Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Accidentes leves #220433 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Buenos días. En contestación a la pregunta que realizas sobre el personal que según refieren se lesionan el fin de semana y quieren hacerlo pasar por accidente laboral, eso no quita que algún trabajador tenga razón pero por la experiencia que hemos tenido en nuestra empresa nos pasaba lo mismo, y te puedo asegurar que lo hemos eliminado totalmente. Pues te comento que no pasaba exactamente a lo que tu comentas y no sabiamos que hacer hasta que un día comunique a la Dirección de la empresa de poner en el tabón de anuncios, lógicamente con consentimiento del comité de empresa una nota en la que decía lo siguiente ” 1.- En el momento de producirse una lesión dentro del horario de trabajo, se comunicará de inmediato al Técnico de Prevención, Encargado de sección o Servicio Médico. 2.- En caso de accidente In-Itinere ( al ir o volver del trabajo), este deberá ser comunicado inmediatamente por el propio trabajador o familiar, al encargado de turno, o al servicio de portería, los cuales tomarán debida nota trasladando la información a la Empresa a los efectos oportunos. 3.- No se podrá acudir por motivo de accidente de trabajo, aningún servicio de Urgencia (Médico, Mutua, Hospital, etc. ) sin previo conocimiento de la Empresa. En caso de no cumplir con estas normas no se contemplará como accidente de trabajo, salvo circunstancias excepcionales, a valorar en su momento.

    Espero que con esta nota que es copia literal de la que tenemos colgada en nuestra tablilla todos estos accidentes que has comentado se te reduzcan considerablemente, pués no admitimos accidentes que se comuniquen al cabo de 3 o cuatro días. Y da resultado te lo aseguro. Un saludo

    en respuesta a: Plan de emergencia y evacuacion #239284 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Dame tu telefono o dirección de correo y a lo mejor te puedo ayudar, tengo varios modelos, y los podemos comentar, saludos.

    El burbuja
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    junio 2003


    Buenos días:

    Haber, accidente de trabajo in itinere se considera el trayecto habitual desde el trabajo hasta su casa o viceversa, si su jornada acaba a las 15:00 horas y ese día debe incorporarse nuevamente al trabajo, me imagino que son por necesidades de producción, por consiguiente se continua considerando accidente in-itinere. Mira el estatuto de los trabajadores.

    Saludos.

    en respuesta a: CALZADO DE SEGURIDAD #241886 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Buenas, en primer lugar miraría que mercancías estan reponiendo, segundo el tipo de supermercados donde realizan los trabajos por si hay humedad, vidrio, clavos etc. varariará el tipo de zapato que deberían llevar S1, S2 o S3, es decir S1 puntera metálica mas suela antideslizante, S2 lo anterior pero el zapato es un poco hidrófugo y S3 lo anterior pero con plantillas antiperforantes. Una vez lo hayas mirado y evaluado, yo te aconsejaría que fuesen ellos mismo los que decidad si quieren llevar zapatos o botas, siempre y cuando no haya una postura firme por tu parte. Yo particularmente y con pocas excepciones soy partidario de zapato de protección S1. Espero haberte ayudado,un abrazo.

    en respuesta a: inspector de trabajo. #241869 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    No es una obligación, es un deber de la inspección de trabajo avisar a los delegados de prevención para que les acompañen a las visitas por los centros de trabajo.Saludos

    en respuesta a: Intensidad de luces de emergencia?? #242197 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Buenos dias Ana y espero que hayas tenido unas buenas vacaciones:

    A lo que te refieres de cual es la intensidad correcta de la luz que deben tener las luces de emergencia, te puedo decir que según la NBE/CPI 96 en el art. 21.2.1, dice literalmente lo siguiente:

    La instalación cumplirá las condiciones de servicio que se indica a continuación durante 1 hora, como mínimo, a partir del instante en que tenga lugar el fallo.

    – Proporcionará una iluminación de 1 lux, como mínimo, en el nivel del suelo en los recorridos de evacuación, medida en el eje y escaleras, y en todo punto cuando dichos recorridos discurran por espacios distintos de los citados.

    – La iluminación será como mínimo de 5 lux en los puntos en los que estén situados los equipos de las instalaciones de protección contra incendios que exijan utilización manual y en los cuadros de distribuciñon del alumbrado.

    Espero haberte sido de gran ayuda, saludos.

    en respuesta a: CONFIRMACIÓN DE BAJA POR ACCIDENTE #245960 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Buenos días:

    Como contestación a tu pregunta quiero decirte que ante una situación de baja por accidente laboral, la Mutua no tramita partes de confirmación de baja. Solo se tramitan en las bajas por enfermedad (I.T.). Espero haberte ayudado. Un saludo.

    en respuesta a: carga máxima #247887 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    La carga maxima que se puede manipular según R.D. 487/1197 de 14 de Abril y según especifica la guía técnica de manipulación manual de cargas editada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo dice literalmente:

    El peso máximo que se recomienda no sobrepasar ( en condiciones ideales de manipulación ) es de 25 kg.

    No obstante, si la población expuesta son mujeres, trabajadores jóvenes o mayores, o si se quiere proteger a la mayoría de la población, no se deberían manejar cargas superiores a 15 kg.

    Espero te sea de ayuda mi información.

    Saludos.

    en respuesta a: une #251357 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Hola Marta, las normas UNE no son descargables y para poder tenerlas las tienes que comprar, asi son las cosas. No dispondo de estas normas, si no, te las pasaria. Un saludo

    en respuesta a: colores de corrugados #251370 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Buenos dias. Ante la duda que planteas quiero decirte que existe una norma UNE que regula la señalización de tuberías. El objeto de esta norma es distinguir visulamente las tuberías por medio de colores en los dibujos e instalaciones. Dicha norma UNE es la UNE 1-063. Te adelanto los colores básicos:

    – Agua : Verde oscuro S 614 UNE 48 103

    – Vapor : Rojo fuerte S 205 UNE 48 103

    – Aire : Azul moderado S 703 UNE 48 103

    – Gases para alumbrado : Amarillo vivo S 502 UNE 48 103

    – Líquidos y gases químicos : Gris medio S 109 UNE 48 103

    – Aceites combustibles y lubricantes : PArdo moderado S 416 UNE 48 103

    – Productos no especificados : Negro S 102 UNE 48 103.

    Dispondo de dicha norma UNE, si te interesa ya te pondrás en contacto conmigo. Un saludo a todo el foro.

    en respuesta a: Sistema DELTA #253965 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Buenos días Marta. Los pasos a seguir para instalarte el sistema Delt@ son los siguientes:

    1º.- Tienes que ir a internet a la página “; y allí descargar certificado de clase 2 CA, para ello te pediran el NIF del titular, lo pones. Una vez solicitado el certificado el navegador genera unas serie de claves pública y privadas.

    2º.- Imprimes una copia del número de certificado que te dan.

    3º.- Tendrás que ir a una de las oficinas de registro para acreditarte y que te den de alta, puede ser la “Seguridad Social”. Una vez te hayan dado de alta tendrás que esperar unas 24 horas antes de continuar con la descarga del Delt@.

    4º.- Para continuar con la descarga una vez transcurridoas mas o menos las 24 horas te tienes que ir la página de “; y continuar con la descarga. Ya te iran pidiendo los datos.

    Esperando haberte sido de gran ayuda recibe un cordial saludo. Si tienes algún problema y te puedo ayudar no lo dudes, manda un aviso y nos ponemos en contacto.

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    en respuesta a: Sistema DELTA #253964 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Buenos días Marta. Los pasos a seguir para instalarte el sistema Delt@ son los siguientes:

    1º.- Tienes que ir a internet a la página @; y allí descargar certificado de clase 2 CA, para ello te pediran el NIF del titular, lo pones. Una vez solicitado el certificado el navegador genera unas serie de claves pública y privadas.

    2º.- Imprimes una copia del número de certificado que te dan.

    3º.- Tendrás que ir a una de las oficinas de registro para acreditarte y que te den de alta, puede ser la “Seguridad Social”. Una vez te hayan dado de alta tendrás que esperar unas 24 horas antes de continuar con la descarga del Delt@.

    4º.- Para continuar con la descarga una vez transcurridoas mas o menos las 24 horas te tienes que ir la página de “; y continuar con la descarga. Ya te iran pidiendo los datos.

    Esperando haberte sido de gran ayuda recibe un cordial saludo. Si tienes algún problema y te puedo ayudar no lo dudes, manda un aviso y nos ponemos en contacto.

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    en respuesta a: SEÑALIZACIÓN #254001 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Si te sirve de ayuda de toy unas medidas para las señales de salvamento y vías de seguridad. Las señales para distancias de 60 mt. no tengo constancia que existan. Las medidas son las siguientes:

    Señal de 594 mm. x 841 mm. distancia máxima de aplicación 26’56 mt.

    Señal de 420 mm. x 594 mm. distancia máxima de aplicación 18’78 mt.

    Señal de 297 mm. x 420 mm. distancia máxima de aplicación 13’28 mt.

    Espero

    en respuesta a: barandillas #254482 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    Al igual que a la pregunta que realizastes sobre escalones, te remito al R.D. 486/97 apartado SUELOS, ABERTURAS Y DESNIVELES, Y BARANDILLAS, en su aprtado 2ºC dice que los lados abiertos de las escaleras y rampas demás de 60 cmt. de altura. Los lados cerrados ten´drán un pasamano, a una altura mínima de 90 cmt, si la anchura de la escalera es mayot de 1’2 mts., si es menor pero ambos lados estan cerrados, al menos uno de los dos llevará pasamanos. apto.3º. Las barandillas serán de materiales rígidos, tendrán una altura mínima de 90 cmts. y dispondrán de una protección que impida el paso o deslizamiento por debajo de las mismas o caída de objetos sobre personas. Saludos.

    en respuesta a: escalones #254478 Agradecimientos: 0
    El burbuja
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    junio 2003


    El R.D. 486/97 Lugares de trabajo RAMPAS, ESCALERAS FIJAS Y DE SERVICIO te regula las medidas que deben hacen los peldaños. Texto literal del apartado 6º dice: Los escalones de las escaleras que no sean de servicio tendrán una huella comprendida entre 23 y 36 cmt. y una contrahuella entre 13 y 20 cmt. Los escalones de las escaleras de servicio tendrán una huella mínima de 15 cmt. y una contrahuella máxima de 25 cmt. Espero te haya ayudado a tu pregunta. Saludos

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