Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Coordinador un poco tontito #181084 Agradecimientos: 0
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    junio 2001

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    El RD1215 indica técnico competente. Es un RD del Ministerio de Trabajo, en realidad es equivalente a una evaluación de riesgos de una máquina. Un SPA si lo puede hacer y un OCA también, aunque el técnico del OCA no sea técnico en prevención.
    Con respecto a lo que te dice el coordinador, pasa muchas veces en varios campos, que como no tiene mucha idea, dice lo que ha oido, cree, etc. Si nos guiamos por lo que me dicen algunos, todavia siguen en vigor las homologaciónes de EPI´s de los años 70 (MT). También siguen insistiendo que está en vigor el REBT de 1973, etc
    Saludos

    en respuesta a: UTE: COORDINACIÓN #181242 Agradecimientos: 0
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    junio 2001

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    La UTE es una empresa en si, por lo que tendrá que contratar un SPA, en algún caso, he visto que el SPA de algunas de las empresas que forman la UTE asume el SPA. El problema es que haya trabajadores que sean de tu empresa y no de la UTE en la obra de la UTE. Que tendrás que hacer coordinación, etc.

    en respuesta a: Plan de seguridad #181372 Agradecimientos: 0
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    junio 2001

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    Mi colegio se queda una copia cuando solicito el libro de incidencias. Si es para una obra de un organimso público no hace falta, ya que es él quien pone el libro.
    Saludos

    en respuesta a: Movimiento de tierras. Formación #182529 Agradecimientos: 0
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    junio 2001

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    Puedes incluir lo que tienen que tener las máquinas, anexo del RD 1215/97.
    En la página
    tienes un apartado de seguridad en máquinas.

    A parte de otros sitios o fotos que tengas puedes ver en a ver si alguna se adapta

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    cafma20
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    junio 2001

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    REAL DECRETO 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. BOE núm. 86 de 11 de abril.

    en respuesta a: Plan de retirada amianto Cantabria #185865 Agradecimientos: 0
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    junio 2001

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    La normtiva indicada esta derogada. La nueva es:
    RD 396/2006 disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
    Publicada el pasado 11 de abril
    Saludos

    en respuesta a: certificacion andamios #185735 Agradecimientos: 0
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    junio 2001

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    Pero si quieres adaptar uno, puedes usar el que viene en la Orden de 22 de abril de 2004 de la Consejería de Trabajo, Consumo y Política Social, por la que se regulan requisitos mínimos exigibles
    para el uso, montaje, desmontaje y mantenimiento de los andamios tubulares en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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    en respuesta a: Plan de montaje, utilización y desmontaje. #185846 Agradecimientos: 0
    cafma20
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    junio 2001

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    Pero si quieres adaptar uno, puedes usar el que viene en la Orden de 22 de abril de 2004 de la Consejería de Trabajo, Consumo y Política Social, por la que se regulan requisitos mínimos exigibles
    para el uso, montaje, desmontaje y mantenimiento de los andamios tubulares en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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    en respuesta a: GENERADOR DE 20 KVA #187539 Agradecimientos: 0
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    junio 2001

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    Hay que leer el manual de instrucciones del grupo. La semana pasada me llegó a una obra un grupo nuevo, con marcado CE, año de fabricación 2005. Lo primero que digo al jefe de obra es que no vale. Es un grupo que está al aire libre y no cumple con la IP correspondiente. El diferencial es de 300mA, cuando para trabajos en obras es necesario 30 mA. El fabricante construye un grupo para unas condiciones, que pueden no ser las de una obra.

    en respuesta a: plan de prevencion #189440 Agradecimientos: 0
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    junio 2001

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    Se me olvidaba, en internet puedes encontrar alguno como en

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    en respuesta a: plan de prevencion #189439 Agradecimientos: 0
    cafma20
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    junio 2001

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    No aplica, pero te puede servir como guía (eliminando algunos puntos) el índice que viene en la ORDEN ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva. BOE 30 DE ENERO 2006

    en respuesta a: líneas de vida en construcción #188887 Agradecimientos: 0
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    junio 2001

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    A ras de suelo no puedes montar una línea de vida, porque el factor de caída sería muy alto.
    Hay varios sistemas, en función de la altura a la que asome el pilar. Si el pilar va a asomar poco existen también sistemas, conozco a Corta. Mira en

    Para proteger por debajo puedes poner un sistema com oel skydeck de Peri o similar, hay varios fabricantes.

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    en respuesta a: Visado planes de SS #188701 Agradecimientos: 0
    cafma20
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    junio 2001

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    Pues yo jamas he visto un acta visada por un colegio profesional. Cuando diligencio el libro de incidencias el colegio me pide el Plan y el acta, pero no lo visa. Y si el promotor es un organismo público, el es el que entrega el libro de incidencias, luego al colegio llega nada.

    en respuesta a: montaje de andamios #190841 Agradecimientos: 0
    cafma20
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    junio 2001

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    Aparte de los montadores que en el manual de instrucciones debe indicar cuantos son, para el resto de personal y documentación mira el REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

    en respuesta a: Coordinador de Seguridad #191128 Agradecimientos: 0
    cafma20
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    junio 2001

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    Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)indica:
    “Artículo 2. Ámbito de aplicación.
    1. Esta Ley es de aplicación al proceso de la edificación, entendiendo por tal la acción y el resultado de construir un edificio de carácter permanente, público o privado, cuyo uso principal…”
    Por lo que si no es un edificio, por ejemplo un sondeo, construcción de un pozo, etc., no se aplica, para los ejemplos propuestos lo normal es que sea un Ingeniero de Minas, pero no sería ilegal que el Coordinador sea un geólogo, que podría ser el técnico competente que indica el RD 1627 y actuar como Coordinador de Seguridad.

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