Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Líneas de vida #418512 Agradecimientos: 0
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    enero 2004


    Hola.
    Antes de nada agradeceros la atencion ofrecida.
    La opción de construir una barandilla era la mas solida y la que más defendí, hasta que me dijeron claramente que me olvidara, el motivo fue “nada, nada, que nos cargamos la estetica del edificio”, a raiz de ahi, logicemente, pensamos en la instalacion de lineas de vida.
    Confio totalmente en el saber hacer de los operarios del taller, mas que en cualquier empresa que venga a instalar las lineas de vida. Así pues, una vez este instalada haremos lo necesario para cumplir con las disposiciones normativas aplicables.
    Pienso de forma personal, que para la limpieza de unos cristales una vez por semana cuatro mensual, desde un voladizo de casi 2 mde ancho, y siempre teinendo encuenta la segruidad de los operarios (lo primero), instalemos una correcta linea de vida y la certificacion / homologacion del sistema nos cueste una pasta brutal, teniendo en cuencta las condiciones economicas en las que estamos todas las empresas……..Estoy viendo al tecnico competente dicendo: si, vale esta bien, son 6000 e. con la que esta cayendo.
    ahi lo dejo, gracias de antemano

    saludos.

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    enero 2004


    gracias amigo

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    enero 2004


    gracias por la respuesta pero me referia las exigencis necesarias para utilizar dihco medio, ya uqe el camion grua de toda la vida al cual se le adjuntava la canastilla ya no vale.

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    enero 2004


    en respuesta a: coordinacion de actividades empresariales. #105832 Agradecimientos: 0
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    enero 2004


    Buenos días, tengamos.

    Ayer elmotivo de mi pregunta fue solventar una duda; claro que no es función del tecnico de prevención comprobar los tc1 y tc2, pero cuando perteneces a una organización, cualquier movimiento de sus partes implica al resto, a todos los departamentos, funciona como un todo, y haces propios los interes de tu empresa.

    A día de hoy, son muchas las empresas que tinen problemas con sus subcontratas, debido a que funcionan ilegalmebnte, no pagan los seg sociales, no dan de alta a los trabajadores, etc…. y como es evidente, te conviertes responsable subsidi y solidario de sus errores.

    Soy tec. superior en PRL pero ademas pertenezco a una organización, por lo que tengo otra serirs de resposabilidades en mi puesto de trabajo.

    No pretendia levantar polemica, pero aconsejo ha ciertos compañeros que no ironicen con las preguntas de lso foreros, porque se estan tirando piedras en su tejado…….posdria llegar el día que este magnifico foro pierda fuelle, debido a esa actitud.

    Cuando se responde a una pregunta se hace para ayudar a un compañero que en ese momento lo requiere, y sobre todo recomiendo amplitud de puntos de miras, que no todo es tan simple.

    saludos. ciao

    en respuesta a: coordinacion de actividades empresariales. #105825 Agradecimientos: 0
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    enero 2004


    Si también, hay discipulos de todo y maestros de nada…….

    El r.d 171, es lo minimo exigible, y cuando se pertenece a una organizacion se trabaja en equipo, y ademas de la prevención se puede compaginar con otras obligaciones y responsabilidades (todo en una empresa esta involucrado, no seccionado).

    Repito: ¿Que diferencia existe de cara a tener responsabilidades, el solicitar solo los tc1 y tc2 a las altas de los trabajadores en el centro de trabajo.?

    Por favor, abstenerce a contestación; simplistas y culquiera que no aporte nada a la pregunta o no tenga conocimientos.
    Se agradecerá.

    saludos.

    en respuesta a: coordinacion de actividades empresariales. #105821 Agradecimientos: 0
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    enero 2004


    icm 75, existe un procedimiento de coord asct emp, el cual exige toda una serie de documentación entre ellos los documentos mencionados anteriormente.

    De obligado cumplimiento previo comienzo de los trabajos en la empresa.
    Este procedimiento, se realiza en todas las empresas que conozco, variando pequeños matices.

    lo que pregunto, al que sepa responderlo, es lo siguiente: ¿Es suficiente con solicitar los tc1 y tc2, o debemos ademas solicitar las altas de los trabajadores que realizan trabajos en nuestras instalaciones, para evtar cualquier responsabilidad suvsidiarioa o solidaria?

    es todo amigos.

    en respuesta a: COORDINADOR DE SEGURIDAD- Puedo?? #119688 Agradecimientos: 0
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    enero 2004


    Estoy totlmente de acuerdo con n&co, es un problema de intereses y de envidia.
    La ley en cuestión no lo deja claro aL 100%, DA MUCHO A LA INTERPRETACIÓN, pero según vamos avanzando, la razon va del lado logico, ¿xq no puede ser un ing o ing tecnico coordinador? por favor.

    Consejo: denuncia (por lo penal) a la persona (no a la institución)que te deniegue la posibilidad de ser coordinador, veras como se le ponen de corbata. No son nadie para decidir. Y en tanto no halla un organo competente, que lo solucione el de la bata de negro.

    saludos y animo………….esta guerras la pierden fijo.

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    enero 2004


    Buenas.
    La contratista principal debera designar a un recurso preventivo, este normalmente cae en la persona del encargado, el cual debera cumplir varias caracteristicas; encontrarse la jornada laboral completa en obra y que disponga del curos basico en prl de 50 como minimo. en caso de que el encargado no se encuentre toda la jornada laboral debera de nombrar a otrsa persdona que le sustituya mientras este se encuentre fuera.
    Otra opción posible es la contratación de un recurso preventivo, que ha dia de hoy esta tomando cada vez mas notoriedad y la posibilidad de contratar a un spa que le realice tales funciones.

    las obligaciones del recurso preventivo es vigilar la adopción adecuada de las medidasd de seguridad colectivas e individuales y su eficacia.

    El coordinador dejar instrucciones claras en sus visistas para que el recurso preventivo las haga cumplir.

    saludos.

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    enero 2004


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    enero 2004


    Buenos dias amigos.

    Tengo novedades, existe la norma EN280, que permite certificar el conjunto camion grua-canastilla, existen varias empresas de este tipo de camiones que lo han conseguido. Tras hablar por telefono conlos tecnicos, que estan al loro conla legislacion em PRL de sus vehiculos, me comentan que a día de hopy si se puede homologar el conjunto (dese hace muy poco tiempo), y nos dan la razon, “si un tecnico dice que no se puede utilizar el camion grua para elevar personas, sera mejor atenderle”.

    Sin mas recibir un cordial saludo y daros las gracias.

    P.D: Pablo, podriamos hablar por telefono, dame un toque y te llamo. 687 402 599

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    enero 2004


    Bueno amigos, despues de darle muchas vuelta al asunto y de investiar por cielo y tierra, este camión grua solamente se puede utilizar para la elevación de cargas y no para elevar a personas hata la zona de trabajo.

    El r.d 1215 lo deja claro en el anexo II, punto 3, como hemos mencionado……en primer lugar el camion esta diseñado para transportar, elevar y descargar materiales…
    “Los equipos de trabajo desmontables o móviles que sirvan para la elevación de cargas deberán emplearse de forma que se pueda garantizar la estabilidad del equipo durante su empleo en las condiciones previsibles, teniendo en cuenta la naturaleza del suelo.

    La elevación de trabajadores sólo estará permitida mediante equipos de trabajo y accesorios previstos a tal efecto.
    No obstante, cuando con carácter excepcional hayan de utilizarse para tal fin equipos de trabajo no previstos para ello, deberán tomarse las medidas pertinentes para garantizar la seguridad de los trabajadores y disponer de una vigilancia adecuada.
    Durante la permanencia de trabajadores en equipos de trabajo destinados a levantar cargas, el puesto de mando deberá estar ocupado permanentemente. Los trabajadores elevados deberán disponer de un medio de comunicación seguro y deberá estar prevista su evacuación en caso de peligro.

    Para que el accesorio, en este caso, canastilla, pueda utiliarse, debera estar homologado el conjunto grua-canastilla conjuntamente, no canastilla y grua por separados. Tras investigar,os comento que hay muy pero que muy pocas empresas que se atrevan a homologar dicho conjunto. Y la canastilla debera de disponer de comando de control en ella.

    Dicho esto, mañana paralizare el uso de este equipo de trabajo para elevar personas, poruqe existen PEMP muy buenas qeu no ponen en riesgo a los trabajadores. Que adapten adecuadamente cada equipo de trabajo.

    saludos y muchas gracias

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    enero 2004


    LO HE SOLICITADO PERO NO LO TENGO EN MI PODER.

    PERO, ICM75, SI NO LO TENGO, IMAGINATELO.
    SEGUN LEGISLACION, NOPUEDO USAR UN EQUIPO DE TRABAJO QUE SE USA PARA CARGA Y DESCARGA DE MATERIALES Y COSAS…PARA ELEVAR PERSONAS, A NO SER POR CASOS EXCEPCIONALES ( QUE NO ES EL CASO).

    AUNQUE EL MANUAL DE INSTRUCCIONES ME DIGA QUE SI SE PUEDE UTILIZAR, A QUE LE DOY LA RAZON A LA LEGISLCION O A UN MANUAL DE INSTRUCCIONES.

    PERSONALMENTE CREO MAS SEGURO USAR OTROS EQUIPOS DE TRABAJO.

    GRACIAS

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    enero 2004


    EL MANUAL DE FABRICANTE DE LA CANASTILLA O DEL CAMION GRUA?

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    enero 2004


    Hola de nuevo.

    Me gustaría saber si existe algun documento donde aparezcan los riesgos y medidas preventivas a adoptar sobre ellos…ilustraciones..

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