Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: EN795 dispositivos clase A, C y D #432846 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

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    En la respuesta 1 dices que no son de acuerdo con la Directiva. ¿Qué Directiva? Y, ¿en que punto/s de la Directiva?
    En la respuesta 2 haces referencia a que no deben cumplir la normativa europea de EPIs. ¿Con esto te refieres a que no deben llevar marcado CE, declaración de conformidad, etc.?

    en respuesta a: EN795 dispositivos clase A, C y D #432844 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

    Iniciado

    Precisamente a esta NTP me refería. Pero mis dudas son las mismas, ¿por que no se consideran EPI? y ¿qué consecuencias tiene este hecho?

    Copio las preguntas iniciales para que no se pierdan en el hilo:

    1. ¿Por que los dispositivos de anclaje de clase A, C y D no se consideran un EPI?
    2. ¿Y que consecuencias tiene el hecho de que no se consideren EPI?

    Gracias.

    FLAS3
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    febrero 2006

    Iniciado

    Estoy bastante de acuerdo con Jose, a excepción de la apertura de centro de trabajo.

    Aunque el tema de las UTE siempre es complejo, yo en mi caso, actuo de la siguiente forma.

    1. La UTE es quien formaliza el contrato con la Propiedad.
    2. La UTE no contrata a personal. Son las empresas que forman la UTE las que aportan los recursos humanos necesarios.
    3. La UTE es quien contrata los subcontratistas y trabajadores autónomos.
    4. Elaboramos un único PSS en nombre de la UTE. El PSS lo firma cualquier trabajador (jefe de obra, técnico PRL, gerente) de las empresas que forman la UTE.
    5. Realizamos una única apertura de centro de trabajo en nombre de la UTE (firma el gerente de la UTE)
    6. Habilitamos un único libro de subcontratación a nombre de la UTE, ya que es ésta la que realiza las subcontrataciones.
    7. Habilitamos un único libro de visitas (Inspección de Trabajo) a nombre de la UTE.

    Trabajando de esta forma, hasta día de hoy, no hemos tenido ningún problema (incluso habiendo sido citados por Inspección de Trabajo en más de una ocasión).

    Por cierto, todo esto en la Comunidad Autónoma de Catalunya.

    Saludos.

    en respuesta a: Trabajos ETT en construcción #426446 Agradecimientos: 0
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    febrero 2006

    Iniciado

    Y que quieres decir con esto…¿que sí puede o no puede?

    en respuesta a: Trabajos ETT en construcción #426444 Agradecimientos: 0
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    febrero 2006

    Iniciado

    Una pregunta:
    Un trabajador autónomo sin trabajadores a su cargo, ¿puede aportar personal en obra a través de una ETT?

    en respuesta a: Formación PRL – obras construcción #425025 Agradecimientos: 0
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    febrero 2006

    Iniciado

    Gracias por vuestras respuestas, pero mi pregunta es más bien práctica.
    A mi me gustaría saber si para permitir el acceso a obra del personal hay que exigir o no esta formación (la regulada en el Convenio o en caso de no existir tal regulación, la que defina el Servicio de Prevención).

    en respuesta a: Guía práctica de trabajo en altura de la FLC #424813 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

    Iniciado

    Gracias por la información.

    Parece una muy buena guía.

    en respuesta a: De vueltas con las UTE #423929 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

    Iniciado

    Entonces, según tu criterio,la diferencia entre ejecutar directamente o no directamente es de 1 trabajador. O sea:
    A. Una UTE con 0 trabajadores no ejecuta directamente.
    2. Una UTE con 1 trabajador ejecuta directamente.

    en respuesta a: Dispositivos anclaje. UNE-EN 795 #419700 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

    Iniciado

    Ya había visto este documento, pero ahora no lo tenía presente. Muy bueno, pero no acaba de resolver todas mis dudas.
    Gracias

    en respuesta a: Exención ADR #411044 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

    Iniciado

    Respondo a mi propia pregunta.
    Después de leer y releer el ADR, creo que la respuesta es:
    Máxima cantidad a transportar de gasóleo = 1000 litros (en el caso de la gasolina es 333 litros)
    Máxima cantidad por envase = 450 litros
    Necesario equipar el vehículo con extintor (en el caso de camión grúa uno de 9 kg y eficacia 34A/144B)
    Algunos detalles más, pero a grandes rasgos creo que esta es la respuesta.
    Gracias a todos.

    en respuesta a: Exención ADR #411041 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

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    ¿Nadie puede ayudarme?

    en respuesta a: Exención ADR #411040 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

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    ¿carta de porte?

    en respuesta a: Estadísticas accidentes #407990 Agradecimientos: 0
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    febrero 2006

    Iniciado

    Funciona.

    Gracias

    en respuesta a: Estadísticas accidentes #407988 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

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    Este enlace no funciona

    en respuesta a: Amianto. Plan de trabajo genérico #405517 Agradecimientos: 0
    FLAS3
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    febrero 2006

    Iniciado

    En este caso concreto hablo de Cataluña.

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