• Este debate tiene 25 respuestas, 15 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 8 años por Yanou.
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  • #57393 Agradecimientos: 0
    sergi10
    Participante
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    noviembre 2007


    Tengo una duda sobre los recurso preventivos, mí empresa dice que el trabajador puede ser el mismo su recurso preventivo, el caso es que realizan trabajos de mantenimiento y en ocasiones usan escaleras para subir a 5 mts. y van solos, todos tienen el curso de 60h y el nombramiento como recurso preventivo

    #319816 Agradecimientos: 0
    De locos
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    967
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No hay problema. La ley no obliga a que el recurso preventivo sea alguien ajeno al trabajo y que únicamente se dedique a observar.
    Tampoco obliga a que sea un mando.
    No hay que confundir las obligaciones legales con los requisitos que consideremos convenientes y mejores para una efectiva gestión preventiva.

    #319817 Agradecimientos: 0
    elperseguidor
    Participante
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    abril 2007


    Discrepo con el compañero “Delocos”, de la normativa se desprende que para ejercer de recurso preventivo es necesario:
    1.- una especial cualificación: conocimientos del proceso empresarial de que se trate y en PRL.
    2.- una cierta capacidad de mando.
    3.- una determinada presencia y dedicación.
    4.- para vigilarse a uno mismo no haría falta crear la figura del recurso preventivo. Si así se hiciera entiendo que se incurriría en fraude de ley.

    Para más información:

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    #319818 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    967
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Independientemente de lo que cada uno crea que se desprende de la ley, ésta dice lo siguiente:
    “uno o varios trabajadores de la empresa que, sin formar parte del servicio de prevención propio ni ser trabajadores designados, reúnan los conocimientos, la cualificación y la experiencia necesarios en las actividades o procesos a que se refiere el apartado 1 y cuenten con la formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones del nivel básico”
    Como puede “no” leerse, no aparece en ningún sitio que la persona deba tener capacidad de mando.
    En relación con la presencia y dedicación que “parece desprenderse”, creo que más presencia y dedicación que la que tiene uno mismo no hay, por cuanto si no estás trabajando no es necesaria la presencia de recurso preventivo; y si estás trabajando estás a ello y no a otras cosas, luego más atención a la seguridad del trabajo que tú mismo estás haciendo no la hay.
    Respecto de la cualificación y experiencia, lógicamente será difíci que un trabajador que realiza el trabajo por primera vez pueda ser recurso preventivo sin tener otros “méritos” que compensen la falta de conocimiento, pero si mandas a, por ejemplo, un trabajador a colocar el calorifugado de una tubería en altura, y él mismo se maneja la carretilla, las máquinas de cortar chapa, etc, etc, y tiene experiencia anterior en trabajos similares, y cuenta con el título de nivel básico, entonces ahí tienes un trabajador que cumple todos los requisitos para ser recurso preventivo.
    ¿O es que acaso un mando a cargo de unos trabajos no es también recurso preventivo de sí mismo?

    Efectivamente, cuando la tarea requiere de varios trabajadores con un jefe de equipo, lo lógico es que sea éste quien ejerza las funciones de recurso preventivo, pero si solo hay un operario y éste cumple con los requisitos ¿Cuál es el problema?
    Ninguno porque de lo contrario tendríamos que tener siempre un “mirandas” vigilando los tajos, y siempre uno que vigilara al que vigila, y así hasta llegar al infinito o al absurdo. Elige tú.

    #319819 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    A mi entender (…uy que peligro), aquí la pregunta no hace referencia a que un trabajador pueda o no ser RP, sino que por el hecho de serlo, no haya ningún problema en que trabaje solo en un trabajo con peligro, ¿no?

    Por ejemplo, a 5 m de altura sobre una escalera de mano.

    Aunque habría que valorar el supuesto en conjunto y más a fondo, yo de primeras lanzo mi órdago: no estoy de acuerdo en que en tales trabajos un operario esté solo, sea RP o no.

    Creo que pasa lo mismo con las empresas de trabajos en altura (por ejemplo, las eléctricas en AT). Preguntadles a ver si mandan a los trabajadores solos al campo a subirse en un poste, y si cuenta para algo que ese trabajador sea RP o no.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #319820 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    967
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    De acuerdo con Sirgulab.
    Efectivamente no es problema de que el trabajador pueda o no ser recurso preventivo, sino de que en la evaluación de riesgos de la empresa debería contemplarse que la realización de determinados trabajos requiere la presencia de al menos dos personas.

    #319821 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Totalmente con esta contestación de “De Locos” que reune las de los anteriores…

    #319822 Agradecimientos: 0
    txikitxiki
    Participante
    0
    mayo 2007


    Pero no olvidarse de dos cosas:
    El RD de trabajos en alturas anexo escaleras de un lado y de otro el nombramiento como recurso preventivo del trabajador y la aceptación del trabajador

    #319823 Agradecimientos: 0
    José Rafael Cuerva Nunes
    Participante
    1
    0
    febrero 2014

    Iniciado

    Aparte de estar de acuerdo con los compañeros, no debemos de olvidar las obligaciones del recurso preventivo. Y si tenemos en cuenta esas obligaciones, el que tengan que subir a una escalera a 5 mts de altura y solos (sobreentiendo que con escasas medidas preventivas de seguridad) indica una “violación” de las obligaciones del recurso preventivo, ¿no les parece a ustedes?

    OBLIGACIONES DEL RECURSO PREVENTIVO.-

    Vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas en relación con los riesgos derivados de la situación que determine su necesidad para conseguir un adecuado control de dichos riesgos.
    Dicha vigilancia incluirá la comprobación de la eficacia de las actividades preventivas previstas en la planificación, así como de la adecuación de tales actividades a los riesgos que pretenden prevenirse o a la aparición de riesgos no previstos y derivados de la situación que determina la necesidad de la presencia de los recursos preventivos.

    Cuando, como resultado de la vigilancia, se observe un deficiente cumplimiento de las actividades preventivas, las personas a las que se asigne la presencia:
    Harán las indicaciones necesarias para el correcto e inmediato cumplimiento de las actividades preventivas.
    Deberán poner tales circunstancias en conocimiento del empresario para que éste adopte las medidas necesarias para corregir las deficiencias observadas si éstas no hubieran sido aún subsanadas.
    Cuando, como resultado de la vigilancia, se observe ausencia, insuficiencia o falta de adecuación de las medidas preventivas, las personas a las que se asigne la presencia deberán poner tales circunstancias en conocimiento del empresario, que procederá de manera inmediata a la adopción de las medidas necesarias para corregir las deficiencias y a la modificación de la planificación de la actividad preventiva y, en su caso, de la evaluación de riesgos laborales.

    REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. BOE núm. 27 de 31 enero modificado por Real Decreto 604/2006.

    #319824 Agradecimientos: 0
    Eskorbuto
    Participante
    0
    marzo 2008


    Pues yo no estoy de acuerdo. Uno no puede ser recurso preventivo de si mismo.
    Si una de las principales funciones del recurso es VIGILAR el cumplimiento de las medidas preventvas, la correcta aplicación de los métodos de trabajo, etc.
    ¿me voy a vigilar YO a mi mismo?…….ay joder Eskorbuto, que no te has puesto el arnés para subir a la torre…….que despistado eres que no has conectado el detector de gases antes de meterte en el espacio confinado.
    Veo que no tiene ninún tipo de lógica, aparte de lagunas legales o lo que querais……siempre hablamos de la prevención de papeles, de la prevención real para evitar accidentes, el procurar buscar un artificio o resquicio legal para que uno sea su propio recurso me parece que debería ser tratado en los foros de “como evitar saciones de la Inspección” o “lagunas de la Ley 31/95”, más que en un foro de PREVENCION,o pensais que el hecho de que un trabajador sea su propio recurso preventivo ……evita accidentes.
    Un saludo

    #319825 Agradecimientos: 0
    pepeg440
    Participante
    0
    enero 2009


    Estoy de acuerdo en que uno pueda ser recurso preventivo de si mismo.
    Lo que es una barbaridad es que alguien que realiza trabajos en altura lo haga solo. Para trabajos en altura el equipo minimo debe ser de dos operarios, sin excepciones.

    #319826 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Yo creo que el tema no está en que un trabajador sea o no recurso preventivo sino en el tipo de trabajo que va a realizar porque ¿ser recurso preventivo va a evitarle caerse de la escalera y quedarse herido en el suelo sin nadie que le socorra?por favor,no entremos en polémicas de si mi respuesta está o no está razonada legalmente,simplemente he aplicado la lógica.

    #319827 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    967
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Pues cuando está solo sí.
    De hecho, vuelvo a repetir que hay por España cienes y cienes de encargados de obra y jefes de equipo que son recursos preventivos de sí mismos. ¿O no?

    #319831 Agradecimientos: 0
    Quierogalletas
    Participante
    70
    66
    enero 2013


    Experto

    Hola,

    Seguimos viendo igual este tema?

    Hasta ahora siempre había conseguido evitar recurrir a que un trabajador fuese su propio recurso preventivo, pero se me ha presentado una situación complicadilla y los responsables quieren recurrir a que el trabajador haga de su propio recurso preventivo.

    Siempre y cuando no exista un procedimiento de trabajo que requiera la presencia de dos trabajadores, veis factible hacerlo?

    Es cierto, como comenta De locos que se sigue haciendo habitualmente en muchos sitios…

    Gracias

    #319834 Agradecimientos: 1
    Escudero2
    Participante
    11
    29
    septiembre 2013

    Iniciado

    Buenos días;

    No sé si he entendido bien el problema, pero creo que dependerá de la situación. Por ejemplo, si estamos hablando de una obra, sí veo factible que el recurso preventivo sea una persona que tenga el contratista y “vigile” los trabajos que hace él y el resto de subcontratistas (si además es el jefe de obra, será él muchas veces quien decida cómo se hacen las cosas).

    Sin embargo, si es un trabajador que está solo realizando un trabajo, y este trabajo requiere la presencia de un RP, entiendo que puede ser algo peligroso y que no debería hacerse en solitario… Ahora que si es un requisito de un cliente pero los trabajos no son peligrosos y no requieren la presencia de un RP (pero el cliente sí lo pide), creo que podría hacerse.

    No sé qué opinarán otros foreros.

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