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28 abril, 2002 a las 09:28:03 en respuesta a: apertura de centro de trabajo #302541 Agradecimientos: 0
Si la obligación de comunicar la apertura es, en teoria, para diponer de la posibilidad de inpeccionar, parece poco lógico, con la capacidad de éste cuerpo, mantener un control sobre las que permanecerán menos de un mes, osea, dias.
un saludo.
28 abril, 2002 a las 09:19:17 en respuesta a: Nombramiento de Delegado de Prevención #302508 Agradecimientos: 01º elecciones sindicales, si no existen , no hay delagado de prevención y no es responsabilidad del empresarío o socios. Estos pueden designar a dedo su trabajador designado y con esta modalidad , llevar la prevención (formando al trabajador convenientemente, si bien, los aspectos de mediciones de higiene industrial : ruido, polvo,,, o si existiese la deberian contratar con SPA, así cono actividades puntuales, junto con vigilancia de la salud).
un saludo.
En otros mensajes te darán números, yo, como coordinador de un SPA de doy el siguiente consejo : en primer lugar intenta aprender y después te valorarán convenientemente. Desgraciadamaente con un master no tenemos garantias para aportar informes suficientemente seguros, teniendo en cuenta que la responsabilidad penal nos toca o puede alcanzar, repito, aprende la profesiuón que dificil y requiere constante reciclaje y estudio, mucha especialización (cualquier técnico no domina r. electrico, apar. a presión, máquinas, emergencias, ….., y cualquier evaluación medio complicada lo requiere). Para aprender cualquier sueldo es bueno, si son 5 mejor que 3 pero insisto, cuando domines el tema ni lo pensaras pues lo conseguiras fácilmente.
un saludo.
si tuvieras duda me pides correo y te ayudo.
Lógivamente un contacto de la correiente con esos charcos se puede y deb considerar riesgo inminente y por supuesto grave. Los trabajos en altura realizados sin las medidas reglamentarias, colectivas sobre todo e individuales (cinturones, …) , la próximidad a órganos de transmisión de máquinas sin las protecciones a decuadas, los trabajos de menores o personal no cualificado en máquinas complicadas, etc. sin duda ,.dan lugar a situaciones de riesgo grave e inminente.
un saludo.
si , se cobra impuesto.
Si no estas en un servicio de prevencio acreditado (mutua o privado) solamente puedes ejercer en tu propia empresa o por libre en temas de formación aunque tambien puedes encontrar problemas. Si es posible realiza el superior.
un saludo.
16 abril, 2002 a las 20:20:31 en respuesta a: Evaluación de riesgos en la construcción #303178 Agradecimientos: 0Debes hacer lo indicado en R.D. 1627/97 sobre obras . Además de disponer del estudio de seguridad (que encarga el promotor) y plan de seguridad en obra adaptado a éste (que realiza la contrata que ejecuta la obra), se debe evaluar los puestos fijos de la empresa (oficina, almacenes, parque de maquinarias,..).
un saludo.
13 abril, 2002 a las 09:33:45 en respuesta a: ENHORABUENA CRISTINA,JAMES,MIGUELLOM,JAVIER PEÑA , OTRO TEMA #303361 Agradecimientos: 0La resolución de 22 diciembre/98 da tablas para aplicación de precios en lo referente a Mutuas y el coste hora médico se aplica según gastos que pueda demostrar ésta (punto 3º apartado B).Esta cantidad se multiplica por un factor 1,13 o 0,56 según sea empresa incluida en anexo 1 del reg. servicios prevención o reglamentos específicos o no lo este. Hasta 31 dic.2001 se aplicó reducción del 50%.
En febrero se ha prorrogado a las Mutuas la facultad de efectuar reconocimientos médicos a empresas que lo tengan como obligatorio en convenios colectivos(solamente a éstas), indicando que esto no sustituye la vigilancia de la salud. Mi opinión es que se trata de dar unos servicios, mejores o peores hasta que exista total infraestructura ( en número de médicos de empresa para dar vigilancia pura y dura al 100% de los trabajadores, imposible actualmente).
un saludo.
Regalamento de aparatos a presión y R.D. 485/97 señalización.
No es de aplicación a los autónomos, aunque parece ilógico y en contrato deben figuros los 27 restantes.
un saludo.
7 abril, 2002 a las 09:36:50 en respuesta a: Partes internos e investigacion con o sin baja #306204 Agradecimientos: 0Obligatorio por la Ley de prevencion de riesgos, solo los “con baja”, conveniente, “todos”, con eso evitaras muchos de los primeros.
un saludo.
No, comprueba NBE CPI 86
No, es como preguntar si un arquitecto puede operar de corazón.
un saludo.
No la puede hacer la señora de la limpieza como comentan, solamente INGENIERO-ING.TECNICO, ARQUITECTO O ARQUITECTO TÉCNICO.
un saludo.
7 abril, 2002 a las 09:16:19 en respuesta a: evaluacion de riesgos de vigilantes de seguridad #303798 Agradecimientos: 0le es de aplicación la ley de prevención de riesgos al no tratarse de policia local, nacional o del estado. un saludo.
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