Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: EXAMEN DE SALUD EN HORARIO LABORAL? #249964 Agradecimientos: 0
    pgaliana
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    enero 2004


    LA PROPIA LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

    en respuesta a: Gabinete de prevención. #252996 Agradecimientos: 0
    pgaliana
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    enero 2004


    El reglasmento de los servicios de prevencion te dice claramente cuales son los requisitos que debeis tener. ese R.D. 39/1997 de 17 de Enero te lo dice explcitamente.

    en respuesta a: Vigilancia de la salud #258332 Agradecimientos: 0
    pgaliana
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    enero 2004


    Lo primero es que la mutua no te hace los reconocimientos medicos sino un Servicio de prevencion que puede ser de la mutua o no.

    Lo segundo que debes hacer es si teneis comite de seguridad y salud pedid que se os dea la evaluacion de riegos de vuestro centro de trabajo y por puestos de trabajo.

    Si ves que no la empresa no la ha hecho denuncialo tu o tu comite de empresa a la inspeccion de trabajo.

    Si tiene hecha la empresa la evaluacion de riegos que el proio comiet de seguridad y salud denuncie que no se han hecho los reconocimientos en base a los protocolos efectuados a partir de la evaluacion de riesgos. Si la empresa no quiere les dais un plazo para quese hagan y luego denunciais.

    Por ultimo si no teneis constituido el comite de seguridad y salud instar a la empresa a su constitucion y si se niega denunciais a la isnspeciion de trabajo.

    Es compejo pero si tienes dudas preguntamelo, soy adermas de medico especialista, tecnico superior y integrante de CC.OO.

    en respuesta a: CONDUCTORES DE AUTOBUS Y APNEA DEL SUEÑO #258552 Agradecimientos: 0
    pgaliana
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    enero 2004


    creom que apato conrestricciones y otra cosa es que luego la empresa lo despida… esto es un problema de indole legal, pero creo que nuestro deber es ajustarse a una realidad medica y a veces guardarnos de las consideraciones morales de nuestra actitud el despido o no del trabajador.

    pgaliana
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    enero 2004


    obligacion no tiene, para ello el trabajador debe firmar un documento que no consiente…eso si el empresario se arriesga a tener una respoonsabilidad si ese trabajador tiene un patologia profesional durante su nueva actividad profesional que podria haberse evitado con el reconocimiento previo y asi el empresario evitar su responsabilidad. Si tyo fuera empresario a aquel que no consiente no lo integraria en la plantilla.i

    en respuesta a: manipulacion de alimentos #258733 Agradecimientos: 0
    pgaliana
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    enero 2004


    hay notas tecnicas de prevencion en la pagina del mtas:

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