Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Música ambiente y trabajo #233805 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    Supongo que no, ya que dependera del gusto de los oyentes, la música es algo subjetivo para el oyente y depende del gusto de cada uno, podemos poner a Mozart, y a muchos no les gustará, no es como la teperatura, la luz, que si bien son tambien algo personal(hay gente mas o menos “friolera”, tiene una repercusión fisiolócgica (frio, calor, cansancio ocular etc), por su puesto la música tambien la tiene (oir algo que no nos gusta nos afecta), pero depende de la preferencias musicales.

    en respuesta a: ESTUDIO DE SEGURIDAD DE HIGIENE Y TRABAJO #233989 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    Te recomiendo que primero te mires la Ley 31/95 de Prevención de riesgos laborales ya que es la base de la que debes partir (art 15, prin cipalmente). El resto de normativa es muy extenso, pero en la pagian del INSHT encontraras sobre todas las materias.

    Deberias enfocarlo tal vez desde la prevención en la fase de proyecto, es decir, tener en cuenta en el proyecto aspectos preventivos, que eliminen riesgos posteriores (ejemplo, si en la fachada se diseñan, ya en el proyecto, elementos que faciliten su limpieza, o diseñar ya la fachada pensando que debe tener un mantenimiento y como se debe se esta para que luego no sea un peligro realizarlo)

    Espero que te oriente un poco

    Un saludo

    en respuesta a: GUANTES DE AMIANTO #233994 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    Esta prohibido la fabricacion y la comercializacion de amianto, si bien lo que ya existe puede utlizarse con las medidas preventivas necesarias.

    Si bien puede seguir usanso los guantes lo recomendable es sustituirlos por otros, ya que el peligro no esta en su uso, sino en su posible rotura y liberación de las fibras de amianto (altamente cancerigenas) y la posibilidad de inhalación de estas por el trabajador o cualquier persona que se encuentre en esa atmosfera.

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    octubre 2004


    Debes incluir a todos los trabajadores (excepto si hay autonomos,aunque estos deben coordinarse con el resto)

    Debes realizar la evaluación por Riesgos Generales ( estan sometidos todos los trabajadores, como incencido, explosión etec), riesgos por zonas de trabajo (talleres, oficianas) y riesgos por puestos de trabajo (administrativo, oficial de 1º …. etc) despues deberias contemplar, una vez analizado cada puesto, las peculiraedades de cada trabajador.( por ejemplo, iluminación puede ser la adecuada para los trabajadores, cumplir con la normativa, pero hay un trabajador con problemas de visión)

    Espero que esto te sea de utilidad.

    Un saludo

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    octubre 2004


    En la pagina del INSHT en las otras guias tecnicas, la Gestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa, tiene varios cuestionarios sobre diferentes aspectos.

    Espero que te sea de utilidad

    en respuesta a: plan de prevencion de riesgos laborales #235051 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    Mira el Manual de procedimientos de prevención de riesgos laborales. Guía de elaboración del INSHT te puede servir bastante para hacer una idea

    en respuesta a: Evaluacion de Riesgos #235032 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    Una vez identificados los factores de riesgo, habría que valorar esos riesgos, es decir cuantificar, usa la Nota Tecnica del Instituto nº 330 para evaluar los riesgos, de aquí te saldrá si hay que actuar y cuando

    Un saludo

    en respuesta a: RECURSO PREVENTIVO #235314 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    Curso basico de 50 horas sería lo necesario, realizado por una entidad que pueda impartirlo.

    en respuesta a: Tecnico de Prevención en un Centro de Submarinismo #235340 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    No necesitas un Tecnico en plantilla, puedes recurrir a un servicio de prevencion ajeno

    En cuanto a la legislación, esta te servirá:

    O.M. de 14 de Octubre de 1997. Normas de Seguridad para Actividades Subacuaticas

    NTP 623: Prevención de riesgos laborales en acuicultura

    O.M. de 14 de Octubre de 1997. Tabla I

    Repertorio normas EPI protección respiratoria

    Resolución de 25 de abril de 1996 Información complementaria al R.D. 1407/1992 sobre comercialización de EPI. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

    3.7 2.5 Gafas y caretas de natación y buceo I 3.1.1 2.6 Filtros y protectores oculares ..

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    octubre 2004


    El Art. 21 Ley 31/95 habla del riesgo grave e inminente. Es un tema delicado y se supone que si es un riesgo de este tipo es porque la probabilidad de que ocurra es muy alta y las consecuencias muy graves (muerte o lesiones irreversibles) debes analizar si esto es así, y si lo es, lo mejor es que se tomen las medidas lo antes posible, ya que en cualquier momento puede producirse el accidente. Creo que debes preguntar al técnico la metodologia aplicada para evaluar, y ver si esta bien aplicada, bien interpretada y es la correcta.

    Espero que esto se ayude

    Marino Casado

    en respuesta a: SANCIÓN A SUBCONTRATAS #235514 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    El unico que puede sancionar a sus empleados es su empresario. Respecto a la jefatura de obra, podrá requerir (al empresario de la subcontrata) para que tome las medidas oprotunas y podrá denunciarle ante la Inspección de TSS por no cumplir con las medidas de seguridad, podrá rescindir el contrato por imcumplimiento o sancionarle economicamente si estaba estipulado en el contrato y no es en fraude de ley, pero tambien puede paralizar la obra si hay riesgo inminente.

    Respecto a los trabajadores que imcumplen estan las medidas disciplinarias del empresario, puede incluso despedirles por incumplimiento reiterado, normalmente como son contratos por obra o servicio determinado, puede rescindir el contrato alegano fin del objeto de la obra.

    en respuesta a: LIBRO DE INCIDENCIAS #235522 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    Todas esas personas tienen derecho a anotar. Deberias mirar la guía que desarrolla este real decreto ya que si bien no es obligatoría aclara muchas dudas

    en respuesta a: CONTAMINANTES QUIMICOS Y CANCERIGENOS #235923 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    El problema de los agentes cancerigenos , es que tienen efectos estocasticos, es decir, existe probabilidad de contraer la emfermedad independientemente de la exposición ( mas exposición mas probabilidad), la medidas preventivas serían primero intentar sustituir esos productos por otros (menos peligrosos), y en todo caso limitar a lo minimo indispensable la exposición para el menor numero de trabajadores, mediante encerramiento

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    octubre 2004


    No se si tal vez en Cataluña.

    en respuesta a: La prevención de riesgos en distintos países.. #235915 Agradecimientos: 0
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    octubre 2004


    En EEUU, existe normas de la NIOSH principalmente y organismos privados

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