Este razonamiento me parece válido en el caso de la seguridad privada, ya que están sujetos a una serie de reglamentos y leyes específicos que controla el Ministerio del Interior (o como se llame), también puede ocurrir en el caso de algunas actividades que son concesión administrativa y quizá en el caso de actividades muy técnicas o científicas, pero en el caso de la limpieza me parece absurdo. Puedes contratar el personal, puedes contratar a quien tenga el conocimiento y puedes organizar la tarea, otra cosa es que sea más rentable subcontratarlo, pero no existe impedimento alguno para que puedas dar este servicio con medios propios y si encima por contrato se lo tienes que ofrecer a tus inquilinos en las zonas comunes (como ocurre en el caso que conozco bien), creo que no vale este razonamiento por mucho que venga de un juez, que sabrá mucho de leyes, pero me parece que de limpieza están verdes. Bueno, es mi opinión y como todas discutible, y evidentemente, frente a una sentencia, mi opinión no vale nada.