El Tribunal Constitucional ha estimado la demanda de amparo promovida por la recurrente al entender vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva tras inadmitirse la prueba propuesta de reproducción de una grabación magnetofónica de la conversación que había mantenido en su centro de trabajo con el Director Regional de la empresa sobre su situación laboral, las relaciones con los jefes y compañeros y el trato recibido en el trabajo, mediante la que pretendía acreditar la situación vejatoria de hostigamiento y acoso laboral que a su juicio estaba padeciendo.
Se trataba, además, de una prueba trascendental para acreditar los hechos denunciados, sobre todo si se tiene en cuenta la dificultad probatoria que acompaña a los supuestos de hecho incardinables en una conducta de mobbing. De haberse llevado a la práctica dicha prueba en el acto del juicio habría quedado demostrado el trato hostil y vejatorio que venía sufriendo la recurrente, los insultos, las continuas amenazas de despido, la sobrecarga de trabajo y el exhaustivo control y vigilancia de todos sus pasos.
Texto completo de la sentencia:
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