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14 mayo, 2004 a las 09:41:17 en respuesta a: EXAMEN DE SALUD EN HORARIO LABORAL? #249964 Agradecimientos: 0
LA PROPIA LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
El reglasmento de los servicios de prevencion te dice claramente cuales son los requisitos que debeis tener. ese R.D. 39/1997 de 17 de Enero te lo dice explcitamente.
Lo primero es que la mutua no te hace los reconocimientos medicos sino un Servicio de prevencion que puede ser de la mutua o no.
Lo segundo que debes hacer es si teneis comite de seguridad y salud pedid que se os dea la evaluacion de riegos de vuestro centro de trabajo y por puestos de trabajo.
Si ves que no la empresa no la ha hecho denuncialo tu o tu comite de empresa a la inspeccion de trabajo.
Si tiene hecha la empresa la evaluacion de riegos que el proio comiet de seguridad y salud denuncie que no se han hecho los reconocimientos en base a los protocolos efectuados a partir de la evaluacion de riesgos. Si la empresa no quiere les dais un plazo para quese hagan y luego denunciais.
Por ultimo si no teneis constituido el comite de seguridad y salud instar a la empresa a su constitucion y si se niega denunciais a la isnspeciion de trabajo.
Es compejo pero si tienes dudas preguntamelo, soy adermas de medico especialista, tecnico superior y integrante de CC.OO.
30 enero, 2004 a las 08:36:52 en respuesta a: CONDUCTORES DE AUTOBUS Y APNEA DEL SUEÑO #258552 Agradecimientos: 0creom que apato conrestricciones y otra cosa es que luego la empresa lo despida… esto es un problema de indole legal, pero creo que nuestro deber es ajustarse a una realidad medica y a veces guardarnos de las consideraciones morales de nuestra actitud el despido o no del trabajador.
29 enero, 2004 a las 09:37:02 en respuesta a: EVALUACION INICIAL DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORESUNA VEZ INCORPORADOS AL TRABAJO #258610 Agradecimientos: 0obligacion no tiene, para ello el trabajador debe firmar un documento que no consiente…eso si el empresario se arriesga a tener una respoonsabilidad si ese trabajador tiene un patologia profesional durante su nueva actividad profesional que podria haberse evitado con el reconocimiento previo y asi el empresario evitar su responsabilidad. Si tyo fuera empresario a aquel que no consiente no lo integraria en la plantilla.i
hay notas tecnicas de prevencion en la pagina del mtas:
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