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    dancelord
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    diciembre 2010


    Buenas tardes.

    Hace tiempo que me se pasa por la cabeza esta cuestión.

    ¿Puede un técnico superior de PRL en tres especialidades (no medicina del trabajo) impartir cursos de PRL como autónomo? En ese caso ¿Que tipo de cursos y a quién pueden ir dirigidos esos cursos de PRL?

    Muchas gracias de antemano a todos los que puedan aportar su granito de arena.

    Un saludo!

    PD.- La he colocado aquí, por creer que era el sitio adecuado; si no lo fuera ruego me deriven al apartado oportuno.

    #423021 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas, dancelord.

    Hoy por hoy, la formación en materia de PRL se formaliza a través de la organización preventiva que el empresario haya elegido para gestionar la prevención de riesgos de su empresa (art. 30 y 31 LPRL).

    ¿Qué quiere decir esto? Que los “TPRL autónomos” (ni siquiera sé si existen) que quieran ejercen como formadores, o realizan esta función a través de una modalidad preventiva (la de la empresa en cuestión), o sencillamente no pueden hacerlo con apoyo legal.

    Un ejemplo sencillo para que lo entiendas:

    1) Eres TPRL que a título individual (“autónomo”) oferta un curso de prevención de riesgos muy bueno, útil y específico para cierta empresa. El empresario acepta: ESO NO ES LEGAL.

    2) Eres TPRL que a título individual (“autónomo”) oferta un curso de prevención de riesgos muy bueno, útil y específico para cierta empresa. El servicio de prevención de esa empresa lo validará, pasando a certificarlo ellos como formación expedida por el servicio de prevención, aunque te contratan a ti como docente externo para impartirlo: ESO ES LEGAL.

    Espero no haberte liado más… ¡saludos!

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #423022 Agradecimientos: 0
    Busquemi
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    21
    1
    agosto 2010


    Iniciado

    Totalmente de acuerdo con el anterior comentario, adjunto link donde consta Criterio de la Dirección General de Trabajo al respecto:

    Saludos y ánimos.

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    #423023 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola. Como ya te han indicado, la formación en PRL es un poco “especial” Pero también te digo que hecha la ley, hecha la trampa.

    Un autónomo sí puede impartir formación en PRL, siempre que lo haga para una entidad acreditada para hacerlo. En este caso, debe ser un “servicio ajeno”, según lo indica el artículo 19 de la LPRL. Aunque lo que no indica este artículo es que por “servicios ajenos” debe entenderse “servicios de prevención ajenos”

    Hay consultoras que contratan como autónomos a técnicos para impartir formación en PRL. Otra cosa es que para una convocatoria de ayudas, subvenciones, etc… se ponga como requisito que el formador esté con alta laboral en la consultora. Yo he vivido todo tipo de situaciones en este sentido.

    Lo importante, dar formación adecuada y ajustada a los riesgos reales del puesto. Se imparte mucha formación que no vale de nada y la gente luego se queja, con razón.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #423024 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    111
    11
    mayo 2005


    Maestro

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Hola. Como ya te han indicado, la formación en PRL es un poco “especial” Pero también te digo que hecha la ley, hecha la trampa.

    Un autónomo sí puede impartir formación en PRL, siempre que lo haga para una entidad acreditada para hacerlo. En este caso, debe ser un “servicio ajeno”, según lo indica el artículo 19 de la LPRL. Aunque lo que no indica este artículo es que por “servicios ajenos” debe entenderse “servicios de prevención ajenos”

    Hay consultoras que contratan como autónomos a técnicos para impartir formación en PRL. Otra cosa es que para una convocatoria de ayudas, subvenciones, etc… se ponga como requisito que el formador esté con alta laboral en la consultora. Yo he vivido todo tipo de situaciones en este sentido.

    Lo importante, dar formación adecuada y ajustada a los riesgos reales del puesto. Se imparte mucha formación que no vale de nada y la gente luego se queja, con razón.

    Saludos

    Es cierto, en el art. 19 no se especifica que deba ser un servicio de prevención ajeno. Eso se concreta en el art. 31.
    Cualquier formación sobre riesgos derivados del puesto de trabajo debe estar “avalada” por la “organización preventiva” de la empresa, propia o ajena.

    Saludos

    #423025 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @Cap. Morgan wrote:

    Es cierto, en el art. 19 no se especifica que deba ser un servicio de prevención ajeno. Eso se concreta en el art. 31.
    Cualquier formación sobre riesgos derivados del puesto de trabajo debe estar “avalada” por la “organización preventiva” de la empresa, propia o ajena.
    Saludos

    Sí, debe ser un SPA, cosa con la que nunca he estado ni estaré de acuerdo, porque entiendo que mientras sea suficiente y adecuada, cumple la ley. Ya se ha debatido mucho este asunto.

    Es que el modus operandi de algunas de estas entidades SPA es para mear y no echar gota… de específica nada de nada, y de los riesgos concretos, nada de nada… y de suficiente y adecuada, nada de nada…

    Un SPA que conozco contrata técnicos autónomos para hacer algunas cosas, entre ellas formación, pero luego lo certifican o asumen ellos.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #423026 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
    Participante
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    mayo 2005


    Maestro

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Sí, debe ser un SPA, cosa con la que nunca he estado ni estaré de acuerdo, porque entiendo que mientras sea suficiente y adecuada, cumple la ley. Ya se ha debatido mucho este asunto.

    Es que el modus operandi de algunas de estas entidades SPA es para mear y no echar gota… de específica nada de nada, y de los riesgos concretos, nada de nada… y de suficiente y adecuada, nada de nada…

    Un SPA que conozco contrata técnicos autónomos para hacer algunas cosas, entre ellas formación, pero luego lo certifican o asumen ellos.

    Saludos

    El problema es que un SPA tiene el condicionante de la acreditación que, en teoría, debería garantizar la calidad de los servicios ofrecidos.
    Si se abre esa puerta, la “calidad” de la formación estaría expuesta a las leyes del mercado y ya sabemos como se las gastan. Nuestro sector dista mucho de tener la madurez necesaria para su liberalización.
    Lo que deberíamos de exigir a nuestras administraciones es que establezcan los mecanismos necesarios para garantizar que los SPA ofrezcan sus servicios con unas condiciones de calidad mínimas y que se sancione a quien no los cumple. Claro que antes habría que decirle a los empresarios que esto de la prevención por 100 € pues va a ser que no…

    Saludos

    #423027 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @Cap. Morgan wrote:

    El problema es que un SPA tiene el condicionante de la acreditación que, en teoría, debería garantizar la calidad de los servicios ofrecidos.
    Si se abre esa puerta, la “calidad” de la formación estaría expuesta a las leyes del mercado y ya sabemos como se las gastan. Nuestro sector dista mucho de tener la madurez necesaria para su liberalización.
    Lo que deberíamos de exigir a nuestras administraciones es que establezcan los mecanismos necesarios para garantizar que los SPA ofrezcan sus servicios con unas condiciones de calidad mínimas y que se sancione a quien no los cumple. Claro que antes habría que decirle a los empresarios que esto de la prevención por 100 € pues va a ser que no…
    Saludos

    Amén.

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
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    #423028 Agradecimientos: 0
    Yanou
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    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    A ver, que lo estamos enfocando todo a partir del art. 19 de la LPRL. Un trabajador autónomo puede hacer cursos de nivel básico a través de empresa acreditada o acreditándose si cumple los requisitos. Y además puede hacer cursos de tipo genérico para sindicatos, patronales… puede montar cursos on line o en algún aula, puede ser subcontratado por empresas de formación para dar los apartados de prevención en los diferentes cursos para parados y demás. Y si tienes otra formación, como medio ambiente, calidad, macramé 😀 pues tira de ello y haz cursos también.

    Cuando yo lo dejé, las horas freelance se pagaban a 40 euritos la hora… eran otros tiempos.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #423029 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    mayo 2005


    Maestro

    @Yanou wrote:

    A ver, que lo estamos enfocando todo a partir del art. 19 de la LPRL. Un trabajador autónomo puede hacer cursos de nivel básico a través de empresa acreditada o acreditándose si cumple los requisitos. Y además puede hacer cursos de tipo genérico para sindicatos, patronales… puede montar cursos on line o en algún aula, puede ser subcontratado por empresas de formación para dar los apartados de prevención en los diferentes cursos para parados y demás. Y si tienes otra formación, como medio ambiente, calidad, macramé 😀 pues tira de ello y haz cursos también.

    Cuando yo lo dejé, las horas freelance se pagaban a 40 euritos la hora… eran otros tiempos.

    Vale, pero en ningún caso servirían para cumplir con lo dispuesto en el art. 19. De hecho hay opiniones que apuntan que ha sido un error permitir a entidades formativas no SPA impartir la formación de convenios… pero claro, en caso contrario ni la propia FLC, ni sindicatos ni patronal podrían impartirlos.

    Saludos

    #423030 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    87
    junio 2002


    Maestro

    De acuerdo con el fondo, que debe ir bajo el manto del servicio de prevención u organización preventiva de la empresa, pero no con que sea ILEGAL porque no lo es, salvo impartir formación reglada que sí lo es. Otra historia es que alguien, un IT o quizás un juez, diga que no es valida para dar cumplimiento al 19, pero insisto, NO ES ILEGAL.

    #423031 Agradecimientos: 0
    dancelord
    Participante
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    diciembre 2010


    Gracias por todos los comentarios.

    Es que en Internet veo que muchas empresas privadas dan cursos de PRL, y quería saber si como TSPRL podría impartirlos para ellos (que creo que sí) … o más aún, si podría impartirlos yo mismo como autónomo.

    Por lo que veo si el Servicio de Prevención Ajeno te contrata para dar un curso de PRL es totalmente legal … pero si tu das el curso por tu cuenta, el curso como que es cuestionable, y podría no tener validez, aunque el curso les haya servido a los trabajadores para aprender los conocimientos oportunos. Es decir, yo contratado por un Servicio de Prevención Ajeno si doy un curso de nivel básico de PRL con el contenido del convenio sería valido, pero si lo imparto yo mismo como autónomo no tendría validez, aunque en ambos casos yo habría sido el profesor, ¿es esa la interpretación?

    Muchas gracias a todos por vuestras respuestas. Muy bueno el foro.

    #423032 Agradecimientos: 1
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @dancelord wrote:

    Por lo que veo si el Servicio de Prevención Ajeno te contrata para dar un curso de PRL es totalmente legal … pero si tu das el curso por tu cuenta, el curso como que es cuestionable, y podría no tener validez, aunque el curso les haya servido a los trabajadores para aprender los conocimientos oportunos. Es decir, yo contratado por un Servicio de Prevención Ajeno si doy un curso de nivel básico de PRL con el contenido del convenio sería valido, pero si lo imparto yo mismo como autónomo no tendría validez, aunque en ambos casos yo habría sido el profesor, ¿es esa la interpretación?

    Sí, es correcta tu interpretación. Se supone que como miembro del SPA conoces los riesgos concretos de los puestos y por lo tanto la formación es adecuada y suficiente. En la realidad, las empresas ni te dan su ERL, sólo un listado de lo más básico y el formador suele conocer a la empresa cliente el día que da la formación. Aunque esto repetido miles de veces suele dar un conocimiento de dónde te meten.

    Hay consultoras de formación puras y duras que se acreditaron como SPA para poder abordar este tipo de formaciones, pero sólo se dedican a formar, por lo que lo de SPA vamos a dejarlo aparte…

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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    #423033 Agradecimientos: 0
    dancelord
    Participante
    1
    diciembre 2010


    Perfecto, aclarado.

    Muchas gracias a todos.

    Un saludo.

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