Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 28)
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  • #5417 Agradecimientos: 0
    Fanatico
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    enero 2004


    Buenos dias.

    Me gustaria solventar una duda con vuestra opinion; cuando actuamos de empresario principal con una empresa que contratamos para que nos realice un servicio, (ej; limpieza del centro de trabajo.)ademas de la ev de r, planif preventiva, formación etc, le pido los tc1/tc2 junto con docuemntos de la seguridad social que acredite inesistencia de deudas.
    Mi pregunta es, ¿le debo pedir tambien el documento de Alta?.

    gracias de antemano.

    #105819 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿Que tienen que ver los tc1/tc2, los documentos de la seguridad social que acreditan la inesistencia de deudas, el documento de Alta, etc., con la coordinación de actividades empresariales?

    #105820 Agradecimientos: 0
    dorado_66
    Participante
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    mayo 2006


    En principio con todo lo que le pide es suficiente: evaluación de riesgos, formación de los trabajadores, aptitudes de vigilancia de la salud , tc1 y tc2 ..es más que suficiente.
    Tu obviamente habrás de hacerle entrega de los riesgos del centro y del plan de emergencias, todo ello por supuesto, con recibis de entrega y compromisos de cumplimiento de la Ley PRL.

    #105821 Agradecimientos: 0
    Fanatico
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    enero 2004


    icm 75, existe un procedimiento de coord asct emp, el cual exige toda una serie de documentación entre ellos los documentos mencionados anteriormente.

    De obligado cumplimiento previo comienzo de los trabajos en la empresa.
    Este procedimiento, se realiza en todas las empresas que conozco, variando pequeños matices.

    lo que pregunto, al que sepa responderlo, es lo siguiente: ¿Es suficiente con solicitar los tc1 y tc2, o debemos ademas solicitar las altas de los trabajadores que realizan trabajos en nuestras instalaciones, para evtar cualquier responsabilidad suvsidiarioa o solidaria?

    es todo amigos.

    #105822 Agradecimientos: 0
    Pablo k
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    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    Cuando el monaguillo enseña al ovispo…

    No existe ningun “procedimiento de coord asct emp”.

    Si existe un R.D de coordinación de activides empresariales, que exije unos requisitos. Léetelo. 171/2004.

    Por otro lado, existen otra serie de “obligaciones” de carácter sociolaboral, que nada tienen que ver con PRL. Esos temas, a los deptos. de sociolaboral.

    #105823 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
    Participante
    2
    2
    marzo 2006

    Iniciado

    No es labor del técnico de prevención el solicitar los tc2, el certificado de estar al corriente de pagos de la ss, u cualquier otro documento que no guarde relación con la prevención.

    #105824 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Que tú tengas un procedimiento en el que se exige eso, no quiere decir que sea de obligado cumplimiento para el resto.

    La coordinación de actividades empresariales y la documentación que debe exigir el empresario principal a sus contratistas viene definida en el:

    REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. BOE núm. 27, de 31 de enero de 2004.

    Y entre la documentación a solicitar, en ningún punto del mismo constan los tcs, ni el certificado de no descubiertos con la ss, ni las altas en la ss, ni … .,

    Por tanto, para aclarar una duda con respecto a un procedimiento particular de tu empresa deberás dirigirte a la misma, preferentemente a quien lo elaboró o en su defecto a alguien que lo conozca, que por otro lado ya te deberían de haber explicado puesto que los Técnicos de PRL no estamos exentos de recibir, por parte de la empresa, la formación adecuada).

    #105825 Agradecimientos: 0
    Fanatico
    Participante
    0
    enero 2004


    Si también, hay discipulos de todo y maestros de nada…….

    El r.d 171, es lo minimo exigible, y cuando se pertenece a una organizacion se trabaja en equipo, y ademas de la prevención se puede compaginar con otras obligaciones y responsabilidades (todo en una empresa esta involucrado, no seccionado).

    Repito: ¿Que diferencia existe de cara a tener responsabilidades, el solicitar solo los tc1 y tc2 a las altas de los trabajadores en el centro de trabajo.?

    Por favor, abstenerce a contestación; simplistas y culquiera que no aporte nada a la pregunta o no tenga conocimientos.
    Se agradecerá.

    saludos.

    #105826 Agradecimientos: 0
    Francisco de Asis0
    Participante
    0
    diciembre 2007


    Por supuesto que la parcela de cada uno tiene más importancia mientras más abarque. Y que las empresas puesden establecer sus propias normas, y el técnico queda obligado a cumplirlas por imperativo de la empresa; no por el de la norma general.
    Sin embargo, al ser muy compleja la actividad preventiva en construcción, a mi juicio es más útil mejorar nuestro trabajo que ampliar el campo.
    Pero claro en cada caso, el que la lleva la entiende.

    #105827 Agradecimientos: 0
    Chemav
    Participante
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    noviembre 2007


    La finalidad de esta documentación que mencionas, es que la empresa te demuestra que los trabajadores están “legales” y para esto, los TC´s te valen.

    #105828 Agradecimientos: 0
    Pablo k
    Participante
    13
    9
    septiembre 2007

    Iniciado

    ¿Contestaciones simplistas? ¿Tengo que recordarte que esto es un foro de PRL?

    Siento mucho no abstenerme de mis contestaciones simplistas, vas a tener que perdonarme.

    ¿Y porqué no emites tu pregunta en un foro sociolaboral que sería el lugar adecuado? ¿también los técnicos de PRL tenemos que saber de altas en la seguridad social TC-2 y seguros?

    ¿Pero me puedes decir donde diablos se indica que hay que solicitar un TC2 o un alta en la seguridad social, en qué normativa de PRL?

    Dices:

    “El r.d 171, es lo minimo exigible, y cuando se pertenece a una organizacion se trabaja en equipo, y ademas de la prevención se puede compaginar con otras obligaciones y responsabilidades (todo en una empresa esta involucrado, no seccionado).”

    Puesto que dices que es lo mínimo exigible, lo máximo decídelo tú. Además, si el 171 es lo mínimo exigible y no dice nada de TC2, ¿para qué lo exiges?

    Puesto que en una organización se trabaja en equipo, que cada sección de ese equipo haga su trabajo, y tú limítate a hacer el tuyo como TP. Qué quieres hacer lo de los demás, pues ánimo y que te vaya bien.

    El problema está aquí: “el técnico queda obligado a cumplirlas por imperativo de la empresa”

    ¿Que queeé?, ¿por imperativo de la empresa? A mi por imperativo de mi empresa me mandan fregar el suelo y los mando al carajo, y si me mandan recabar documentación sociolaboral, también. Yo soy técnico de prevención, no se qué serán los demás. Solo falta que nos manden sacar la basura también.

    Preguntes a los departamentos de compras o recursos humanos o a quien haya hecho TU procedimiento en TU equipo como dices, que por el camino de encajar pelotas ajenas en nuestro tejado y de hacer labores que no nos corresponden va la prevención como va.

    Y que “la prevención se puede compaginar con otras obligaciones y responsabilidades”, como tenemos poco, encima nos dejamos que nos carguen con otras…

    A mi personalmente me hace una gracia eso de “soy responsable de prevención, calidad y medio ambiente de una empresa enorme”. Es que me descojono…

    #105829 Agradecimientos: 0
    zoila
    Participante
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    febrero 2007


    Pues no se que deciros, pero si hacemos así, para coordinacion de actividades, compras se pone en contacto con proveedores, RRHH pide TCs (u otra documentación), PRL sólo lo referente a formacion, evaluacion de riesgos… no me parece efectivo, muy burocrático. Yo creo que lo mejor es que compras se ponga en contacto con quien tenga que ponerse y que luego remitan la informacion a PRL y compras (o uno de ellos con información recíproca), ambos tienen toda la información y podrán analizar carencias.
    De todos modos, ¿cómo lo hacéis vosotros? muchos sois maestros en prevención, ¿cómo procedéis en vuestro caso?
    Salu2

    #105830 Agradecimientos: 0
    Javimele
    Participante
    0
    septiembre 2001


    AMIGOS, HAYA PAZ
    Os recuerdo, como hago siempre, que esto es un for de prevencion, no de futbol.
    Vamos a empezar por respetar opiniones, que somo muy intransigentes.
    EN CUANTO A TU PREGUNTA, SI QUIERES TENER UN DOCUMENTO MAS EXHAUSTIVO REFERENTE A TRABAJADORES EN ALTA, PUEDES PEDIR UNA DE ESTAS DOS COSAS: INFORME DE CUENTA COTIZACION DE LA EMPRESA (DONDE SALEN LOS TRABAJADORES QUE ESTAN EN ALTA A DIA DE HOY Y CUANDO FUERON DADOS DE ALTA) O INFORME DE TRABAJADROES EN ALTA- ITA (DONDE SALEN LOS TRABAJADORES EN ALTA A DIA DE HOY. ESO AL MARGEN DE QUE PIDAS EL TC1/TC2 O LO QUE TE DE LA GANA PEDIR, ESTARIAMOS BUENOS.
    SALUDOS

    #105831 Agradecimientos: 0
    Javimele
    Participante
    0
    septiembre 2001


    Por favor, haya paz.

    Es cierto que en empresas donde no estan muy definidas las funciones, y por ser practicos, los encargados de PRL, ademas de pedir la documentacion de su interes, tambien piden lo relativo a seguridad social, y a veces los certificados de Hacienda.

    No pasa nada por que sea asi, parece que sea pecado.

    Es verdad que el RD 171 no te obliga, pero como resulta de interes para nosotros, pues lo pedimos y no pasa nada.

    No entiendo que esto pueda causar polemica de ningun tipo.

    Vamos a ser mas comprensivos y repetuosos, por favor.

    Saludos

    #105832 Agradecimientos: 0
    Fanatico
    Participante
    0
    enero 2004


    Buenos días, tengamos.

    Ayer elmotivo de mi pregunta fue solventar una duda; claro que no es función del tecnico de prevención comprobar los tc1 y tc2, pero cuando perteneces a una organización, cualquier movimiento de sus partes implica al resto, a todos los departamentos, funciona como un todo, y haces propios los interes de tu empresa.

    A día de hoy, son muchas las empresas que tinen problemas con sus subcontratas, debido a que funcionan ilegalmebnte, no pagan los seg sociales, no dan de alta a los trabajadores, etc…. y como es evidente, te conviertes responsable subsidi y solidario de sus errores.

    Soy tec. superior en PRL pero ademas pertenezco a una organización, por lo que tengo otra serirs de resposabilidades en mi puesto de trabajo.

    No pretendia levantar polemica, pero aconsejo ha ciertos compañeros que no ironicen con las preguntas de lso foreros, porque se estan tirando piedras en su tejado…….posdria llegar el día que este magnifico foro pierda fuelle, debido a esa actitud.

    Cuando se responde a una pregunta se hace para ayudar a un compañero que en ese momento lo requiere, y sobre todo recomiendo amplitud de puntos de miras, que no todo es tan simple.

    saludos. ciao

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 28)
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