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  • #64098 Agradecimientos: 0
    Etegus
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    abril 2010


    Buenas, en mi empresa hemos tenido que cambiar los botiquines y querría saber si hay algún problema en tenerlos en el WC, como hasta ahora.

    Creemos que es un lugar accesible, pero me han dicho que puede haber problemas de humedades, aunque solo en el caso de que hubiera medicamentos.

    ¿Alguien me puede aclarar la duda? ¿Algún texto legal que lo matice?

    Un saludo y gracias

    #367127 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    15
    mayo 2007


    Iniciado

    En principio no hay ningún problema por tener el botiquín en el baños siempre que esté accesible.

    En cuanto a lo de que si hay problemas con los medicamentos en caso de que haya humedad eso es fácil de solucionar, ya que los botiquines no pueden contener ningún tipo de medicamente. Te recomiendo veas esta discusión que hubo en el foro:

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    #367128 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
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    marzo 2006

    Iniciado

    Para el contenido normal de un botiquin no hay problema en disponerlo en cada uno de los WC

    #367129 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Según el R.D. 486/1997, deberá estar en un lugar accesible que garantice que la prestación de los primeros auxilios pueda realizarse con la rapidez que requiera el tipo de daño previsible.

    Personalmente, pienso que el aseo, EN GENERAL, es un lugar muy lógico para colocar el botiquín, si tenemos en cuenta que lo primero que hace uno al encontrarse mal/ sufrir algún percance (golpe, corte, etc.), es ir al lavabo (mayormente, porque dispone de una fuente de agua).

    Y aunque uno puede pensar que puede dar lugar puntualmente a situaciones embarazosas (tipo que necesita urgentemente unas tiritas o esparadrapo mientras otro le dice desde adentro: “¡Que está ocupado!”), lo cierto es que para incidentes de gravedad, lo más probable es que uno acuda al centro médico más cercano antes que tirar del botiquín. Y si no es grave, pues nada, a esperar que el compi salga…

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #367130 Agradecimientos: 0
    clapabelo
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    junio 2010


    hola y buenas,hice un trabajo sobre el botiquin y mi profesor me lo regreso para volverlo ha realizar por que habia informacin ya inusual en este.
    ¿alguien tiene conocimiento al respecto que pueda actualizarme la informacion, norma que lo rige?
    coordialmente les agradezco

    gracias

    #367131 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Lo siento no conozco la norma colombiana.

    #367132 Agradecimientos: 0
    ramonastur
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    diciembre 2004

    Iniciado

    Hola Etegus, el botiquin deberá estar en un lugar accesible que garantice que la prestación de los primeros auxilios en las mejores condiciones de asepsia posible.

    Lo lógico seria colocar el botiquín, en un cuarto donde ademas hubiera una camilla, lavabo y agua corriente; donde se pueda atender casos leves, así como casos mas graves donde se pueda estabilizar con tecnicas de primeros auxilios hasta la llegada de personal medico.
    Espero haberto ayudado, un saludo.

    #367133 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    creo que no hay textos legales que digan donde se pueden poner o ubicar los botiquines, simplemente se deben ubicar en un sitio de facil acceso y disponible para el encargado de suministrar los primeros auxilios en caso de que alguien lo requiera, el sitio logicamente no puede tener humedad, ni expuesto al sol, el WC puede estar ocupado en determoinados caso y no tener acceso al botiquin

    #367134 Agradecimientos: 0
    Aguere
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    junio 2004


    Puede estar, siempre que se instale ahí… Bueno en serio, a falta de un local específico, no es mal lugar, por la disponibilidad de agua corriente y porque las superficies son (o deben ser) de fácil limpieza y limpiadas con frecuencia. Medicamentos no ha de haber y humedades tampoco. Puestos a elegir, es mejor limpiar la sangre en el lavabo, y la ocupación??? En un altísimo porcentaje de tiempo el local estará libre (y si no, se toca y arreando, que es gerundio)

    #367135 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Lo cierto es que el botiquin puede situarse practicamente en cualquier lugar de la empresa (dentro de lo razonable). Pero lo que a mi me descolocó hace poco con esto de los botiquines es que el 486, ADEMÁS, indica que debe existir UN BOTIQUIN PORTATIL por cada centro de trabajo.

    Normalmente nos olvidamos del botiquin portatil y solo pensamos en el viejo botiquin-armario.

    Deben coexistir ámbos (según el 486) Habeis dispuesto todos la existencia de un botiquin “transportable”?

    #367136 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    15
    mayo 2007


    Iniciado

    No es además, Carloss. Es como mínimo. Significa que al menos debes tener un botiquín portátil en el lugar de trabajo. Lo que quiere decir que si tienes un local donde no hay un armario botiquín, deberás tener el botiquín portátil. Pero si tienes un armario botiquín, a no ser que las condiciones del lugar de trabajo lo aconsejen, no necesitas tener un botiquín portátil. Yo al menos así lo interpreto.

    #367137 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Yo de toda la vida de dios, tenía la idea que el boquiquin (típico) es donde incluir el material de primeros auxilios que exige el 486 y que este estaría en un lugar apropiado etc.

    Pero hete aquí que un técnico intermedio me enmendó la plana al informar él por su cuenta que “faltaban boquines portátiles” en los centros de trabajo (teniendo todos los centros sus botiquines de “pared”).

    Así que leyendo el sosudicho artículo:
    “Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, todo lugar de trabajo deberá disponer, como mínimo, de
    un botiquín portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda,
    esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.”

    La expresión “sin perjuicio de lo anterior” no cabe interpretarla (pienso) sino como un “además de lo anterior” y encima como “mínimo” (pues bien podría tener que habilitarse más de un botiquin porttil).

    Finalmente tuve que asumir que esta cuestión “se me pasó” por alto.

    Observese “además” que el “contenido mínimo” al que se refiere el 486 (tantas veces comentado en el foro) se refiere a “este” botiquín portatil, no a los materiales de primeros auxilios que según el propio 486 en sus apartados 1 y 2 (del artculo en cuestión) refiere que serán “los “necesarios”).

    Cuantas veces habré pasado sobre dicho artículo y de buenas a primeras “leo” otra cosa. (lo de la lectura rápida tiene mucho peligro en esto de la prevención).

    Un saludo.

    #367138 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    pego enlace de ugt de banca sobre uso de botiquines en sus centros (Bsabadell).

    Fijate que cuando “regulan” esto del botiquin (donde también se plantean lo de los baños por cierto) dicen que “el botiquin ira colgado a la “pared) (esto, en principio, no es el botiquin portatil no?).

    Despues toman como referencia el contnido minimo del “botiquin portatil a que se refiere el 486) Y es que un botiquin portatil es al que se le exige un contenido concreto (entendiendo que un botiquin de “zona” por así decirlo tendría otro más amplio; tan amplio como requieran los “riesgos propios del centro de trabajo”.

    Creo además que estos del Bco de Sabadell tampoco tienen problemas en incluir aspirinas y algún otro medicamente.

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    #367139 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
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    mayo 2007


    Iniciado

    Insisto que aunque el RD 486/97 dice que como mínimo debe haber un botiquín portatil en el lugar de trabajo, yo creo que eso no significa que si hay un armario botiquín, debe existir también uno portatil.

    Yo creo que la ley fija lo del botiquín portatil porque hay lugares de trabajo donde no puede ser posible poner un armario botiquín y por ello deben tener al menos uno portatil. Pero como mínimo, como dice la ley. Un armario botiquón existente ya sería cumpir por enciam de ese mínimo.

    Y mas que nada creo que esa es la interpretación correcta porque no me suena nunca que hayan sancionado a empresa alguna por tener armario botiquín y no tener botiquín portatil. Exceptuando que por distancias o peculiaridades del lugar de trabajo, sea necesario tener además dicho botiquín portatil.

    Usa la lógica, Carloss. Una peluquería situada en un local de 30 m2 y que tiene un armario botiquín. ¿Es necesario tener además el botiquín portátil?

    #367140 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Si coincido contigo. Pero es la redacción literal del artículo lo que me llama a equivoco.

    De manera que bien se puede tener un botiquin de pared o uno portatil. Sin embargo si optamos por tener solo uno portatil, la cuestión de ubicación y accesibilidad al mismo parece tener otro matiz, pues entiendo que un botiquin portatil tiene unas caracteristicas diferentes al botiquin de pared.

    No obstante (y repito pienso como tu) (creo que la mayoría estariamos de acuerdo en esto de no rizar el rizo con esto de los botiquines)un portátil puede resultar más práctico que uno de pared (puestos a optar que no a duplicar) pues siempre será más efectivo trasladar el botiquín hacia la victima que acercar la victima al botiquin (casos de pérdida de conocimiento).También es cierto que se puede coger lo que se precise del botiquin de pared y llevarlo…

    Pero repito, a mi lo que me descolocó es literal del artículo y que se refiera al concepto de “portátil” (en el que nunca había reparado).

    Sería interesante saber qué opinan los ATS/Due sobre esta cuestión.

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