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  • #51883 Agradecimientos: 0
    osmar2
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    mayo 2002


    DONDE PUEDO CONSEGUIR INFORMACION DE LAS POSIBRES SECUELAS (cicatrices y perdida de movilidad) DESPUES DE UN ACCIDENTEDE UN DEDO MANODERECHA

    ¿QUIEN VALORA?

    QUE HACER SINO SE ESTA DE ACUEDO?

    DONDE PUEDO ENCONTRAR LAS TABLAS O VALORACIONES

    GRACIAS

    #297085 Agradecimientos: 0
    rsh
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    junio 2002


    En Perú, son las administradoras de fondos de pensiones las que valoran la perdida de un miembro o dedo,

    #297086 Agradecimientos: 0
    peter_pan
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    marzo 2002


    Valora el INSS (instituto nacional de la seguridad social) con arreglo a un baremo de lesiones permanentes no incapacitantes – supuesto que esta lesion lo sea- . De no estar de acuerdo puedes imponer un recurso en el mes siguiente a la notificación y si la respuesta es negativa tendras que ir a magistratura. En magistratura el juez se guiara por el citado baremo publicado en BOE si figura la lesion (que si figura) y dictaminara la misma cantidad salvo que estimes que las lesiones sufridas si son incapacitantes en algunos de sus otros grados: Parcial, total o absoluta, lo que obviamente has de demostrar.

    Un saludo.

    Fernando

    #297087 Agradecimientos: 0
    miki19762
    Participante
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    abril 2002


    NOSOTROS EN ARGENTINA TENEMOS LA SUPERINTENDECIA DE RIESGOS DE TRABAJO QUE JUNTAMENTE CON UNA JUNTA MEDICA EVALUA CADA CASO EN PARTICULAR CREO QUE USTEDES DEBEN TENER UNA ENTIDAD ASI, DE TODAS MANERAS SI TU CLIENTE NO ESTA DEACUERDO CON LA JUNTA MEDICA PUEDE HACERSE UNA PARTICULAR Y CON ESA APELAR MEDIANTE UN ABOGADO A LA A.R.T. O A LA ENTIDAD QUE CORRESPONDA

    #297088 Agradecimientos: 0
    samit
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    julio 2002


    accidente laboral? lo determina el forense el grado de incapacidad según tablas.

    Si no se esta de acuerdo se buscan peritos y es necesario ir a juicio.

    #297089 Agradecimientos: 0
    IMSS
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    agosto 2002


    Con relacion a tu pregunta, aqui en mexico existe la Ley Federal del Trabajo y en su articulo 514 establece los porcentajes % de perdida de funcionalidad,considerando el cuerpo en su totalidad con el 100%, asi que si existe la perdida de una falange dependiendo del dedo y si es derecho o izquierdo se puede otorgar un 2 o 3%, Aqui valora el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. Si no esta de acuerdo el trababajador se puede inconformar y esto es analizado por un consejo consultivo que ratifica o rectifica el dictamen,pero esto no es valido en España, pero tendran una lesgilacion laboral que sea equivalente a la Ley Federal del Trabajo Mexicana.

    Espero te sea de utilidad. Saludos.

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