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    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    Leída la respuesta realizada por el forista Javier Ejarque a una pregunta de “She” sobre el tema de referencia, me gustaría realizar una serie de puntualizaciones a lo expuesto por Javier, que transcribe unas declaraciones del Secretario General de ANAPAT (Asociación Nacional de Alquiladores de Plataformas Aéreas de Trabajo), respecto a la no necesidad de emplear arnés de seguridad cuando se trabaja sobre una plataforma aérea autopropulsada y que se resumen en “NO EXISTE OBLIGACION DE USAR
    ARNESES DE SEGURIDAD EN LAS PLATAFORMAS ELEVADORAS MOVILES DE PERSONAL (PEMP)”:

    1º.- El R.D. 1215/97 dixit:

    ANEXO II. 1. Condiciones generales de utilización de los equipos de trabajo.

    1.3 Los equipos de trabajo no deberán utilizarse de forma o en operaciones o en condiciones contraindicadas por el fabricante. Tampoco podrán utilizarse sin los elementos de protección previstos para la realización de la operación de que se trate.

    Por lo tanto, ni ANAPAT ni su secretario general ni el “susum corda” es quien para llevar la contraria con tanta alegría AL MANUAL DE INSTRUCCIONES DEL FABRICANTE (dependerá de lo que diga el fabricante) y las dos casas fabricantes que más conozco y en especial Pinguely-Haulotte, en plataformas aéreas autopropulsadas de brazo, en su manual de instrucciones e incluso en las pegatinas de la propia máquina refleja la necesidad de emplear arnés de seguridad amarrado a un punto habilitado a tal fin en la propia plataforma. De hecho, en el manual de Instrucciones de Seguridad y Manejo editado por ANAPAT no hace referencia alguna al empleo del arnés y en su preámbulo comenta lo siguiente: ESTE MANUAL ES PARA USO EXCLUSIVO DE LOS MIEMBORS DE ANAPAT. ENTREGAR UN EJEMPLAR DE ESTE MANUAL CON CADA CONTRATO ………, pudiéndose dar la paradoja de que el Manual de ANAPAT (que no hace mención a lo del arnés y por lo tanto “no sería necesario”) no complemente a lo expuesto por el fabricante en su Manual y lo reglamentado en el Anexo II. Punto 1.3. del R.D. 1215/97.
    Al final es como si la Asociación Nacional de Alquiler de Retroexcavadoras dijese abiertamente que TODAS LAS RETROEXCAVADORAS pueden elevar cargas o la Asociación Nacional de Camiones Grúa comentara que TODAS LAS GRÚAS PLUMA SOBRE CAMION pueden elevar personas con una cesta homologada, cada uno es muy libre, pero al final la última palabra la tiene su “señoría”.

    2º.- Para determinar la necesidad o no del arnés, no nos podemos olvidar de la evaluación de riesgos o del Estudio de SyS o el Plan de SyS si se trata de una obra, documentos de importancia vital a la hora de estimar un riesgo y proponer medidas preventivas. Ante la duda, ¿qué refleja la evaluación de riesgos, el Estudio o el Plan? Yo, la verdad, no tengo ninguna duda, arnés siempre, porque por muy formado que esté el operario o mentalizado con la prevención, al final acaba haciendo el cabra con la plataforma y los que trabajamos en construcción ya sabemos como suele estar el terreno de apoyo o tránsito.

    3º.- Más. Simplemente realizando una investigación, estudio y análisis de los accidentes ocurridos con plataformas aéreas, especialmente de uno acaecido en mi provincia, se llega a la conclusión de que los operarios hubiesen salvado la vida de haber estado amarrados (otra historia son los motivos que originaron el vuelco).
    4º.- Podríamos estar debatiendo horas sobre esto, al igual que pasa con el cinturón de seguridad en el coche, pero al final el resultado es el mismo, en caso de accidente, favorece más que perjudica.
    Aparte de otros motivos, como que los operarios salen habitualmente de la plataforma o se encaraman a la barandilla intermedia o ……………………

    5º.- Este tema ha sido tratado, por lo menos en los que yo haya estado presente, en dos Congresos en los que había empresas asociadas a ANAPAT y la conclusión ha sido la misma, Manual de Instrucciones del Fabricante.

    Y para terminar, un comentario con el que arranca “She” en su pregunta, “ ………. en múltiples ocasiones los Coordinadores de seguridad nos piden que en las plataformas elevadoras los trabajadores lleven arnés atado a la plataforma …………..” Aparte de que en mi humilde opinión tengan razón en este caso, no nos debemos olvidar que el Coordinador de SyS es miembro de la Dirección de Obra y como miembro de la misma puede solicitar eso y mucho más, siempre razonando la propuesta, y en este caso y en muchos otros es que lo tiene a huevo.
    No nos olvidemos del R.D. 1627/97, Artículo 11. Obligaciones de los contratistas y subcontratistas: e) Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa.

    ANTE LA DUDA, MANUAL DE INSTRUCCIONES DEL FABRICANTE, EVALUACION DE RIESGOS O PLAN DE SyS (por este orden).

    P.D.: Si alguien quiere fotografías de lo expuesto anteriormente, remitirme un correo a la dirección que figura en mi nick.

    #198642 Agradecimientos: 0
    Miguel_Angel
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    agosto 2005

    Iniciado

    ¿Qué más se puede añadir a lo dicho por nuestro anelado Xirgu?
    Nada más, y creo que con estas explicaciones debería quedar zanjado este tema y claro para todos aquellos que no lo tuvieran.

    Por cierto, tengo conocimiento de un accidente de un pintor en uno de estos artefactos que salió catapultado por no llevar amarrado el arnés a la cesta, y otro que le ocurrió a un operario por amarrarse a la estructura en la que estaba trabajando en vez de a la cesta y su compañero movió la cesta y lo atrapó con la estructura por haber quedado amarrado a ella, por no contar el de otro que tras subirse a la barandilla intermedia y soltarse por no llegar a la zona de trabajo se precipitó al vacío al perder el equilibrio.

    Yo creo que son razones suficientes para usar el arnés correctamente.

    #198643 Agradecimientos: 0
    rebeca vallejo da costa
    Participante
    0
    julio 2004


    Yo he de decir que estoy totalmente de acuerdo con Xirgu y no obstante decir que la prevencion es sentido común y que si hay riesgo de vuelco lo logico es ir agarrado, como si fuese en una carretilla elevadora o en un tractor, simple y llanamente.

    #198644 Agradecimientos: 0
    el gaucho
    Participante
    0
    mayo 2002


    La Plataforma se utiliza solamente en un lugar fijo donde de estabiliza y el operario se eleva para realizar un trabajo en altura.
    Para evitar la caida por perdida del equilibrio o
    una causa de salud se amarran con el arnes.
    Esta PROHIBIDO DE CAMBIAR POSICION CON LA PLATAFORMA ELEVADA.Ver las instrucciones de uso del fabricante y los RD de EPIS correspondientes.

    #198645 Agradecimientos: 0
    trivianni
    Participante
    0
    abril 2004


    PUES YO HE CONSULTADOS VARIAS GUIAS PREVENTIVAS EN PLATAFORMAS ELEVADORAS DE TODO TIPO Y EN TODAS OBLIGA A LLEVAR EL ARNES DE SEGURIDAD…LO QUE DEMUESTRA QUE HAY CONTRADICION ENTRE LA NORMATIVA Y LA UTILIZACION DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO. DE TODAS FORMAS, ES CIERTO QUE SE “ACONSEJA EL USO DEL ARNES”, NO TIENE PORQUE SER OBLIGATORIO, PERO ESO DEPENDE DE LAS CIRCUSTANCIAS DE LA OBRA, DE LA PLATAFORMA, ETC…SOY DE LOS QUE PIENSA QUE EN ESOS CASOS MAS VALE PREVENIR QUE CURAR… UN SALUDO.

    #198646 Agradecimientos: 0
    rich@rd
    Participante
    0
    marzo 2006


    soy nuevo pero conrespecto a esto alguien me dice donde sujetamos el arnet con certificacion en la mano

    #198647 Agradecimientos: 0
    roberto_brasero
    Participante
    0
    noviembre 2005


    Estimado Xirgu:

    Magnífica tu exposición. Voy a dirigirme a tí por mail ya que el tema suscita interés más que suficiente

    Saludos

    #198648 Agradecimientos: 0
    Libertin
    Participante
    0
    enero 2004


    Aquí:

    Por otro lado, donde puedo encontrar el MANUAL DE INSTRUCCIONES Y SEGURIDAD DE LAS PEMP DE ANAPAT?

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    #198649 Agradecimientos: 0
    jejarque
    Participante
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    junio 2001


    Dame una direccion de correo y te puedo enviar un manual

    #198650 Agradecimientos: 0
    cafma20
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    10
    2
    junio 2001

    Iniciado

    #198651 Agradecimientos: 0
    RUBIDIO
    Participante
    2
    0
    marzo 2006

    Iniciado

    Estimado Xirgu, cuando sea grande quiero hacer intervenciones como la tuya.
    Un saludo

    #198652 Agradecimientos: 0
    Beaescar
    Participante
    0
    diciembre 2003


    Hola Javier, si no te importa, yo también querría que me enviases el manual. Mi direccion es:
    Muchas gracias

    #198653 Agradecimientos: 0
    PEPLAT
    Participante
    0
    agosto 2007


    Estimado xirgu:
    Sólo puedo responderte que, basándonos en las normas inglesas, que son las únicas que tienen una constitución definida y de las cuáles hemos reportado, en España, lo que nos ha interesado, el arnés, en las plataformas, “cuyo centro de gravedad se encuentra SIEMPRE dentro del interior de sus lineas de vuelco”, está tan desaconsejado que cabe la pena preguntarnos si podrían haber dicho que “es malo para tu salud” o, mejor aún, que “está prohibido” (cosa de la cual soy partidario a raíz de los dos accidentes que he vivido directamente, sin haber pertenecido a esas empresas alquiladoras, como mecánico analizador- para lo que me llamaron-: vuelco de una 40RTS, en Petrel (Alicante) y de una LX41, en Villena (Alicante), así como el vuelco de una 28 mts articulada, vivido en las carnes de un compañero de profesión, perteneciente a otra empresa del gremio).
    Por otro lado, y con respecto a las plataformas cuyo centro de gravedad “PUEDE ESTAR DENTRO DE LAS LÍNEAS DE VUELCO”, cabe decir que “se aconseja”, y por eso llevan, desde casi el inicio en sus orígenes, sus anclajes, que se use el arnés DURANTE EL MOVIMIENTO DE TRASLACIÓN DE LAS MISMAS, sobre todo en terrenos accidentados y/o cuando se hace a gran velocidad. Ello se debe a la posibilidad de la proyección que, por el “efecto palanca” pueden realizar los tramos de unión con la cesta superior,
    Añadir que la realidad sobre la seguridad en las plataformas elevadoras moviles de personal (PEMP) ha sido perfectamente definida: “toda persona, que desarrollen trabajos en altura, deben de contar con las instalaciones básicas de seguridad, bien llamadas “LINEAS DE VIDA”, “verticales” (en el momento de su elevación) y “horizontales” (en el momento del trabajo”, a las que deben de anclarse (NUNCA A PARTES MÓVILES Y/O FIJAS, EN CONSTRUCCIÓN, O CON POSIBILIDADES DE VUELCO).
    Atestiguarte que, por mandato de construcción, probado en mi persona en las condiciones más desfavorables, las medidas de las barandillas cumplen todos los requisitos necesarios para evitar que puedas salir disparado de cualquier cesta/plataforma (sigo probándolo todos los días y en todos los modelos y marcas: JLG, GENÎE, UP-RIGHT, GROVE, BENFORD, BASQUET, HAULOTTE,…), siempre y cuando las PEMP tengan en perfectas condicones sus sistemas de seguridad.
    No obstante, el motivo de haber querido escribirte, es, principalmente, para darte un punto de vista, TOTALEMENTE CONTRARIO AL TUYO, y que considero sobradamente documentado y vivido, que atestigua que IMPONER ALGO, NO DEBE DE SER TOMADO TAN A LA LIGERA.

    #198654 Agradecimientos: 0
    alehop2007
    Participante
    0
    diciembre 2006


    He estado consultando manuales de plataformas elevadoras (PEMP) de la marca GENIE y te especifica el uso de arnés como obligación. No es que sea muy partidario, pero si es cierto que lo especifica

    #198655 Agradecimientos: 0
    Laura_VM
    Participante
    0
    abril 2006


    Lo de usar arnés en plataforma elevadora, lo dice una nota técnica y algunos manuales de uso de plataformas. No ninguna Ley ni Real Decreto que lo diga. Yo no soy partidaria del uso de arnés porque si, pero si cuando lo diga el fabricante y asi se lo hago saber a los operarios.

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  • El debate ‘ RESPECTO DEL USO DEL ARNES EN PLATAFORMAS AEREAS AUTOPROPULSADAS’ está cerrado y no admite más respuestas.