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    Novata
    Participante
    14
    abril 2014


    @De locos wrote:

    @Novata wrote:

    @Histófenes wrote:

    Resumen de reglamentación aunque no aparece la modificación del RITE 2009:

    La modificación del RITE de 2009 es para evitar que en locales de pública concurrencia se ponga la calefacción muy alta en invierno (21º máx) o se enfríe demasiado en verano (26º min) siempre que sólo se utilice energía convencional…

    El RD 486 hace mención al Decreto 1618/1980, derogado por el RITE, pero ambos se basan en las mismas normas de confort térmico.

    Pero tengo que considerar una oficina como “local de pública concurrencia”?? porque si no es así puedo aplicar la tabla del reglamento que me indica De Locos. El caso es que el dichoso auditor nos dice que si.

    He encontrado esta versión consolidada del reglamento del 2013

    En la versión consolidada, siguen figurando los mismos valores; “asín que déjate de gaitas y de ministros metidos a inventores” y aplica la lógica basada en criterios técnicos y legales, que además es también lógica en este caso.

    Pues si! Pondré el dichoso cartelito de los 26 grados el día que venga el auditor y le tendremos aquí con su traje y su corbata a esa temperatura … a ver si le parece que cumplimos bien con la temeperatura …

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