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    satriani
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    abril 2003


    ¿Qué se podría hacer en el siguiente caso?: Se planifica la realización de unos reconocimientos médicos anuales (no obligatorios), un trabajador firma la autorización pertinente pero el dia del reconocimiento no se lo hace…se planifica una segunda cita y tampoco acude…se le indica que si no quiere acudir a la cita médica pues debe firmar su renuncia a realizarse el reconocimiento médico…pero se niega a firmar la renuncia…¿que hacer en este caso? porque si no hay ninguna forma de justificarse por parte de la empresa podemos estar planificando citas toda la vida…y el trabajador hacer lo que le de la gana…Si alguna vez os habeis encontrado en esta situación os ruego me indiqueis como lo habeis tratado. Un saludo.

    #116619 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Nosotros no hacemos firmar la renuncia.

    Lo que hacemos es hacer constar en el acta del comite de seguridad y salud la planificación de la vigilancia de la salud y la realización de las convocatorias.

    A “nuestra” IT, le vale como justificación.

    Luego el que quiere va y el que no pues no.

    En tu caso, si no tienes comite de seguridad y salud puede firmartelo el delegado de prevención de la empresa.

    #116620 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
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    marzo 2006

    Iniciado

    Esto es lo mismo que con el uso de los epi's. Vamos a ver si un operario no trabaja… que se suele hacer o qué hace el empresario de turno? Considero que trabajar seguro (y con seguro incluyo la información, la formación, el uso de epi's y los rrmm) es algo intrínseco al propio trabajo. Esto es lo que señala el Estatuto de los trabajadores al respecto en el Art. 5 sobre deberes de los trabajadores.

    Los trabajadores tienen como deberes básicos:
    – Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
    – Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
    – Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas (..)

    #116621 Agradecimientos: 0
    rossyacrib
    Participante
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    octubre 2007


    …. primero que todo se habla con el trabajador y se consulta el por que no se hizo el reconocimiento se planifica una nueva cita y de no cumplirla se tomaran medidas al respecto.no obstante no se puede obligar a sus trabajadores a someterse a dichos controles médicos, puesto que es un derecho y ha de contar con su consentimiento sin embargo, existen excepciones a la regla de la voluntariedad, pudiendo el empresario obligarles a someterse a los chequeos médicos. Para ello, debe demostrarse perfectamente su excepcionalidad y ponderar en cada caso el beneficio colectivo sobre el derecho individual. En estos casos debe existir un informe previo de los representantes de los trabajadores. Se permite para evaluar cuando los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud resultan imprescindibles los reconocimientos médicos, cuando sean indispensables para verificar si el estado del trabajador puede constituir un peligro para su persona, para sus compañeros o para otras personas relacionadas con la empresa y cuando así esté establecido por disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. Salvo las excepciones mencionadas, la empresa no puede sancionar al trabajador que se niega a pasar el reconocimiento médico.

    #116622 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
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    octubre 2003


    Si estás partiendo de la base de que no son reconocimientos médicos obligatorios pues… ¡ni tiene obligación de hacérselos ni tiene obligación de firmar la renuncia!.
    Otra cosa sería si hablásemos de vigilancia de la salud a riesgos específicos recogidos en la evaluación de riesgos.
    Saludos

    #116623 Agradecimientos: 0
    cojonudo
    Participante
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    septiembre 2007


    Lo primero, es saber qué puesto de trabajo ocupa el trabajador. Eso de que no es obligatorio, es muy relativo. Es muy raro que sea un puesto de trabajo sin posibilidad de generar una enfermadad profesional.

    #116624 Agradecimientos: 0
    icor
    Participante
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    noviembre 2007


    El reconocimiento médico resulta obligatorio, entre otros caso, si en la actividad laboral que desempeña el trabajador puede estar expuestos a contraer una enfermedad profesional. En este caso le renuncia expresa del trabajador o el no presentarse al reconocimiento, no exime al empresario de responsabilidad. Si el trabajador no acude a pesar de ser citado de forma repetida, debería constar en el servicio de vigilancia de la salud. Si no es obligatorio no considero que sería necesari nada mas. Si el trabajador protesta por no haber hecho el reconocimient, hay que hacer constar a la empresa y al comité de seguridad y salud o en su defecto a los delegados de prevención su no asistencia a los reconocimientos. Si el reconocimiento es obligatorio por peligro de enfermedad profesional sería conveniente comunicar desde el principio que no ha acudido y que sea la empresa la que decida que hacer posteriormente.

    La obligatoriedad del reconocimiento en el caso de enfermedad profesional es la respuesta que me dió la Inspección de Trabajo al consultarle sobre la obligatoriedad de los reconocimientos en sectores como la construcción.

    #116625 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:
    Yo comunico a recursos humanos la situación. si a ellos les vale que esté sin el “apto para trabajar”, pues a mi también. No siempre la parte social del comité de seguridad y salud va a estar de acuerdo en que ese reconocimiento sea obligatorio y la empresa tendrá que tomar una decisión en función de los argumenbtos de cada uno y del puesto de trabajo en cuestión. Lo que está claro es que si alguien no quiere hacerse el reconocimiento, no va a ir y si no quiere firmar, no lo hace.
    Mi protocolo tiene dos firmas: en el primero se ofrece el reconocimiento al trabajador y este firma si quiere hacerse el reconocimiento y en el segund firma de que ha acudido. Si yo tengo el primer documento firmado y varias citaciones a reconocimiento al trabajador a las que no se ha presentado, pues ya somos muy mayores para perseguir a la gente.
    Un saludo

    Javier

    #116626 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Perdón: “firma que ha acudido”
    Un saludo

    Javier

    #116627 Agradecimientos: 0
    arayon
    Participante
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    abril 2007


    Puede el servicio médico realizar una anotacion en su historia clínica, “avisado para el reconocimiento no acude al mismo”, o algo parecido, con las fechas que sean, al menos así tienes constancia de ello.

    #116628 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
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    diciembre 2002


    Pues se notifica a RR.HH, que sean ellos los que le indiquen la necesidad de firmar la renuncia y si sigue sin querer se hace constar la negativa por escrito con la firma de dos testigos que pueden ser el Responsable de RR.HH y un miembro del Servicio de Prevención Propio (sanitario si tuviese la empresa la Vigilancia de la Salud asumida) o el Coordinador designado por la Empresa ante el Sº de Prevención Ajeno.
    Si además hay un representante sindical delante mejor que mejor.

    #116629 Agradecimientos: 0
    Raúl Gomero Cuadra
    Participante
    1
    mayo 2006


    De acuerdo con los colegas, es un asunto de RRHH, nosotros nos limitamos a la salud. Sin embargo, deberías cnversar con él para sensibilizarlo en la importancia del examen médico de vigilancia. Saludos

    #116630 Agradecimientos: 0
    BUBOVA
    Participante
    0
    junio 2007


    Dado que no tenemos norma de referencia es bueno que la decisión que se tome este por escrito en el Plan de prevención dentro de los procedimientos e instrucciones en vigilancia de la salud. La solución a este problema que mejor me ha parecido según mi experiencia es la de citar corre correo electrónico, aceptando o denegando esta cita. La no respuesta supone una segunda cita y si esta no tiene respuesta, se documenta como una denegación al reconocimiento medico mediante el documento de “mensaje entregado y leído” que nos ofrece el correo electrónico.

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