Con relacion a tu pregunta, aqui en mexico existe la Ley Federal del Trabajo y en su articulo 514 establece los porcentajes % de perdida de funcionalidad,considerando el cuerpo en su totalidad con el 100%, asi que si existe la perdida de una falange dependiendo del dedo y si es derecho o izquierdo se puede otorgar un 2 o 3%, Aqui valora el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. Si no esta de acuerdo el trababajador se puede inconformar y esto es analizado por un consejo consultivo que ratifica o rectifica el dictamen,pero esto no es valido en España, pero tendran una lesgilacion laboral que sea equivalente a la Ley Federal del Trabajo Mexicana.
Espero te sea de utilidad. Saludos.