- Este debate tiene 7 respuestas, 8 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 22 años por voador19042.
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HOLA A TODOS, tengo entendido que el PSS sólo debe estar sellado por la empresa constructura pero no tiene por qué estar firmado por el técnico que lo realiza, si esto es cierto, dónde lo dice la el RD 1627 o la ley. Otra cuestión, también tengo entendido que el PSS no debe visarse, ¿porqué hay gente que lo visa?, os pido lo mismo, ¿dónde pone que no se visa?.Muchas gracias.
El plan de seguridad y salud en construcción no es necesario visarlo. el R.D.1627 sólo dice que se debe visar el estudio o estudio básico puesto que es un anexo del proyecto de obra que tambien debe ir visado.
EL hecho de que se vise el plan por algunas personas, obedece exclusivamente a que algunos colegios profesionales lo exigen a sus colegiados para que les cubra el seguro de responsabilidad civil. dependiendo de cada colegio se darán unas circunstancias u otras.
Por otra parte, como dice el real decreto en su artículo 7, cada contratista elaborará su propio plan o en su caso debe hacer que se elabore por un técnico competente, si es así yo creo que en el plan debe venir reflejado quien es el autor material de dicho plan aunque la responsabilidad final del mismo será del contratista que lo ha mandado redactar.
un saludo.
En el RD de obras.
Creo recordar que el articulo 9 dice que el plan de seguridad lo hace el contratista y no dice quien lo firma. Lo tiene que aprobar el Coordinador de Seguridad en fase de ejecucion o en su defecto el Director Facultativo.
Lo del visado por el Colegio Oficial del Coordinador creo que es el articulo 13 pero puedes leerlo.
Como bien dices el PSS debe ser realizado por la empresa y firma el representante de la empresa, bien sea el Gerente, propietario, jefe de seguridad, tecnico responsAble, etc, como persona que se responsabiliza de una acción de la empresa. Por ejemplo el edministrativo o administrador firma talones o cheques.
El PSS al realizarlo la empresa no se visa en ningun colegio, si que se realiza el visado de la aprobación de dicho plan.
saludos
Es cierto que el Plan no debe estar firmado por ninguna persona física, salvo que así lo exija el técnico que realiza el Estudio que sirve de base al Plan. Esto viene en el artículo 7, apdo. 1, párrafo primero del R.D.
No creo que nadie, a fecha de hory, vise el Plan de Seguridad. En todo caso visarán el Acta de Aprobación del Plan, la cual tampoco tiene por qué estar visada (Art. 7. apdo 2 del R.D.)
e digo que dudo que nadie vise el Plan porque a fecha de hoy sólo tienen atribuciones para realñizarlos y firmarlos lo técnicos superiores de P.R.L. y no conozco que exista ningún colegio profesional de los mismos.
Los aparejadores podemos visar contratos de “asesoramiento para la redaación de planes”, pero no firmarlos.
Espero que te sirva
El PSS debe contener la evaluación de riesgos de la obra. Como sabeis una evaluación debe estar realizada y firmada por un Técnico en Prevención, luego todo PSS debe estar firmado. En el Pais Vasco, se está sancionando la falta de firma del Plan e incluso si el que lo firma no tiene titulación en Prevención, puesto que no tendría capacidad para firmarlo.
te invito que mires bien la orden, no obstante te envió una página que puede ser de utilidad.
Entra o regístrate para ver los enlaces quanto à vossa Legislação, não estou à vontade para mo prenusciar, mas julgo que é necessa´ria a assinatura do técnico responsavel pela elaboração do PSS.
à gente que o visa porque concerteza não cohecem os regulamentos
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