Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: PRL en agentes comerciales #406883 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    Bueno pues te enumero algunos :

    – Strees laboral :
    * Por horarios de conducción y apresuramientos.
    * Alejamiento familiar.
    * Trato con el público,atención a clientes,ansidedad por ventas,atracos ya que todos saben que los agentes realizan cobros.
    *Aislamiento, ya que suelen viajar solos.
    *Concentración sostenida , tanto en conducción como el planteamiento de las entrevistas y visitas,(los agentes suelen ir conduciendo y pensando en la próxima visita, horario ,etc.
    – Riesgos de conducción de vehiculos.
    ( Accidentes tráfico)
    – Exposición a condiciones meteorológicas extremas , calor, frio, lluvia , nieve,etc.
    -Riesgos alimentarios, falta de horarios , comidas rápidas, comidas excesivas, etc.
    – Alcohol , es frecuente que los agentes mantengan entrevistas con clientes y celebren reuniones en bares o restaurantes.
    – De salud, por ejemplo perdida auditiva, (principalmente del oído cercano a la ventanilla),problemas físicos con conducción continuada, etc.
    – Carga física, a veces muestrarios y catálogos numerosos y pesados tienen que ser transportados a mano repetidas veces en el día.

    en respuesta a: HUMOS DE SOLDADURA #408595 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    De todas formas ,¿ no teneis Plan de Prevención de Riesgos laborales ?

    en respuesta a: HUMOS DE SOLDADURA #408594 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    La soldadura produce contaminantes, humos metalicos y gases que deben ser extraidos.
    Puedes ver la NTP 7, la NTP 494 , y la NTP 495 ( esta ultima derogada y desfasada).
    La extracción de estos humos y la ventilacion general es la medida más acertada como medida de protección colectiva, la mascarilla yo no la aconsejaría,ni sé si hay normativa que la recomiende. En tu caso insistiría en la extracción de humos y en una buena ventilación.

    en respuesta a: El alcohol en el trabajo #408521 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    El asunto en verdad es un tanto complicado,la cita que te aporto la recogí de una empresa de prevención (Precoin) , de todas formas , puedes ver los Criterios de la Dirección General de Trabajo , consultas 03-04-02 , 29-05-03,14-07-04,basado en el Art 22 LPRL, se remarca el caracter voluntario pero también hay supuestos de excepción cuando las condiciones del trabajador supongan un riesgo para él mismo,resto de trabajadores o terceras personas. El derecho a la intimidad queda relegado a otros derechos considerados prioritarios, como el derecho a la vida,a la salud y a la integridad del propio trabajador y los demás, fuera de estas excepciones la vigilancia de la salud solo puede llevarse con consentimiento del trabajador.
    En estas excepciones es preciso informe previo del representante de los trabajadores.
    Si como dices el trabajador maneja maquinaria pesada,el alcohol supone un peligro evidente para el mismo y los demás, es decir yo lo consideraría dentro de las excepciones e intentaría por todos los médios evitar esa situación de riesgo, ya sea mediante una normativa interna o agarrandome a las excepciones descritas.
    En la página del Instituto Navarro de Salud Laboral, ” CRITERIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO “, puedes encontrar esta consulta.

    en respuesta a: El alcohol en el trabajo #408516 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    Dirección General de la
    Inspección de Trabajo y Seguridad Social considera que “si se aprecian
    alteraciones de la conducta que se proyectan en el ámbito de la actividad
    laboral, el reconocimiento médico podrá imponerse, cuando, no pudiendo
    hacerse por otros medios, resulte absolutamente imprescindible para averiguar
    la causa de tal alteración, y con el fin de adoptar las medidas de protección de
    la salud del propio trabajador (medidas terapéuticas) y de protección de otros
    trabajadores así como de las personas relacionadas con la empresa (cambio
    de puesto de trabajo considerando los riesgos inherentes al mismo; cambio de
    algunas tareas, etc.).”
    En los casos en que pueda estar comprometida la salud de terceros, la obligatoriedad es clara, si se demuestra la existencia de un peligro real de
    magnitud suficiente sobre terceros que puede obviarse con dicho
    reconocimiento médico y además el riesgo para la salud de otras personas es
    de una gravedad tal que se sitúa por encima de los derechos individuales de
    los trabajadores.

    en respuesta a: Responsabilidades jerárquicas #408498 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    Es lógico que a los trabajadores que han aceptado cargos en la prevención se le haya comunicado por escrito, primero la propuesta con detalle de sus funciones y responsabilidades,y segundo el trabajador contestará por escrito admitiendo esas responsabilidades o rechazándolas y ambos documentos sean archivados y es lógico que la inspección en un momento determinado quiera comprobar que los cargos se han asignado con conformidad de los trabajadores.
    Ahora, no entiendo bien porque dices de todos los trabajadores , ¿ o te refieres solo a los trabajadores con cargos en la prevención?.

    en respuesta a: PLAN DE CRISIS #408373 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    Pienso que en ese aspecto concreto no existe legislación en España, sino que es una opción muy particular de cada empresa.

    en respuesta a: Punzadura en el pie #408503 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    El investigador o hace más que corroborar una norma básica, no depositar objetos sobre escaleras, y un segundo punto, comenzaron a mover el equipo sin tener la ruta prevista ni despejada de objetos,de ahí el impacto contra la escalera, esas dos cuestiones hicieron posible el accidente.
    Medidas correctivas información y formación sobre el uso de escaleras y sobre el manejo manual de cargas.

    en respuesta a: PLAN DE CRISIS #408377 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    Entiendo que lo que buscas no tiene nada que ver con la prevención de riesgos laborales, mira en la web FRIENDLY BUSINESS, un artículo que se llama “Gestión de crisis en las organizaciones”,y describe como gestionar momentos de crisis diferenciando varias etapas.

    en respuesta a: ESCALERAS DE ARCHIVOS CLINICOS #408477 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    Puedes miran estas páginas que te adjunto, son escaleras para espacios reducidos fabricadas en hierro y madera, estos fabricantes se adaptan al espacio y las necesidades de cada uno , yo contactaria con ellos y estudiaría las soluciones propuestas .

    .- novo-desing.com.ar
    .- adiseq.com

    en respuesta a: FRUSTRACIÓN DE UN TSPRL #408456 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    No te arrepientas hombre, yo hice TSPRL, después la acción formativa de AUDITORIA DE SISTEMAS DE PREVENCION , y al siguiente año PERITO JUDICIAL DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES, la verdad que estas dos acciones formativas fueron gratis, por la Fundación Tripartita, aunque en verdad no se si los certificados que me han dado sirven para algo o no,pero volviendo al tema ,si te hiciste técnico superior , no te arrepientas, ya que tienes más posibilidades de trabajo, el tema preventivo esta jodido porque primero en las empresas es ” comer ” , cubrir gastos y después lo que venga.

    en respuesta a: LA PREVENCIÓN EN TIEMPOS DE CRISIS NO SE APLICA #408427 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    Ni antes tampoco, pocas empresas se toman en serio el tema de prevención , el problema esta en concienciar al empresario , ahora es peor, las empresas donde trabajo solo piensan en como sobrevivir y la verdad , está muy difícil, estamos todos al borde del desempleo,¡ como para ir ahora con milongas preventivas al jefe ¡, ni los enfermos se quieren dar de baja, ya te digo.

    en respuesta a: PLAN DE CRISIS #408371 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    Y me olvidaba decirte que no es lo mismo plan de emergencias que plan de autoprotección, aunque a veces lo denominemos lo mismo, el plan de emergencias surge del articulo 20 de la Ley de Prevencion de Riesgos Laborales y el Plan de autoprotección del Real Decreto que antes te comentaba . Son dos documentos técnicos distintos.

    en respuesta a: PLAN DE CRISIS #408370 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
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    junio 2010


    En España, existe (según circunstancias de las empresas),el Plan de Emergencias y el Plan de Autoprotección, (Norma Básica de Autoprotección”, regulada por el Real Decreto 393/2007,

    Puedes ver en la GUIA PARA LA REDACCIÓN DE UN PLAN DE AUTOPROTECCIÓN.

    No conozco normativa internacional, ni referencias a ella con respecto a este tema.

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    en respuesta a: el polvo de ladrillo es peligroso?? #407976 Agradecimientos: 0
    Diego Cortés
    Participante
    0
    junio 2010


    Que se lo digan a mi vecino , que tiene nueve hijos.

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