Respuestas de foro creadas

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  • O_ren_ ishii
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    mayo 2004


    Buenas noches,
    Gracias por responder.

    Si te pones en la piel del empresario y te tocara qualificar a un trabajador mediante la autorización expresa, y como bien dices la normativa no dice expresamente cuales titulaciones son las que te permitirían hacerlo, entonces algún criterio habrá que tener y si son estudios de la rama o familia profesional de electricidad y electrónica y las ingenierías industriales, pues creo que es un buen criterio.
    La via de cualificación por la experiencia acreditada de más de dos años sería la otra opción de cualificar, pero mi pregunta iba por la vía de la titulación.

    Saludos,
    O ren

    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Hola Carlos,
    Gracias por responder.

    Me refiero a la formación acreditada que describe el legislador en el punto 14 del apartado Definiciones del Anexo I del RD 614/2001, cuando define al trabajador cualificado:

    “14. Trabajador cualificado: trabajador autorizado que posee conocimientos especializados en materia de instalaciones eléctricas, debido a su formación acreditada, profesional o universitaria, o a su experiencia certificada de dos o más años.”

    Qué titulaciones, profesionales o universitarias, considerais que permiten cualificar a un trabajador.

    Saludos,
    O ren

    en respuesta a: PRL fuera de España #422522 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Muchas gracias Yanou.
    Lo mismo pero de más paises, dónde lo podría conseguir?
    Saludos,
    Oren

    en respuesta a: PRL fuera de España #422519 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Cierto….
    A ver si alguien más me puede ayudar…
    Gracias de todos modos.
    Saludos,

    Oren

    @Histófenes wrote:

    @trabajoyseguro wrote:

    Europa aqui “

    Me parece que sólo aparece la legislación española y no la europea.

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    en respuesta a: Calcular ocupación teórica (Decreto 82/2010) #416867 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Muchas gracias Nbj.
    Saludos,

    O'ren

    en respuesta a: Trabajador cualificado RD 614/2001 #406552 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Muchas gracias. Es cuestión de ver el programa formativo.

    Lo que no me cuadra es que ingenieros mecánicos puedan hacer y firmar proyectos de baja tensión, entonces en este caso en su plan de estudios habrán cursado sobre instalaciones eléctricas, cierto?
    Entonces entiendo que habrá que mirar en cada caso el programa formativo cursado.

    Saludos,
    O'ren

    en respuesta a: Trabajador cualificado RD 614/2001 #406550 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Muchas gracias por vuestras respuestasa.
    Entiendo lo de la experiencia y foramción específica, es como tiene que ser, pero sobre la formación de base es la que tenía dudas.

    En cuanto a la formación universitaria, sirve cualquier ingeniería para poderlos cualificar, o sólo los de electrónica o electricidad? La industrial o la mecánica sirve?

    Saludos,
    O'ren

    en respuesta a: Control de drogas en el trabajo. #386293 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Por vuestra participación y aportaciones en este debate.

    Saludos,
    Oren

    en respuesta a: Control de drogas en el trabajo. #386292 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Muchas gracias Muntplein me la leeré, tienes algun enlace directo a ella?
    Saludos,
    Oren

    en respuesta a: Control de drogas en el trabajo. #386287 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Como el fin es evitar el accidente, los controles se realizan a una posición en concreto, la que en caso de accidente, las consecuencias podrían ser fatales.

    Quien se niegue a hacerse el control o diera resultado de no apto (o sea, un positivo), esa persona no podría acceder a ese trabajo en concreto, durante ese día, pero sí podría continuar trabajando en otra tarea de su puesto, exenta del riesgo del que se quiere proteger.
    Si ahí no veis la finalidad preventiva…

    Piensa que incluso realizo el control de alcoholemia a personal externo a la empresa, en caso que estos deban compartir zona de trabajo con los empleados de mi empresa, por quedar así expuestos al mismo riesgo de accidente.

    No hace falta decir de nuevo, pero lo hago, que a todos (personal de plantilla, o externos), se les solicita su consentimiento de manera previa al control, y que todos, plantilla y externos, han sido informados expresamente de que en la empresa no se permite el consumo de alcohol (ni drogas), (ni estar bajo los efectos de las mismas), y que se realizan controles de manera aleatoria. Esta información la han tenido de manera previa a la firma del contrato de trabajo unos — y no se trata de ninguna cláusula en el contrato–, y si es personal externo, antes de acceder a nuestras instalaciones, los otros.

    en respuesta a: Control de drogas en el trabajo. #386284 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    En nuestro caso tampoco se hacen desde vigilancia de la salud. Se hacen desde el servicio de prevención.

    en respuesta a: Control de drogas en el trabajo. #386283 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Sí claro, tenemos el consentimiento expreso de cada empleado que se ha sometido al control de alcoholemia (de forma previa al contrl claro, se les pide su consentimiento).
    A parte, todos los trabajadores susceptibles del control, estaban informados de que en la empresa se harían estos controles.
    Está acepatado por dirección y por comit´ñe de seguridad y salud.

    en respuesta a: Control de drogas en el trabajo. #386275 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    En España también es muy complicado y en pocas empresas se lleva a cabo, si vas leyendo las aportaciones lo podrás deducir…
    Lo curioso es que en el caso del sector construcción, apenas nadie hace controles…
    Gracias por el link

    Si lees mis post verás como en mi caso sí realizo controles de alcoholemia, ahora el de drogas sería el siguiente paso, y el motivo de mi consulta en el foro.

    en respuesta a: Control de drogas en el trabajo. #386273 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Pues lo primero y más básico, que la Dirección de la empresa quiera tirarlo adelante,luego se expuso al comité de seguridad y salud, tuvimos su aprobación.
    Hay que tener un procedimiento muy claro sobre los pasos a seguir, anticiparte a las situaciones: que se nieguen a realizarlo, qué hacer, que salga positivo (no apto), qué conlleva, que salga negativo (apto), disponer de la aparatología que se usa en Tráfico, calibración del aparato, donde se realizará y por quién, la confidencialidad, etc. Informar a la plantilla de la implantación, e implantarlo. En nuestro caso los hacemos aleatoriamente, eso sí, al colectivo que tiene el riesgo que justifica el llevar a cabo el procedimiento.

    en respuesta a: Control de drogas en el trabajo. #386271 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    No se busca lo que uno consumió en su tiempo libre, me refiero a que en este tipos de prueba sólo se detecta lo que se ha consumido durante las últimas 8 horas, estamos hablando de detección a través de saliva (o sudor), o sea, ver si tienes un empleado que va a realizar un trabajo de riesgo y lleva sustancias estupefacientes en su organismo, de muy reciente consumo, para evitar que coja la máquina, vehículo, trabajo en altura, etc. Da igual donde haya consumido,, lo que importa es que no presente la sustancia en el cuerpo/efectos de la droga durante su trabajo (de riesgo).

    A ver qué te parece este ejemplo de uso: te parecería bien que en la empresa del conductor del bus que lleva a tus hijos al colegio, realizara controles aleatorios de drogas o alcohol a sus empleados conductores? A ver ejemplos hay muchos y muy variados, no tienen porqué afectar a terceros en caso de servicio público, sino entre iguales (trabajadores de la misma posición).

    Cómo normativa de empresa, de realizarlos a nivel más general (a todos los empleados independientemente del puesto y del riesgo), eso ya no lo he visto aquí en España, aunque hay países que sí se realiza -Finlandia- (p.e. British Airways adoptó esta política de controles de drogas).

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