente del nivel de cualificación, que supervisara, controlara y gestionara la actividad preventiva, ya sea 2, 4, 6, etc horas día, semana, etc, según la empresa.

    un saludo

    en respuesta a: Corte con calor de espuma de poliestireno extruido #313191 Agradecimientos: 0
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    mayo 2001


    El poliestireno extruido es un compuesto (aislante térmico) que surge tras la polimerización del estireno. El estireno es volatil y tóxico y en la actualidad la agencia americana para la investigación del cancer la está considerando como sustancia probablemente cancerigena. Los trabajadores sometidos a vapores de estireno pueden sufrir trastornos respiratorios (irritación mucosas), visuales (conjuntivitis) y nerviosos.

    No hay que olvidar que uno de los compuestos que se utiliza en su fabricación es el benceno (supongo que sabes lo que esto significa)

    Es muy probable que en el proceso de corte se generen gases o vapores contaminados, asi que te interesa saber la concentración de los mismos.

    Ponte en contacto con la Asociacion Nacional de Poliestireno Extruido para que te den la composición exacta del mismo y una vez identificados los posibles contaminantes, ya sabes los pasos a seguir, toma de muestras, evaluación y control si procede, teniendo en cuenta que el uso de epis mientras evaluais el riesgo es recomendable pero que la primera opción debería de ser eliminar o reducir los niveles de contaminante (¿extracción localizada?). No olvides de tratar los riesgos no higienicos.

    Si precisas cualquier aclaración no dudes en contactar conmigo en

    un saludo

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    en respuesta a: Trabajador especialmente sensible #313691 Agradecimientos: 0
    PUCELANO
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    mayo 2001


    Miguel:

    Creo que abordas perfectamente el asunto, puesto que si no existe un riesgo adicional, bastaría con recoger en el documento de ERL que existe una persona especialmente sensible, pero hay datos que no mencionas…..¿la minusvalía del operario está reconocida?, ¿en que grado?, ¿fue contratado así o es una minusvalía sobrevenida?. ¿Le has observado realizar su trabajo durante varios días?, ¿Sabes el indice de absentismo que tiene?. Todas estás cuestiones y otras más podrían afectar al resultado de la evaluación.

    Cuando tratamos de evaluar personas especialmente sensibles, hay que valorar otros parametros (no confidenciales por supuesto) y que no se aprecian durante la visita al puesto o entrevista con el operario.

    Hace algún tiempo realice una ERL en un centro que emplea discapacitados físicos/psiquicos, en tareas de encuadernación. No observe en ningún caso la existencia de un riesgo adicional o de mayor magnitud al que pudieran estar sometidas otros trabajadores sin minusvalia. Me limite a recoger en la evaluación de riesgos la existencia de personas con minusvalia (en tu caso creo que especialmente sensibles es perfecto).

    Espero haberte sido de utilidad. Un saludo.

    en respuesta a: Salida de emergencia #313974 Agradecimientos: 0
    PUCELANO
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    mayo 2001


    Estimada Elena: Me temo que no tienes demasiadas opciones. Como bien sabes, la puerta de emergencia debe de estar siempre disponible para ser utilizada en caso de evacuación y contar con un sistema que permita una fácil apertura aun en las peores condiciones(antipánico). Por lo deduciras que no es procedente el uso de cerraduras con llave, cadenas o candados. En mi opinición, la solución consiste en establecer mecanismos o sistemas de control que detecten la apertura de dichas puertas y lo transmitan a la central de control o al vigilante de seguridad o conserje. (Si solo son dos puertas es un sistema barato, y de fácil y rápida instalación). Otra solución sería monitorizar las puertas, pero esto ya es algo más caro y complejo……). Estando en USA tuve ocasión de comprobar el funcionamiento de un sistema que impedía la apertura de las puertas de emergencia a no ser que se detectase una alarma; una vez decretada la alarma las puertas se desbloqueaban automáticamente,….inconveniente, estos sistemas deben de dotar a las puertas de un sistema de apertura manual por si fallase el mecanismo de apertura automática…… o sea que a fin de cuentas…el sistema tampoco era perfecto.

    Si te vale mi experiencia personal, salvo en una ocasión en unas galerias comerciales, siempre he propuesto la instalación de sistemas de detección de apertura de puertas para casos como el tuyo.

    Un saludo

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