Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Subnormalidad profunda #100979 Agradecimientos: 0
    juana ayuso arganda
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    abril 2008


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    desde que el obro día una compañera del sp, me preguntó qué era un forjado? ya no me sorprendo de nada. La referida es un máquina en poner a las idem adecuadas al 1215, pero a no se quien en la empresa se le a ocurrido darle empresas de construcción, así que tenemos a algien muy especializado en algo, malvaratando su tiempo en un sector del que no conoce un pijo.
    Por tanto y asumiendo mi papel de adulto: esto es aunque lo piense no reirme, pondré cara seria aunque las preguntas, para mí, sean muy obvias.
    Mando el enlace al que remití a la compañera para que vaya documentándose está en bilingüe oficial.

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    en respuesta a: Estado del cuadro eléctrico #101124 Agradecimientos: 0
    juana ayuso arganda
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    abril 2008


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    UNE_20324=1993, consultar el IP. Si son exteriores el REBT y el 4 convenio construcción dicen que mínimo el IP 45. A mayor numeración mayor protección: polvo, agua

    en respuesta a: Cuadros con tapa #101041 Agradecimientos: 0
    juana ayuso arganda
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    abril 2008


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    creía que la tapa iba con la cerveza

    juana ayuso arganda
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    abril 2008


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    El Css durante ejecución debería avisar al promotor, que es el que le paga, para decirle que ha de modificar el ess o ebss. Y hacer que esta comunicación deje constancia: e-mail, p.e.

    juana ayuso arganda
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    abril 2008


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    Dbg81 la culpa de todo la tienen aprox 4000-3000 euros que vale el proyecto de marras.

    juana ayuso arganda
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    abril 2008


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    En las obras donde se empleen grupos electrógenos (generadores) deberá tenerse en cuenta lo establecido en el apartado 3.1.c de la ITC-BT-04 del RD 842/2002 “Reglamento electrotécnico para baja tensión”. En éste se determina que es necesario elaborar un proyecto de instalación, redactado por un técnico competente, cuando la potencia del grupo electrógeno supere los 10 kilovatios. Este mismo requisito se especifica en la MI BT-041.1.11. del Decreto 2413/1973, modificado por el RD 2295/1985, para el caso de que la documentación técnica de la instalación del generador haya sido presentada antes de la entrada en vigor del RD 842/2002.
    Si lo que dices lo redacta un TÉCNICO COMPETENTE Y LO FIRMA? no seré yo quien fiscalice actuaciones de otros técnicos, si dichas actuaciones van firmadas.
    saludos

    en respuesta a: Procedimiento ante un accidente de trabajo #102504 Agradecimientos: 0
    juana ayuso arganda
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    abril 2008


    Iniciado

    dónde viene que el Css tiene la obligación de hacer investigación de accidentes?
    En Galicia es lo que hacen; responder una pregunta con otra

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